Hiciste la Renta y te salió a devolver. Sin embargo, no eres uno de los 4,5 millones de contribuyentes a los que Hacienda ya ha ingresado esos importes. ¿Qué puede pasar?
Lo aconsejable es preguntar directamente a la Agencia Tributaria. Y eso se hace a través de la página web. Una vez aquí, hay que acceder al banner de la campaña "Renta 2018. Avanzando contigo". La opción "Servicios de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)" permitirá acceder a su expediente.
Para consultar el estado de tramitación habrá que identificarse bien con certificado o DNI electrónico; con Cl@ve PIN o bien con su NIF y la referencia del borrador/declaración del ejercicio 2018 y que consta de 6 caracteres.
En función de la situación del expediente, en el apartado "Estado de Tramitación" aparecerá alguno de estos mensajes: "Su declaración se está tramitando", "su declaración está siendo comprobada", "su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted", etc.
Si tras esas comprobaciones la declaración es correcta, el mensaje que recibirá será el de cuándo va a ser emitida la devolución.
Si se trata de una devolución y sigue pendiente, es recomendable que acceda a su expediente para comprobar si se encuentra dentro del sistema llamado "VERIFICA (Autocorrección de declaraciones)", que le permitirá agilizar la devolución.
A los contribuyentes con devoluciones pendientes que cumplan los requisitos del sistema les aparecerá un mensaje informando de la posibilidad de agilizar la comprobación y posterior devolución.
Una vez dentro de "VERIFICA", se mostrará una pantalla en la que se informa de la existencia de incidencias en su declaración y de una posible minoración de su devolución. Si el contribuyente sigue avanzando en el procedimiento, que podrá interrumpir si prefiere optar por el sistema de comprobación tradicional, concluirá con la notificación de una propuesta de liquidación con la devolución minorada.
Un de las causas que puede minorar la devolución o incluso hacer que ésta desaparezca son las deudas con otras administraciones públicas. Por tanto, que si no has pagado una multa de Tráfico o bien tienes pendiente algún recibo de IBI o el impuesto de matriculación… puedes seguir esperando. Todo aquello que tenga relación con juzgados, comunidades autónomas, entidades locales y Seguridad Social, entre otras.
La colaboración interadministrativa permite el embargo automático de devoluciones tributarias.