El exdecano del Colegio de Abogados de Málaga Francisco Javier Lara ha sido condenado por un delito de desobediencia grave a la autoridad después de que durante el primer estado de alarma por la pandemia no enviara al juzgado ningún abogado de guardia aduciendo motivos de seguridad, incumpliendo así el requerimiento judicial.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, se le condena por un delito de desobediencia grave a la autoridad y se le impone una pena de doce meses de multa, con una cuota diaria de 15 euros, lo que supone el pago de 5.400 euros.

La magistrada del Juzgado de lo Penal número 15 de Málaga, que dicta la sentencia, considera probado que el decano "tomó una decisión personal" y que además se valió de su condición de decano y que todo ello pudo ocurrir debido a las "discrepancias" al parecer existentes en el plano personal (con el juez).

La jueza mantiene que "en el fondo no se trataba tan solo de una cuestión de velar por la salud de los colegiados", sino que traspasó dicho límite y que para ello se amparó en un previo acuerdo tomado por la Junta del Colegio de Abogados.

"Tomó una decisión personal de no atender la guardia de detenidos, ya que la falta de aviso de letrados fue decisión personal suya desobedeciendo el requerimiento judicial", destaca la magistrada.

La jueza explica en los fundamentos de derecho que toda la prueba se ha centrado en determinar si hay trascendencia penal en el caso y que hay que tener en cuenta que el propio Consejo General del Poder Judicial estableció que "no se procederá al cierre de ningún órgano judicial sea cual fuere su naturaleza, salvo disposición de la autoridad sanitaria correspondiente".

Además se precisa que ha quedado acreditado que el servicio de asistencia a los detenidos en la Ciudad de la Justicia de Málaga se realizaba sin contacto alguno mediante videoconferencia y que en los calabozos había un cristal protector.

La magistrada considera que se dio "una situación insólita" y reitera que el decano tomó una decisión personal de no atender la guardia de los detenidos.

"La gravedad de la actuación enjuiciada no solamente afecta al detenido", indica la jueza, que precisa que también afecta a los propios colegiados, que desconocían el proceder ante el juzgado de guardia.

Lamenta que el decano "no tomó verdadera importancia de la orden o el mandato recibido de la autoridad judicial competente" y critica "una postura absolutamente impropia para el representante de un organismo colegial de la envergadura e importancia en la ciudad de Málaga, como es el Colegio de Abogados".

La jueza reprocha también que la actitud del decano la reiteró a lo largo del día "sin tomar importancia de las consecuencias de sus actos", ya que privó de asistencia letrada a los detenidos.

No atendió al requerimiento judicial con la resultante consecuencia de que no quedó atendido de letrado el turno de oficio de guardia de detenidos "con la consecuencia de dejar en libertad a los detenidos por parte de la juez de guardia", destaca la magistrada.

DEFENSA

El decano siempre ha negado que cometiera un delito de desobediencia así como que fuera una decisión personal, ha mantenido durante la instrucción del caso y en el juicio que fue una decisión de la junta de gobierno, que se limitó a velar por la seguridad y la protección de la vida y la salud de los colegiados en un momento que morían miles de personas.

El exdecano ha indicado a EFE que en los próximos días recurrirán la sentencia y ya son varios los Colegios de Abogados, entre ellos el de Málaga, los que le han mostrado un "firme apoyo" y confían en la estimación del recurso que se interpondrá contra la sentencia.

El Colegio de Abogados de Málaga ha realizado un comunicado institucional, al que ha tenido acceso EFE, en el que destacan que "las actuaciones que se llevaron a cabo por el Colegio en esa fecha fueron bienintencionadas y en defensa de la salud de los abogados de oficio".

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