¿De qué hablamos cuando hablamos de financiación singular de Cataluña?
ERC, el partido en el gobierno, ahora en funciones, de la Generalitat de Catalunya, no está conforme con el modelo de financiación de las CCAA. Pero, en lugar de proponer la reforma del sistema de financiación, que lleva caducado desde 2014, lo que propuso hace unos meses es un modelo de financiación “singular”, más conocido como “cupo catalán”.
Los tres elementos fundamentales de la propuesta eran la recaudación de todos los impuestos “generados” en Cataluña, plena capacidad normativa catalana en todos ellos, y una solidaridad articulada a través de dos fondos de nueva creación. Esto parece una copia del régimen foral vasco-navarro porque esencialmente lo es. Eso sí, el presidente de la Generalitat señaló que, a diferencia, del concierto vasco, la propuesta catalana tendría un componente de solidaridad, aunque temporal.
La primera cuestión que convendría clarificar es si un régimen de concierto y cupo es compatible o no, con la solidaridad interterritorial. En teoría, no habría inconveniente en que haya un elemento de solidaridad interterritorial en un régimen de cupo.
En principio, lo que ocurre es que una comunidad recauda todos los tributos en un territorio, y luego paga por los servicios comunes y también por los que la Administración General del Estado presta en el territorio. Aquí en el cupo se le puede añadir una contribución a la solidaridad interterritorial.
Si nos vamos a la última balanza fiscal publicada por el Ministerio de Hacienda , la de 2014, (página 14) vemos que existe una contribución o saldo fiscal positivo de la Comunidades más ricas. Así el saldo fiscal de Madrid fue una aportación del 9,82% de su PIB, mientras que el de Baleares fue del 5,77% del PIB, y la de Cataluña del 5,02% del PIB. En el caso de Cataluña, hay en el actual sistema una contribución de solidaridad por parte de sus empresas y ciudadanos, aunque la mitad de la que algunos de sus dirigentes explican.
Contra lo que se dice, el País Vasco sí participa en la solidaridad interterritorial, aunque recibiendo solidaridad, no aportándola, con un saldo a su favor del 5,30% del PIB. Aquí estamos hablando de la segunda comunidad autónoma en PIB per cápita. Y como resultado, fundamentalmente, del sistema de financiación, y esto ya son datos actuales del INE, aunque es la segunda en PIB per cápita, en renta per cápita es la primera.
En el caso de Navarra, la otra Comunidad con un régimen foral, su saldo también es positivo, es decir recibe solidaridad del resto de comunidades, pero con un saldo menor, de sólo el 0,64% del PIB. Navarra es la tercera comunidad en PIB y renta per cápita, por lo que tampoco debería tener un saldo fiscal a su favor.
La primera pregunta es a qué se deben estos datos. Pues, básicamente se deben a tres causas. La primera de ellas es que el País Vasco y Navarra no participan en los fondos de solidaridad y suficiencia a los que aportan Madrid, Cataluña y Baleares, y de los que se benefician las comunidades con menos renta per cápita. La segunda razón es que la negociación del cupo vasco (y del navarro, allí denominado aportación) ha sido muy favorable a País Vasco y Navarra, y en consecuencia, muy desfavorable para los habitantes del resto de España. En fin, no está de más recordar que el cupo, como se pretende hacer en Cataluña, no se calcula, se negocia políticamente.
País Vasco y Navarra no participan en los fondos de solidaridad y suficiencia a los que aportan Madrid, Cataluña y Baleares, y de los que se benefician las comunidades con menos renta per cápita
El resultado de la negociación del cupo (y menor medida de la aportación navarra) está fuera de la realidad. A tenor de las cifras, si se generalizase el cupo y todas las administraciones autonómicas cobrasen todos los impuestos y contribuyesen en función de su PIB a los gastos comunes, la Administración general del Estado (AGE) dispondría de unos 20.000 millones de euros al año, que serían unos 31.000 millones si se generalizase la aportación. Estas cifras son inferiores sólo al gasto por intereses del Estado. Esto quiere decir que, con estas cifras, de la segunda y tercera comunidad más rica, si se extiende el sistema, el Estado no podría funcionar.
La tercera razón por la que estos números no cuadran es el ajuste del IVA, y es la más importante. La segunda vía es que al País Vasco se le complementa la recaudación por IVA en cerca de 2.800 millones anuales. Sin embargo, las Diputaciones Forales recaudan entre un 7,5% y un 8% del IVA total que se recauda en España, mientras que el consumo vasco sobre el total de territorios que aplican IVA en España es de un 6%.
Si se siguiese el mismo método con el que se reparte el 50% de recaudación del IVA entre las demás CCAA, que es lo único racional, entonces el País Vasco tendría que pagar un ajuste, no recibir 2.800 millones, cuantía que es muy superior al cupo. Los detalles de este funcionamiento “singular” de los sistemas forales los pueden encontrar en mi libro “Y esto, ¿quién lo paga?” (Debate 2023).
Si se busca copiar un sistema que no es precisamente solidario, obviamente, el objetivo no puede ser otro más que limitar la solidaridad. Y, además, lo que se busca es una limitación importante de la solidaridad porque el instrumento no es una reforma del sistema, sino simplemente una excepción, una financiación singular. Sobre el papel, un sistema de “cupo catalán” podría ser compatible con la solidaridad interterritorial, pero como en realidad lo que se busca son “resultados similares a los del cupo vasco”, lo que se obtendría, de aplicarse, sería parecido. Como señalaba Einstein, “no se pueden esperar resultados distintos de hacer siempre lo mismo”.
Por supuesto, la recaudación de todos los impuestos en Cataluña es una tarea sumamente compleja si no se dispone de una Hacienda propia. Si se decidiese abordarla, nos encontraríamos con consecuencias indeseadas e indeseables, como que el fraude se dispararía, al igual que los costes de recaudación de impuestos. También creo que es una propuesta con serios problemas jurídicos, aunque eso habría que explicarlo en otra ocasión.
La recaudación de todos los impuestos en Cataluña es una tarea sumamente compleja si no se dispone de una Hacienda propia
En cuanto a la plena capacidad normativa sobre todos los impuestos en Cataluña sería algo totalmente inviable: en primer lugar, por contravenir frontalmente el artículo 133.1 de la Constitución que establece que la potestad originaria para crear tributos corresponde al Estado. Y, en segundo lugar, porque nadie tiene en la Unión Europea soberanía total sobre todo el sistema fiscal, ya que eso resulta incompatible con el Derecho Comunitario, ya que obstaculizaría la libre circulación de mercancía, servicios, capitales y personas.
Esto, nos guste o no, es que lo que ERC considera que es su propuesta de “financiación singular”, que ha suscitado muy poco consenso político, y que carece también de encaje constitucional, a diferencia de los territorios forales que vieron reconocidos sus derechos históricos en la Disposición Adicional 1ª de nuestra Constitución de 1978.
Todos los sistemas de financiación en los países descentralizados tienen un componente de negociación. No sólo hay cálculo económico. Pero, la negociación no puede consistir en la imposición, y no se pueden obviar los cálculos económicos porque son, simplemente, la realidad económica. O, mejor dicho, como señalaba Ayn Rand, “se pueds ignorar la realidad, pero lo que no se puede ignorar son las consecuencias de haber ignorado la realidad”.
La propuesta de ERC, que ahora quiere estudiar el PSC, ignora la realidad de que el sistema de financiación es insostenible si se extienden a Cataluña los resultados del concierto económico. Si se ignora eso, lo que no podremos ignorar serán las consecuencias en forma de peores servicios de sanidad, educación y servicios sociales en los demás territorios. Aunque a muchos no nos guste, de esas consecuencias hablamos cuando lo hacemos de “financiación singular”, de privilegios que habría que pagar.
*** Francisco de la Torre Díaz es economista e inspector de Hacienda. Ex Diputado en el Congreso.