La nueva ley hipotecaria ha cambiado las reglas de juego respecto a todos aquellos productos y servicios que los bancos suelen ofrecer sus clientes para rebajar el interés de sus hipotecas o, directamente, para que puedan contratarlas. La normativa obliga a la entidad financiera a informar detalladamente de todos estos productos y a dar libertad al cliente para decidir si los quiere. Además, este podrá presentar al banco pólizas alternativas sin que suponga un empeoramiento en las condiciones del préstamo. Unos cambios que, según los expertos, conviene analizar detalladamente antes de contratar la hipoteca que mejor se adapte a nuestros situación e intereses. Sobre todo porque en ese terreno, en el de las bonificaciones asociadas los productos o servicios ofrecidos, se está librando en gran medida la batalla comercial actual

Miquel Riera, analista de hipotecas de HelpMyCash.com, apunta que lo primero que hay que saber es que la nueva ley diferencia entre los productos vinculados y los productos combinados, que son opcionales. Explica que la norma establece que como productos vinculados el banco podrá exigir “la suscripción de una póliza de seguro en garantía del cumplimiento de las obligaciones del contrato de préstamo, así como la suscripción de un seguro de daños". Y explica: "Es decir, que puede obligar a suscribir el tipo de seguro más básico, el que protege la estructura de tu vivienda, y uno de vida y/o de protección de pagos, que es un requisito que ya demandaban la mayoría de las entidades financieras” para conceder una hipoteca.

“La ventaja -según el representante de HelpMyCash.com- es que ahora con la nueva ley el cliente puede contratar dichos productos ‘obligatorios’ con la aseguradora que quieras. Tiene que presentarle las pólizas alternativas y el banco tiene que aceptar si las condiciones son similares a las del seguro que ofrecen y no puede subirle el tipo de interés", argumenta.

Además, otra buena noticia es que “el resto de productos -que antes solía vincular el banco para concederte una hipoteca- ya no son obligatorios, sino que son productos combinados que la entidad puede proponer al cliente a cambio de rebajas de entre el 0,1% hasta el 1,3% en el interés del préstamo hipotecario”, informa Riera. Estos productos combinados son domiciliación de nómina, domiciliación de recibos, contratación de un seguro de hogar, contratación de un seguro de vida, hacer un determinado número de comprar con tarjetas de crédito/redito o contratar planes de pensiones o fondos con un determinado saldo anual. Riera precisa que la contratación de productos de inversión es menos habitual que se proponga, aunque si se hace supone rebajas más grandes en la hipoteca.

El director de Hipotecas de iAhorro.com, Simone Colombelli, señala que la nueva norma tiene como objetivo dar más información y claridad al usuario sobre lo que contrata y en el marco de este objetivo de transparencia y protección las reglas son más flexibles. Remarca que otra novedad positiva es que el hipotecado “siempre puede volverse atrás” y no renovar el seguro contratado con el banco o su plan de pensiones, aunque eso suponga perder la bonificación de su hipoteca.

En todos los casos, todos los datos sobre los productos vinculados y combinados deben constar en las fichas informativas que el banco tiene que entregar al cliente. En esta documentación el banco tiene que poner cuál es la bonificación que conlleva cada producto combinado y cuáles son las condiciones bajo las cuales se aplicaría la rebaja en el tipo de interés de la hipoteca (por ejemplo qué mínimo de compras debe hacer el cliente con la tarjeta, la nómina mínima o pensión que se debe domiciliar…), así como cuánto le subiría el interés en caso de no aceptar el producto combinado y cuál sería el precio de cada producto o servicio.

Sacar la calculadora

Por ahora, se mantiene la inercia de que los bancos siguen bajando el interés -en un promedio del 0,25%- a cambio de contratar su productos, pero el ahorro puede venir de estar bien informado. Es decir, de comparar hipotecas que tengan un buen interés y cuenten con un número importante de productos combinados con otras que ofrezcan un interés más alto, pero menos o ningún producto combinado para saber “cuánto se pagará a la larga y lo que sale más a cuenta”.

Sin perder de vista, a la hora de sacar la calculadora, que estos servicios adicionales tienen un coste que habrá que sumar siempre al de la hipoteca: por ejemplo, los seguros de vida o de hogar tienen unas primas anuales mientras que las cuentas asociadas, las tarjetas o los planes de pensiones pueden incluir comisiones de mantenimiento o de gestión. “Lo ideal, aunque los bancos suelen ofrecer seguros que están a precio de mercado, es comparar dichas pólizas con las aseguradoras con las que habitualmente trabajamos”, remarca el directivo de iAhorro.com

Primeros juegos

El mercado, por ahora, sigue adaptándose a la realidad traída por la nueva ley. En la actualidad, subraya Riera, la banca está jugando con los productos vinculados y combinados, “ya que los seguros son una buena fuente de ingresos para la banca ahora que los tipos están tan bajos”. Por lo que las entidades” suelen ofrecer un seguro de vida como producto combinado para bajarle el tipo de tipo de interés al cliente y lo mismo hacen con el seguro de riesgos del inmueble: ofrecen un seguro del hogar multirriesgo y el cliente acepta”.

Para hacerse una idea HelpMyCash informa que la Hipoteca Variable de Coinc tiene un interés del 0,99% fijo el primer año y de euríbor más 0,99% posteriormente, sin productos combinados (y un seguro de daños como producto vinculado). Mientras que la Hipoteca Variable Santander tiene un interés del 2,09% el primer año y de euríbor más 1,09% los siguientes, que está bonificado en un punto porcentual por la contratación de seis productos combinados.

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