El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha estimado parcialmente por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad del PP contra varios preceptos de la ley catalana de vivienda (11/2020), que limita los precios de los alquileres, porque suponen una invasión de competencias del Estado.
El TC explica en un comunicado que son inconstitucionales los artículos 1, 6 a 13, 15 y 16.2 y las disposiciones adicionales primera, segunda y tercera, la disposición transitoria primera y la final cuarta, letra b, así como la disposición adicional cuarta y la disposición final tercera.
La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Ramón Sáez, explica que dichos preceptos suponen una invasión de la comunidad autónoma en las competencias del Estado que reconoce el artículo 149.1.8 de la Constitución, referida a la competencia en materia civil para regular las bases contractuales.
Los preceptos anulados, argumenta el Alto Tribunal, invaden competencias reservadas al Estado en materia civil para regular las bases contractuales. En concreto, "la competencia para establecer los criterios de ordenación general del sector de la contratación privada en aquellos territorios autonómicos que cuenten con legislación propia".
Por otra parte, la sentencia limita los efectos de la declaración de inconstitucionalidad, de forma que "no afecta a las situaciones jurídicas consolidadas, en base al principio de seguridad jurídica y al legítimo fin de procurar la estabilidad en las relaciones contractuales preexistentes".
Efectos a futuro
Así, los efectos de esta sentencia "serán 'pro futuro', por lo que los contratos de arrendamiento de vivienda celebrados con anterioridad al momento de la presente resolución se mantienen en sus términos".
El Sindicat de Llogateres ha explicado que esta decisión supone que parte de la citada ley catalana que regula los alquileres desde hace un año y medio en las ciudades en las que se aplica quedaría sin efecto en el momento en el que se haga pública la resolución del Constitucional.