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Imagen de un cartel de alquiler en el balcón de una casa en España. Istock
Andalucía llena en menos de 24 horas otra convocatoria del Bono Alquiler Joven sin haber zanjado aún la primera
Hay aún pagos pendientes de la primera convocatoria, lanzada en 2022. Para este proceso, la Consejería asegura que pondrá todo el "empeño" en "resolver las ayudas lo antes posible".
Más información: La Cámara de Cuentas fiscalizará los retrasos en el Bono Alquiler Joven en Andalucía
El Bono Alquiler Joven vuelve a despertar un enorme interés en Andalucía. La segunda convocatoria de esta ayuda, de 250 euros al mes para jóvenes de menos de 35 años, se ha cerrado en menos de 24 horas al alcanzar 8.500 solicitudes, el máximo previsto. Es una rapidez similar a la vista en la primera convocatoria, abierta en 2022 y que, a día de hoy, no se ha resuelto completamente.
No todos los beneficiarios de aquella iniciativa han cobrado las cantidades que se les aprobaron al concederles la solicitud. Algunos han recibido parte de la cantidad, otros nada. La Consejería no precisa cuántas personas se hallan en esta situación, subrayando en todo caso que apenas faltan algunos expedientes por resolver en Sevilla y que el porcentaje global de resolución supera el 95%.
Con todo, la sombra de aquel proceso, que incluyó el colapso de la web, más allá del largo tiempo de espera -bajo la lupa de la Cámara de Cuentas-, ha sobrevolado esta segunda convocatoria, que espera beneficiar a 5.700 jóvenes aunque sean 8.500 las solicitudes presentadas.
Esto porque puede haber en esas solicitudes duplicidades o incumplimiento de los requisitos, que incluyen, por ejemplo, que las rentas de los contratos de alquiler tengan un límite máximo de entre 900 y 600 euros en función del municipio.
En todo caso el compromiso es que haya celeridad en esta convocatoria. La consejera de Fomento y Vivienda, Rocío Díaz, ha prometido que la Junta pondrá todo su "empeño" en resolver las ayudas "lo antes posible".
Esta convocatoria, con un presupuesto de más de 34 millones, cuenta con los mismos requisitos que la anterior. Va dirigida a jóvenes mayores de edad hasta los 35 años que viven en alquiler y tienen ingresos menores a tres veces el Iprem si es una persona y de cuatro veces el Iprem si es una unidad familiar.
La vivienda o habitación alquilada constituirá la residencia habitual y permanente del solicitante durante el periodo subvencionable y debe ser acreditado mediante el alta en el padrón municipal. Si es una unidad familiar, se requerirá el certificado de empadronamiento colectivo de los miembros de la familia.
Los solicitantes aportarán, entre otra documentación, un contrato de alquiler de la vivienda o cesión de uso o un compromiso de contrato suscrito por arrendador y arrendatario que recoja las condiciones esenciales del contrato.
En caso de arrendamiento parcial, si no constara en el contrato la cuota de participación, se aportará declaración responsable.