Por qué el Día de la Liberación Fiscal en 2023 será el 29 de julio
El 'Tax Freedom Day' nació en el Reino Unido y tiene una vocación divulgativa. Esta es la metodología, adaptada a la economía española, del estudio que muestra los días del año que trabajamos para pagar impuestos.
Aproximarse a cuántos impuestos se pagan anualmente en relación con las rentas familiares y qué servicios públicos se reciben, no sólo es un ejercicio necesario de transparencia por parte de la Administración Pública sino también un ejercicio de responsabilidad de los ciudadanos a la hora de votar cada cuatro años las políticas fiscales más adecuadas tanto a corto como a largo plazo.
Como le ocurre a una parte sustancial de las iniciativas sociales que buscan un mayor grado de claridad en torno a la relación entre la política y la ciudadanía, los países de la órbita anglosajona fueron el lugar de aparición de estudios que pretendían arrojar luz sobre cuántos impuestos se pagan y cómo se utiliza este dinero por parte de los gestores públicos.
Concretamente, apareció una fórmula que de una manera divulgativa y cercana al ciudadano medio traducía los impuestos que cada año pagaba en términos de días de renta disponible que debía emplear. Se le dio el nombre de 'Tax Freedom Day' que en la traducción al español es 'Día de la Liberación Fiscal'.
"La terminología muestra matices ideológicos por la tradición liberal y anglosajona de separación entre individuo y Estado"
Obviamente, la terminología muestra varios matices ideológicos que conviene tener en cuenta. La propia tradición anglosajona de separación entre individuo y Estado y la consideración liberal de que un Estado excesivo (traducido en una carga fiscal excesiva) lleva a sociedades con menor capacidad de crecimiento e innovación, está muy presente en este indicador que en España lleva confeccionándose desde hace más de dos décadas por diferentes expertos y laboratorios de ideas.
Una metodología viva
En los últimos años, la metodología ha ido adaptándose a los cambios fiscales en España. Pero, un factor fundamental de avance sobre el que hay que continuar trabajando es la introducción en España por primera vez en 2018 de la comparativa entre cuántos impuestos paga una familia media y cuál es su retorno en forma de servicios públicos (a raíz de un estudio del Instituto de Estudios Fiscales británico).
De esta manera, no sólo se ponía encima de la mesa el estudio de una fiscalidad familiar -que muestra una tendencia creciente desde principios de la segunda década de los 2000-, sino también qué servicios públicos se reciben (sanidad, educación, pensiones, seguridad, justicia…) y en qué momentos tanto de renta como de edad, esta relación entre contribución y prestación es especialmente 'beneficiosa' en términos económicos.
"No sólo se ponía encima de la mesa el estudio de una fiscalidad familiar, también qué servicios públicos se reciben"
Durante los siguientes tres años, analicé desde una perspectiva profesional y divulgativa esta relación, partiendo en el caso de los impuestos pagados de una metodología basada en varios supuestos de renta salarial y cohortes de población, ofrecidos por la Encuesta de Estructura Salarial del INE.
"El coste social de la cotización a cargo de la empresa es un 'sueldo invisible'"
Tomando este indicador, elaboraba los supuestos de consumo y patrimonio sobre los que surgían los pagos por IVA, Impuestos Especiales, Impuestos Autonómicos y Municipales y, obviamente, la Seguridad Social (incorporando como coste social la cotización tanto a cargo del trabajador, como a cargo de la empresa, ya que esta última en realidad es un 'sueldo invisible').
Sin embargo, este modelo basado en supuestos de consumo, patrimonio y renta dejaba fuera multitud de cargas fiscales y tipologías de contribuyente cada vez con más peso sobre la economía.
Por el lado de la renta, se dejaba fuera a todos los empleados por cuenta propia, la fiscalidad de dividendos e intereses (la base imponible del ahorro en IRPF y la doble tributación existente entre Sociedades e IRPF, así como nuevos impuestos como el de transacciones financieras). Y también la fiscalidad de las rentas inmobiliarias (el cobro de alquileres). Y, por el lado del consumo y la riqueza se dejaban fuera multitud de figuras fiscales cuya incidencia real está en el consumidor/ahorrador.
Aflorar todos los impuestos
Con lo cual, en la edición última que realicé en 2021, decidí realizar un cambio metodológico para simplificar el cálculo, aflorar todos los impuestos que pagan las familias y utilizar el indicador más general posible de renta disponible.
De una manera homóloga al cálculo del indicador de Adam Smith Institute, Tax Foundation o el Institute Economique Molinari, entre otros, el cálculo se vuelve más 'macro' (una aproximación al pago de impuestos y renta disponible per cápita). Pero, al mismo tiempo, más completo y sencillo de estudiar trimestralmente y permite, tomando las estimaciones de crecimiento de consenso, realizar una proyección de los días necesarios de renta para pagar impuestos en el año siguiente.
Así, se parte de las cifras procedentes de la Contabilidad Nacional Trimestral No Financiera de los Sectores Institucionales (CNTNFSI), Sector Hogares e ISFLSH, publicada por el INE.
Renta familiar e impuestos
En primer lugar, se establece un concepto más amplio de "renta familiar", acorde con lo establecido en la Contabilidad Nacional[1]. Esto supone la integración de rentas salariales, rentas de la actividad profesional (autónomos), rentas del capital (intereses, dividendos, participación en los beneficios de las empresas y arrendamientos) y otras rentas mixtas imputables al sector institucional Hogares y ISFLSH[2].
En segundo lugar, se incorpora todo el universo de impuestos que pagan las familias ("empleos netos"), según CNTNFSI, equivalentes a la suma de impuestos sobre la producción y las importaciones, impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc., cotizaciones sociales netas e impuestos sobre el capital.
De estos, se destacan los siguientes: tratamiento de los beneficios fiscales -tanto cuando aumentan, como cuando se reducen (caso, por ejemplo, de la reducción por las aportaciones a planes de pensiones, complementos por maternidad…)-, incorporación del impacto indirecto del impuesto de Sociedades sobre los accionistas, impuestos sobre el ahorro y el capital (tanto en base general como alquileres como en base del ahorro como dividendos, intereses…), fiscalidad real indirecta (IVA, II.EE), y nuevos impuestos (ITF, IDSD, fiscalidad medioambiental…).
En tercer lugar, dividimos la suma de todas estas cargas fiscales sobre el total de la renta ajustada calculada primero. Con ello, se obtiene el peso de los impuestos sobre la renta familiar que, repartido en los 365 días del año, da lugar al número de días que el ciudadano destina de su renta a pagar impuestos.
"El peso de los impuestos sobre la renta familiar, repartido en los 365 días del año, da lugar a los días que el ciudadano destina a pagar impuestos"
Obviamente, es un indicador macro que mide una presión tributaria per cápita. Hay ciudadanos que tendrán un pago mayor y otros un pago menor. Y, como es evidente, no puede compararse con otros indicadores populares, como el de presión fiscal (ingresos tributarios sobre PIB). El sentido es distinto y su aplicación completamente diferente.
Con todas las salvedades y precauciones que se debe tener con los datos macro, una realidad que subyace de estos cálculos es que en torno al 50% de las rentas son destinadas a pagar impuestos, uno de los umbrales que en Economía se consideran críticos. Y si se toma en consideración todo lo expresado en este artículo, es posible afirmar que en 2023, ese día será el 29 de julio. A partir de aquí, cabe abrir una discusión teórica y práctica sobre qué significa pagar más de la mitad del año de renta en impuestos y cómo se está traduciendo o no en una mejor calidad y provisión de servicios públicos.
*** Javier Santacruz es economista y colaborador de Invertia. Hasta 2021 elaboró el cálculo del Día de la Liberación Fiscal.
****Notas:
[1] Se calcula sumando la Remuneración de Asalariados, Subvenciones, Rentas de la Propiedad y Rentas Distribuidas de las Sociedades (cuenta primaria de distribución de la renta) y Subvenciones sobre la producción.
[2] Esta serie está sujeta a los ajustes temporales que el INE establezca en sus estimaciones.