Herencias envenenadas: crecen las renuncias pese a las bonificaciones en el impuesto
En 2019 se produjeron 47.431 renuncias a herencias, según la estadística publicada por los notarios.
15 abril, 2020 02:45Noticias relacionadas
Suma y sigue. Las renuncias a herencias son una realidad que se constata año a año y que parece discurrir al margen de la mayor o menor carga fiscal del impuesto que las penaliza.
Según la estadística de los notarios, en 2019 se produjeron 47.431 renuncias a herencias. Frente al sueño de muchos ciudadanos de recibir una ‘potente’ herencia para poder dejar de trabajar, la realidad demuestra que esa idílica situación no es del agrado de todos.
Un año antes esa cifra fue de 46.684 y ya entonces era cuatro veces superior a la registrada en 2007.
Por qué se renuncia
En muchas ocasiones se ha achacado a la excesiva carga fiscal que aparece al aceptar el legado, otras se culpa a las deudas que dejan los fallecidos y que también se incluyen en el ‘lote’.
Lo que sí es cierto es que las comunidades autónomas adoptan cada vez más medidas para suavizar el tributo. Y respecto a las deudas, la ley permite también aceptar la herencia a beneficio de inventario para que el heredero no tenga que afrontar la deuda con su patrimonio.
El pasado año la estadística vuelve a certificar un incremento de las renuncias, situación que se repite en los dos primeros meses de 2020. Durante enero y febrero de este año se superaron los registros de los mismos meses en 2019.
Por Comunidades Autónomas, Andalucía y Cataluña vuelven a estar a la cabeza. Les siguen Madrid, Valencia y Galicia. Las regiones donde apenas se renuncia a ellas son La Rioja, Navarra y Cantabria.
Andalucía, a la cabeza
La comunidad andaluza se sitúa nuevamente a la cabeza pese a tomar medidas que rebajan considerablemente la carga fiscal en Sucesiones. Desde mayo de 2019, bonifica al 99% todas las herencias de familiares directos.
Los expertos del Reaf plasman en sus documentos sobre fiscalidad autonómica las diferentes cuotas que se pagaría por heredar un mismo bien, según la comunidad que se trate.
Así, en el caso de un soltero de 30 años que heredase bienes de su padre por un valor de 800.000 euros, de los que 200.000 euros corresponden a la vivienda del fallecido, pagaría en 2019 por Sucesiones: en Andalucía y Cantabria, 0 euros; en Madrid, 1.586 euros; en Cataluña, 9.796 euros; en Galicia, 15.040 euros, y en Valencia, 63.193 euros.
El impuesto sobre las herencias en 2019
Según mencionado documento del Reaf, en 2019 la situación en Sucesiones era la siguiente:
Sucesores del Grupo I (descendientes y adoptados menores de 21 años):
Comunidades donde solo pagan importes simbólicos: Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Galicia, Extremadura, Madrid, Murcia y La Rioja, así como los territorios forales.
Autonomías donde no pagan si no superan determinados límites: Andalucía (límite de 1.000.000 euros de la base imponible), Castilla y León (400.000) o Aragón, donde los menores de edad tienen una reducción del 10%, aunque con un máximo de 3.000.000 euros.
Cataluña regula una bonificación del 99 al 20% e inversamente proporcional a la base imponible. En la Comunidad Valenciana la bonificación es del 75%.
Sucesores del Grupo II (cónyuge, descendientes, ascendientes y adoptados de 21 o más años):
Las Comunidades que, prácticamente, liberan de tributación en 2019 a este grupo son, además de los territorios forales del País Vasco (tributan al 1,5%), Canarias, Cantabria, Extremadura, Madrid, Murcia y La Rioja.
Comunidades como Andalucía o Castilla y León dejan casi sin tributación a los contribuyentes con bases menores de 1.000.000 y 400.000 euros, respectivamente, y en Aragón la reducción es de 500.000. En Asturias no se gravan estas herencias cuando la base imponible no supera 300.000 euros y se aplica una tarifa del 21,25 al 36,5%.
En Galicia la tarifa para estos familiares, además de una reducción de 400.000 euros, tiene tipos del 5 al 18%, muy por debajo de la estatal que llega hasta el 34%.
Cataluña aplica bonificaciones decrecientes del 99 al 20% e inversamente proporcionales a la base imponible. En la Comunidad Valenciana la bonificación es del 50%. En Baleares la tarifa es del 1 al 20%, aplicándose el primer tipo hasta bases de 700.000 euros. En Castilla-La Mancha bonificaciones del 100 al 80%.
En 2020, las regiones han seguido bonificando el impuesto.