Problemas para los repartidores de comida a domicilio afiliados a plataformas como Deliveroo, Glovo o Uber Eats. Fuentes de la asociación autónoma de riders (aar) han confirmado a Invertia que la Policía ya ha comenzado a multar a estos riders que intentan salir de las 37 zonas confinadas de Madrid, porque les es imposible acreditar su condición de empleados de estas empresas.
De hecho, como contó este diario la Policía ha detectado que falsos riders intentan salir de estas zonas alegando que trabajan para alguna de estas plataformas de reparto, un 'salvoconducto' que precisamente no puede acreditarse con un contrato de trabajo ni con una vinculación formal a una empresa, principal requisito para que las Fuerzas del Orden autoricen la salida de los habitantes de estas zonas sanitarias.
En este sentido, la asociación autónoma de riders (aaa) -que representa a 300 riders en Madrid- ha enviado una carta a la concejal Delegada del área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sánz Otero, pidiendo que se flexibilicen estas condiciones.
Se da el caso que el reparto de comida a domicilio está específicamente permitido en las excepciones que la Comunidad de Madrid ha establecido para el confinamiento que comenzó este lunes. El problema es que los repartidores no lo tienen tan fácil a la hora de acceder a estas zonas a realizar su trabajo.
Acreditación del desplazamiento
"Los repartidores de comida a domicilio asociados nos trasladan que están teniendo problemas con la Policía municipal para acceder a las zonas restringidas. Parece ser que les piden un certificado que ni nosotros, ni las plataformas con las que trabajamos podemos facilitarles", indican en la carta a la que ha tenido acceso este diario.
Los riders explican que los repartidores son trabajadores autónomos, por lo que no son empleados de ninguna plataforma y que no saben a dónde van a tener que desplazarse hasta que no se produzca un pedido.
En este sentido, y entendiendo que la actividad de reparto de comida a domicilio es una actividad permitida en las zonas confinadas y que los repartidores están ejerciendo una actividad profesional, dicen que "no debería haber problema para que los repartidores puedan demostrar que sus desplazamientos están motivados por la recogida de un pedido en un restaurante ubicado en la zona confinada o por realizar un reparto en un domicilio de la zona confinada".
De hecho, piden que los profesionales puedan entrar o abandonar la zona confinada tras la entrega del reparto, acreditando el traslado mediante la factura generada a través de la aplicación.