A punto de cumplirse un año desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre, por el que se modificó la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (AJD) y decidió que el sujeto pasivo del impuesto fuera el prestamista, es decir la banca, las CCAA han movido ficha, pero no todas. Solo dos de ellas han elevado el tipo impositivo, Cataluña y Asturias. En otras cinco se han suprimido las deducciones y los tipos reducidos, lo que aumenta la carga al nuevo sujeto pasivo del impuesto.
Entre las que han decidido endurecer las condiciones del IAJD al prestamista se encuentran Cataluña, Valencia, Castilla y León, Murcia, Canarias, Baleares y Asturias. El resto lo ha dejado como estaba. Y detrás de estas decisiones no hay límites legales: las CCAA pueden elevar el tipo impositivo sobre las hipotecas lo que quieran. No hay topes ni máximos ni mínimos, igual que ocurre con el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, y justo lo contrario a lo que sucede con el IBI, ya que los ayuntamientos tienen las ‘manos atadas’ para gravar las propiedades como quieran.
Por ese motivo, Cataluña ha colocado su gravamen (2%) por encima del más alto y más común de los tipos impositivos que tenían fijados las regiones (1,5%). La Generalitat ha encontrado otra vía de aumentar sus ingresos debido a la imposibilidad ‘política’ de sacar adelante sus Presupuestos. Con el aumento del tipo del 1,5% al 2% prevé recaudar 88,2 millones de euros.
La cifra estimada de recaudación por ITP/AJD en los presupuestos de las comunidades para este año es de 10.141 millones, una cifra bastante ambiciosa ya que es un 15% superior a la de 2018. Su logro dependerá de cómo evolucione el sector inmobiliario y si se hacen muchas operaciones. Además, esa recaudación estará en juego si la banca decide bajar notablemente la responsabilidad hipotecaria, la base sobre la que se aplica el AJD, como hasta ahora ha sucedido en 11 autonomías.
El informe que publica el Ministerio de Hacienda se ha realizado con los datos de las Leyes de Presupuestos Generales para 2019 aprobados por 11 de las comunidades autónomas (Andalucía, Principados de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Extremadura, Galicia, Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra y Comunidad Valenciana), así como de los Presupuestos prorrogados correspondientes a los seis restantes (Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, País Vasco y La Rioja).
Según estos datos, Cataluña sería la región con mayor recaudación por estos impuestos, hasta superar los 2.000 millones, seguido de Andalucía, Madrid y Valencia. Esta región no solo fue la primera en reaccionar al decreto (eliminando el tipo del 0,1% para la adquisición de viviendas de protección oficial, así como en los préstamos hipotecarios para adquirirlas, y eliminando el tipo del 0,5% para hipotecas a favor de contribuyentes de 32 o menos años o discapacitados para la adquisición de la vivienda habitual) sino que también ha sido la que más
Qué han hecho otras CCAA
Valencia ha eliminado el tipo del 0,1% por los préstamos hipotecarios que documenten la adquisición de vivienda habitual por familias numerosas o discapacitados.
Castilla y león suprime los tipos reducidos del IAJD en las operaciones de constitución de préstamos y créditos hipotecarios para la adquisición de viviendas y locales de negocios. Con ello se evita que las entidades financieras puedan beneficiarse de esos tipos reducidos
Asturias ya hizo lo propio. Esta comunidad optó por incrementar el tipo impositivo de AJD aplicable a las escrituras de préstamos hipotecarios. En el capítulo V de Normas tributarias de sus presupuestos generales para 2019 modificó el texto para incrementar el tipo impositivo aplicable a las escrituras de hipotecas pasando del 1,2% actual al 1,5%.
También, elimina el tipo del 0,3% para la constitución de préstamos hipotecarios efectuados por beneficiarios de ayudas económicas para la adquisición de vivienda habitual de protección pública.
Baleares deroga el tipo del 0,5% para las escrituras notariales que documenten la constitución de préstamos y créditos hipotecarios para financiar la adquisición de inmuebles que tengan que constituir el domicilio fiscal o un centro de trabajo de sociedades o empresas de nueva creación.
Canarias quita el tipo del 0,4% para la constitución de préstamos hipotecarios cuando documenten la adquisición de un inmueble que vaya a constituir la vivienda habitual.
En Murcia desaparece el tipo reducido del 0,1% para la constitución y modificación de préstamos hipotecarios, afectos a una empresa individual o negocio profesional cuyo titular sea un trabajador por cuenta propia o autónomo. La región murciana también elimina los tipos reducidos de las escrituras públicas que documenten hipotecas puesto que “los colectivos destinatarios de estos tipos bonificados ya no ostentan la condición de sujeto pasivo del impuesto.
Con estos cambios, Navarra y País Vasco siguen aplicando el tipo impositivo más bajo (0,5%), seguidos de Madrid y Canarias (0,75%), La Rioja (1%), Baleares (1,2%). El resto, menos Cataluña que aplica un 2%, aplican el1,5% a los documentos.