La Audiencia de Málaga ha confirmado el procesamiento del exdecano del Colegio de Abogados malagueño Francisco Javier Lara por un delito de desobediencia en relación con la suspensión de los servicios de guardias en mayo de 2020 durante el primer estado de alarma por la Covid-19. De esta forma, rechaza el recurso de apelación presentado por el procesado.
Esta causa se inició tras una denuncia de la Fiscalía después del expediente del Juzgado de Instrucción número 10 de Málaga, en el que se explicaba que el 6 de mayo se requirió al colegio la presencia de letrados de guardia al haber detenidos, recibiendo como contestación que el servicio se prestaría por vídeoconferencia y no de forma presencial; sin que al parecer proporcionaran los nombres de los abogados ni se cumplimentaran otros requerimientos ese día.
Lara declaró en noviembre de 2020 como investigado por un delito de desobediencia en relación con la prestación de este servicio ese día, en el que estaba en vigor el primer estado de alarma por la Covid-19. Ante el juez aseguró que ese día no se daban las garantías para que los letrados prestaran el servicio con seguridad, por lo que se vio "en la necesidad de no atender" el requerimiento.
El Juzgado de Instrucción número 6 de Málaga acordó su procesamiento, al considerar que el exdecano "de modo consciente y a sabiendas de su deber de cumplimiento" desobedeció un requerimiento judicial; mientras que la defensa de Lara recurrió esta decisión, instando a que se revocara el auto para la práctica de varias diligencias.
Entre estas diligencias solicitadas estaba la testifical de la magistrada del Juzgado de Instrucción número 10 de Málaga y del letrado de la Administración de Justicia de dicho órgano judicial en funciones de guardia ese día, así como de funcionarios que trabajaban y de todos los miembros que formaban parte de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Málaga.
Ahora, la Audiencia señala que tanto la jueza como el fiscal consideran que la instrucción practicada "ha sido suficiente" e indica que "en esta fase actual del procedimiento, no es factible por la defensa la proposición de pruebas", además de entender que las propuestas no son imprescindibles para determinar los hechos y la tipificación.
La Sala añade que, no obstante, se puede articular prueba en los correspondientes escritos provisionales de defensa y entiende que "se justifica que se han practicado todas las diligencias necesarias" de las que "se desprende la existencia de indicios suficientes de que en la conducta del investigado concurren indiciariamente requisitos configuradores del delito".
Lara, una vez conocida la desestimación del recurso de apelación, ha asegurado que "sin dejar de respetar la resolución dictada, no la comparto en absoluto", al considerar que "son diligencias que se deben practicar en la instrucción y no en el plenario durante el juicio". "Con lo que sin practicarse estas pruebas, ya tendré que pasar por la pena de banquillo", ha apuntado a Europa Press.
Ha señalado que el fiscal ha pedido la confirmación del procesamiento, "con lo que posiblemente va a acusar"; aunque ha dicho que le sorprende "que, por un lado, una asociación de fiscales ha presentado una demanda por las condiciones en las que tuvieron que trabajar en esos días y, por otra parte, me va a acusar a mí".
Lara se ha mostrado confiado en que "habrá una sentencia absolutoria seguro" y, aunque ha asegurado que "no es agradable estar procesado ni verte en el banquillo, pero confío en que al final se hará justicia".
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