El Gobierno incluirá un nuevo tributo a las principales empresas tecnológicas. En el anteproyecto de Ley de Telecomunicaciones que este viernes se presenta a Audiencia Pública, se incluye una nueva definición de operadores de telecomunicaciones en la que se amplia el abanico a todas las compañías que presten servicios de comunicación digitales.
Esto significa que cuando el proyecto se apruebe, probablemente antes del segundo semestre de 2021, empresas que presten servicios de correo electrónico o mensajería instantánea tendrán que pagar la tasa anual de Telecomunicaciones, un impuesto en el que hasta ahora solo estaban incluidas las operadoras tradicionales de telecos y las que prestaban servicios de redes.
Pese a que en la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones se resisten a hablar de empresas, lo cierto es que los servicios de comunicaciones digitales de Google (Hangouts), Facebook (Whatsapp), Apple (Facetime) y Amazon (Alexa) sí que estarán incluidos en esta tasa.
Eso sí, estas empresas deberán pagar por la parte proporcional de los ingresos que generen solo por estos servicios de comunicaciones digitales en España.
En términos prácticos, esta nueva normativa obligará a que estas compañías deban darse de alta en el registro estatal de operadores de telecomunicaciones, al igual que Telefónica, Vodafone, Huawei, Nokia, Orange o Ericsson y estar sometidos a la fiscalización de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones.
Pago de la tasa
En cuanto al montante, se pagará el uno por mil de sus ingresos y siempre que sean superiores a un millón de euros en España. Y solo por sus servicios de comunicaciones digitales. Esto significa que si una empresa factura dos millones de euros al año, pagará dos mil euros. El objetivo es proteger a las pequeñas empresas y start-ups en etapas tempranas.
La nueva definición de operador de telecomunicaciones incluye tres tipos. Los primeros son los operadores que prestan servicios de acceso a internet (ISP), entre los que se encuentras las telecos tradicionales, luego incluyen las comunicaciones interpersonales -mediante el uso de numeración y sin numeración (comunicaciones digitales)- y los que prestan servicios de redes.
En las comunicaciones digitales se incluyen todas las empresas que proporcionen servicios de mensajería instantánea, videollamadas o correos electrónicos.
Una nueva tasa que llega en medio de la tramitación del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, un tributo por el que se pretende recaudar unos 1.000 millones de euros. En el caso de la tasa de telecomunicaciones el impacto será mucho menor, pero obligará a los gigantes digitales a tener su actividad en España más supervisada por el Ejecutivo.
La conocida como 'tasa Google' parte de la base de que las grandes empresas digitales no tributan en nuestro país los impuestos equivalentes a la actividad económica que registran en nuestro país como Google, Amazon, Facebook o Twitter.
Tasa Google
También advierte que el actual sistema tributario no reconoce el papel que desempeñan los usuarios "en la generación de valor para las empresas más digitalizadas mediante el suministro de datos o la generación de contenidos o como componentes de las redes en que se basan muchos modelos de negocio digitales".
Es así como el proyecto gravará a partir de un tipo del 3% a los ingresos generados por servicios de publicidad en línea, servicios de intermediación en línea como los que prestan las redes sociales y la venta de datos obtenidos a partir de información proporcionada por el usuario.
Deberán abonarla empresas cuyo importe neto de cifra de negocios supere los 750 millones de euros al año y que el importe total de sus ingresos derivados de prestaciones de servicios digitales esté por encima de los tres millones. El Ejecutivo dice en el proyecto que será transitorio mientras la OCDE acuerda un impuesto digital unificado de aplicación en todos sus países miembros.