La Declaración de la Renta es una de estas citas que tenemos fijas cada año y pocos son los que pueden dejarla pasar. De hecho, la gran mayoría de los habitantes estamos obligados a pasar por la Agencia tributaria, ya sea de forma telemática, telefónica o presencialmente. Sin embargo, las fechas de la campaña varían cada año un poco, hecho que causa mucha confusión entre los obligados a declarar. Por este motivo, en este artículo vamos a hablarte de las fechas de la presentación de la declaración, así como de las novedades de este año, de la documentación a aportar y de quiénes están obligados a declarar.
¿Qué día empieza la campaña de la Renta de forma presencial?
Aquellos que prefieran presentar la declaración de forma presencial, deben saber que esta empieza el día 1 de junio y que se debe pedir cita previa. Para pedir la cita previa, los contribuyentes deberán llamar al servicio de cita previa con atención personalizada a partir del 26 de mayo. El número de atención al que se debe llamar es el 915530071.
Una vez ya tengamos la cita previa, solo deberemos presentarnos a la oficina que nos corresponda con la documentación necesaria. Pese a que la Agencia Tributaria suele tener casi todos los datos, estos pueden ser incorrectos o incompletos. Por este motivo, es aconsejable llevarlos todos con nosotros por si nos los piden.
¿Qué otras fechas debo tener en cuenta sobre la Declaración de la Renta?
Si queremos presentar nuestra declaración por otros medios, la Agencia Tributaria también los pone a nuestro alcance. Como hemos mencionado, esta también se puede presentar telemática y presencialmente.
Para presentar la declaración por teléfono, también se necesita pedir cita previa. Para pedir esta cita, los contribuyentes deberán llamar al mismo teléfono al que ya hemos hecho referencia. El plazo para realizar la Declaración de la Renta por teléfono empieza el día 5 de mayo.
Y, aquellos que quieran hacer la Declaración de la Renta de forma telemática, el servicio se abrió el 6 de abril. En este caso, será necesario un número de referencia, identificación Clave, DNI electrónico o certificado digital.
¿Qué documentación se necesita para la Declaración de la Renta?
Los contribuyentes que opten por hacer la Declaración de la Renta de forma presencial deberán llevar con ellos cierta documentación. La Agencia Tributaria dispone de muchos datos, pero es mejor que estos se puedan contrastar para así evitar futuros problemas.
La documentación necesaria que aportar sería la siguiente:
- DNI del contribuyente
- Libro de familia, convenio de divorcio o relacionado
- Nóminas (en el caso de los trabajadores por cuenta ajena)
- Contabilidad presentada (en caso de los trabajadores por cuenta propia)
- Justificantes de ingresos diferentes a los anteriores
- Alquileres y demás documentación patrimonial
- Documentación hipotecaria
- Documentación ahorro
- Pensiones
- Otra documentación que el contribuyente crea oportuna
Ahora que ya sabemos cuál es la documentación que debemos aportar a la hora de presentar nuestra declaración, vamos a ver quien está obligado a declarar.
¿Debo declarar en 2022?
Cuando hablamos de presentar la Declaración de la Renta 2011, son muchos los que no saben si están obligados a declarar o no. En términos generales, podemos decir que están obligados a declarar los siguientes contribuyentes:
- Aquellos que hayan ingresado más de 22.000 € procedentes de un solo pagador.
- Aquellos que hayan ingresado más de 14.000 € procedentes de varios pagadores, siempre que la suma de los ingresos percibidos por el segundo pagador y el resto superen los 1.500 € al año.
- Aquellos que tengan hipoteca.
- Patrimonio.
- Bienes gananciales.
Estos son los supuestos generales para que haya la obligación de presentar la Declaración de la Renta. Sin embargo, estos no son los únicos supuestos, pues hay excepciones. Por ello, en caso de duda, siempre es mejor contactar con un gestor especializado para que nos confeccione nuestra declaración.
Es importante recordar que la Agencia Tributaria cruza datos con las administraciones, por lo que es difícil que se les escapen datos. Si queremos evitar expedientes sancionadores, lo mejor es presentar toda la documentación desde el principio.
Novedades Declaración de la Renta 2021
Como sucede cada año, hay pequeñas variaciones y novedades a la hora de presentar la Renta. Las novedades para este año son las siguientes:
- Las ayudas excepcionales concedidas en supuesto de fallecimiento o incapacidad absoluta sobrevenida por la borrasca Filomena están exentas de tributar.
- Las ayudas concedidas por daños personales provocados por el volcán de la isla de La Palma.
- Se introduce un nuevo tramo a partir de los 600.000 € con un tipo del 24.50%.
- Nuevo tramo en la base liquidable del ahorro a partir de los 200.000 €. El tipo de gravamen aplicable es del 13% pudiendo llegar al 26%.
- Reducción de 8.000 € a 2.000 € el importe máximo a deducir en concepto de planes de pensiones privados.
- Las ayudas y subvenciones concedidas para actuaciones de rehabilitación energética de edificios quedan exentas.
La Declaración de la Renta siempre incluye novedades de las que los contribuyentes deben estar informados para asegurarse de cumplir con esta obligación correctamente. Por ello, en caso de duda, siempre es mejor contar con un asesor. De este modo, podremos asegurarnos de que está bien confeccionada y de que no nos vamos a encontrar con sorpresas inesperadas.
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