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La tribuna

¿Preparados para la nueva directiva de 'reporting' en materia de sostenibilidad?

19 junio, 2024 02:32

Las normas europeas requieren que las grandes empresas y las empresas cotizadas publiquen informes anuales sobre los riesgos medioambientales y sociales a los que tienen que hacer frente, así como el impacto de sus actividades en las personas y el entorno. Esta obligación se recoge en la nueva Directiva sobre presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas, conocida por su acrónimo CSRD, que sustituye a la anterior Directiva de 2014 sobre divulgación de información no financiera (NFRD).

El primer cambio notable está en el nombre. Esta nueva directiva ya no distingue entre información financiera y no financiera, ya que ambas están interrelacionadas. Ahora, se enfoca en la información sobre sostenibilidad, que permite evaluar el desempeño de las empresas en este ámbito, incluyendo su relevancia financiera.

Las primeras empresas que deberán aplicar las nuevas normas serán aquellas que ya estaban obligadas a reportar bajo la NFRD, comenzando con el ejercicio 2024. En 2025, le seguirán el resto de grandes empresas, y en 2026, las pymes cotizadas. Esto afectará a unas 40.000 empresas en España, aproximadamente cuatro veces más que las obligadas bajo la norma anterior.

Además de incrementar el alcance, otra mejora que se persigue con esta nueva directiva es que la información sea más comparable de lo que era con la norma predecesora, de ahí que se hayan definido los NEIS (Normas Europeas de Información sobre sostenibilidad o ESRS, por sus siglas en inglés). Estos estándares - que se clasifican en dos generales o transversales, cinco sobre cuestiones medioambientales, cuatro sobre aspectos sociales y uno sobre aspectos de gobernanza y de conducta empresarial - tienen como objetivo homogeneizar la presentación de la información sobre sostenibilidad para garantizar que las empresas brinden información más coherente, útil y detallada al respecto.

Bajo la nueva norma, las empresas deben reportar sobre más de 1.100 indicadores, en comparación con los aproximadamente 90 anteriores, siguiendo el principio de doble materialidad. Este principio implica que el análisis de impacto y riesgo debe realizarse tanto desde una perspectiva externa (impacto del entorno en la empresa) como interna (impacto de la empresa en el entorno).

Bajo la nueva norma, las empresas deben reportar sobre más de 1.100 indicadores

La CSRD tiene implicaciones significativas en la gestión empresarial, requiriendo que se entienda como una herramienta de gestión y no solo de divulgación. Deberá estar vinculada a la estrategia y al modelo de negocio de la empresa, a menudo imponiendo rediseños para enfrentar los impactos, riesgos y oportunidades identificados.

¿Y todo esto a qué coste? Uno de los elementos críticos ante este reto en materia de reporting para las empresas ha sido la asimetría regulatoria ya que, al tratarse de una norma europea afecta únicamente a compañías operando en el entorno europeo que corren el riesgo de incurrir en costes de divulgación de información más elevados que las empresas no pertenecientes a la UE. 

No obstante, la norma europea se hace extensiva también a empresas filiales de grupos extranjeros que operen en Europa y que superen determinados volúmenes de facturación. Se prevé que otras empresas a nivel mundial decidan voluntariamente ajustarse a las normas obligatorias de la UE y algunas otras economías no europeas estarían adoptando medidas regulatorias dirigidas en un sentido similar. 

Asimismo, se considera que parte de este coste quedaría más que compensado por los beneficios implícitos derivados de una mejor gobernanza en este respecto entre los que destacan: 

  1. Una mejora de la competitividad a largo plazo unido a una mayor resiliencia, como consecuencia de la identificación y gestión de nuevos riesgos significativos de origen extrafinanciero.
  2. Una mejor competitividad a largo plazo, especialmente para aquellas empresas que sean líderes en materia de sostenibilidad.
  3. Una mejor relación con entidades financieras e inversores al poder atender sus peticiones de información.
  4. Un mejor acceso a un número creciente de productos de financiación, especialmente en el ámbito de la renta fija pero también de la financiación bancaria y por otros canales, que aspiran a alcanzar objetivos de sostenibilidad.
  5. Una mejor gestión de la cadena de valor que iría desde la relación con proveedores hasta clientes y usuarios finales de los servicios.

Más allá de ser una exigencia normativa y del reto organizativo que puede suponer, la mejor gestión derivada de la implementación de la norma debería redundar en beneficios directos e indirectos, tanto para la empresa como para los usuarios de la información y otros grupos de interés.

*** Irene Peña es profesora de Afi Escuela.


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