Las entidades que conceden hipotecas podrán consultar a partir del próximo 25 de febrero los informes sobre los riesgos de las personas físicas y jurídicas registradas en la Central de Información de Riesgos (CIR) del Banco de España, con lo que tendrán más datos a la hora de conceder o no el crédito.
Según ha publicado hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE), se trata de una de las modificaciones introducidas el pasado 28 de enero en la Circular 1/2013 sobre la CIR, con objeto de adaptarla a la nueva ley de crédito inmobiliario, conocida como la ley hipotecaria.
La principal novedad es que se habilita el acceso a la CIR de "todas las entidades prestamistas de crédito inmobiliario", lo que significa que se amplía la obligación de declarar a la citada central a los prestamistas inmobiliarios y a las entidades de crédito que operen en régimen de libre prestación de servicios.
Por otro lado, también se permite el acceso de los intermediarios de crédito inmobiliario a los informes sobre los riesgos de las personas físicas y jurídicas registrados en la CIR en igualdad de condiciones que las entidades declarantes.