La 'macrodemanda' por las cláusulas suelo en préstamos hipotecarios que interpuso por Adicae contra 101 bancos y cajas españoles se resolverá finalmente en Europa. La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha decidido elevar cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por esta demanda colectiva.
La banca decidió recurrir en 2019 al Tribunal Supremo la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid, que dio la razón a Adicae. En concreto, se condenó a los bancos a devolver las cantidades indebidamente cobradas por las cláusulas suelo desde la firma de la hipoteca, más intereses, al considerarlas abusivas, y estipularon que la retroactividad debía ser total.
Según recoge Europa Press, la asociación confiaba en tener el fallo del Supremo a su demanda colectiva el pasado 1 de junio. Sin embargo, el Alto Tribunal decidió abrir un plazo de diez días para que las partes se pronunciasen sobre la conveniencia de formular una cuestión prejudicial al TJUE.
[La banca recurre ante el Supremo la demanda que interpuso Adicae por las cláusulas suelo]
En ese periodo, más de una veintena de entidades recurrentes presentaran escritos mostrando su conformidad con el planteamiento de las cuestiones prejudiciales. Por el contrario, Adicae se opuso a la petición de decisión prejudicial y el Ministerio Fiscal informase no lo consideró necesario.
Tras este periodo de consultas, el Tribunal Supremo ha decidido finalmente formular al Tribunal de Justicia de la UE peticiones de decisión prejudicial en relación con esta acción colectiva contra las cláusulas suelo.
Según recoge el auto del Pleno de la Sala I, no ha encontrado justificado denegar el planteamiento de las cuestiones prejudiciales a las entidades recurrentes, que han identificado varias cuestiones controvertidas.
El Tribunal Supremo explica que la acción colectiva de Adicae se dirige contra prácticamente todas las entidades financieras que en España utilizan o han utilizado cláusulas suelo durante un dilatado periodo de tiempo.
Así, añade que esto afectaría a millones de contratos, da lugar a una multiplicidad de redacciones y formulaciones de las cláusulas (aunque tengan el denominador común de imponer un tope a la bajada del tipo de interés) y hace "difícilmente utilizable" el concepto de consumidor medio.
Tras conocerse la resolución del Tribunal Supremo, Adicae la ha calificado de "vergonzosa". En concreto, considera que después de más de 12 años desde que se presentó la 'macrodemanda', que cuenta con dos resoluciones favorables en primera y segunda instancia, supone un "gravísimo entorpecimiento del funcionamiento de la Justicia".