Madrid vuelve a recortar la 'exención venezolana': Ayuso quiere evitar especuladores y dinero de paraísos fiscales
La inversión no será en entidades domiciliadas en paraísos fiscales y el beneficiario no tendrá relación laboral con la entidad en la que haga sus aportaciones.
19 junio, 2024 02:15La Comunidad de Madrid aprobará este miércoles, en su reunión del Consejo de Gobierno, la nueva deducción en el IRPF para atraer inversiones de contribuyentes procedentes del extranjero.
La 'exención venezolana', que en un primer momento iba a estar enfocada a atraer fortunas extranjeras deduciendo activos inmobiliarios, se aprobará este miércoles en el Consejo de Gobierno regional con varias modificaciones. ¿La más importante de todas? Los activos inmobiliarios ya no se contabilizarán.
La medida, pendiente desde la anterior legislatura, es una de las grandes promesas del equipo de Isabel Díaz Ayuso para atraer inversión extranjera. De hecho, cuando en un primer momento se enfocó a los activos mobiliarios, se miró directamente al mercado latino, que cada vez compra más en Madrid.
Pero, ahora, se ha concretado que esta rebaja del 20% en el IRPF se aplicará sólo en "la aportación realizada en obligaciones, bonos, letras del tesoro, acciones de sociedades cotizadas y no cotizadas o aportaciones en sociedades limitadas, entre otras". Dando un paso atrás respecto al proyecto inicial.
Según ha confirmado la Consejería de Hacienda, las nuevas condiciones que ya se había anunciado en abril han sumado un nuevo 'pero'. Ahora, la región confirma que dicha inversión no puede ser en "entidades domiciliadas en paraísos fiscales".
Y, además, el beneficiario de las mismas tampoco puede ejercer funciones ejecutivas ni de dirección o mantener una relación laboral con la entidad en la que haga sus aportaciones.
Para acogerse (y esto si mantiene las primeras peticiones), se exige mantener tanto la inversión como la residencia fiscal en la región durante un mínimo de seis años.
Asamblea de Madrid
El proyecto de Ley con la nueva deducción en la cuota autonómica del IRPF para atraer inversiones de contribuyentes procedentes del extranjero se remitirá ya a la Asamblea de Madrid para su tramitación parlamentaria previa a su entrada en vigor.
Al tener el Partido Popular mayoría en el organismo autonómico, se prevé su inminente aprobación y que, así, sea aplicable lo más próximamente. De hecho, la normativa será aplicable a todas las operaciones que se hayan hecho a partir del 1 de enero de este año.
Con esta deducción se pretende también la atracción de talento a nuestro país, así como profesionales que cubran las necesidades en determinados sectores. A su vez, persigue facilitar el retorno de quienes emigraron en el pasado.
El organismo autonómico ha añadido que el objetivo es "generar empleo y riqueza en la región gracias a este incentivo en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas".
Cambios en la norma
Con la aprobación definitiva previa a su paso por la Asamblea de Madrid, se hace tangible una norma que ha sufrido varias modificaciones desde que fue presentada por el ex consejero de Economía, Javier Fernández Lasquetty.
El primero de ellos fue en diciembre de 2023, cuando la presidenta inició la tramitación de los presupuestos para este año, se cambió parte de la redacción inicial. En ese momento, hace ahora siete meses, se seguía contemplando la deducción de bienes inmuebles, pero se concretaba: sólo si eran la vivienda habitual.
Esto quería decir que si una persona que lleva cinco años viviendo en el extranjero y decidía volver a Madrid atraído por esta compensación fiscal, sólo recibiría la deducción del 20% del valor de su vivienda habitual. Si compraba tres viviendas más, en esas no se aplicará la ventaja.
Pero en abril, cuando la norma pasó por primera vez por el Consejo de Gobierno, Madrid descartó también esa idea. Limitando la exención a "inversiones en mercados regulados y no regulados". La consejera, Rocío Alberto, puso varios ejemplos: "inversión en deuda pública, en acciones de sociedades o en la puesta en marcha de un negocio".
Ahora, dos meses después, la norma da un paso más y puntualiza que si la inversión es en la puesta en marcha de un negocio, el beneficiario no puede ejercer "funciones ejecutivas ni de dirección o mantener una relación laboral con la entidad en la que haga sus aportaciones".