Bajo la premisa de que "la política social de vivienda ha de favorecer a los sectores de la población más necesitados" y en medio de la pugna política por la gestión del suelo, el Defensor del Pueblo ha cuestionado el sistema que actualmente usa el Ayuntamiento de Málaga para adjudicar las viviendas que forman parte de su parque público.
El alto comisionado remitió una carta el pasado mes de marzo al alcalde, Francisco de la Torre, instándole a establecer "un sistema de baremación, al menos en las destinadas a las familias en riego de exclusión social y necesidad urgente de vivienda", algo que desde el Consistorio aseguran que ya cumplen.
En el mismo documento, la institución liderada por Ángel Gabilondo hace referencia a una información que el Instituto Municipal de la Vivienda (IMV) de la capital les refirió y cuestiona el uso del sistema de elección por sorteo empleado.
"En el procedimiento de adjudicación de vivienda establecido para las familias del comité FRES (en riesgo de exclusión social y necesidad urgente de vivienda), no existe una puntuación por cada solicitante y, en consecuencia, un orden general de los inscritos. (...) El sorteo también es el sistema de selección elegido para obtener la lista de adjudicatarios del procedimiento ordinario de adjudicación", apunta el documento.
QUEJA DE UNA FAMILIA
Según argumentan desde el Ayuntamiento de la capital, este asunto se remonta al pasado año. En abril de 2022, el Defensor del Pueblo envió una misiva al gerente del IMV trasladándole la queja de una familia malagueña compuesta por un matrimonio y tres hijos (dos de ellos menores de edad en ese momento) y que aseguraba estar inscrita como demandante de una vivienda protegida en Málaga.
En ese documento, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL de Málaga, la familia aduce que, pese a cumplir los requisitos y haber pasado varios años desde su entrada en el registro, no les habían adjudicado una vivienda "para resolver el problema habitacional de su unidad familiar".
El expediente llega a la Gerencia acompañado de una petición de información sobre este caso en concreto y sobre los procedimientos de adjudicación de viviendas en la capital. La respuesta municipal se remite el 3 de mayo. En este otro documento, la entidad municipal constata que la familia a la que se refiere está inscrita como demandante de vivienda en alquiler y alquiler con opción a comprar en el cupo general y en todos los distritos desde finales de diciembre de 2011.
Desde entonces, ha entrado en el sorteo de una promoción, en noviembre de 2014. El IMV especifica en su escrito que, efectivamente, el método para la elección de los seleccionados y suplentes es el sorteo "mediante una aplicación informática desarrollada para la celebración de los mismos y que reúne el requisito necesario de aleatoriedad para este tipo de procedimientos". Igualmente, aduce que la familia no dispone de una valoración que acredite su situación de riesgo de exclusión social.
Nueve meses después de este intercambio de información, el pasado 7 de marzo, la oficina del Defensor del Pueblo remitió una carta al gerente del IMV con la que daba carpetazo al asunto expuesto. "Se ha recibido escrito del Ayuntamiento de Málaga junto al que acompaña informe emitido por ese Instituto Municipal de la Vivienda. Resulta procedente, por razones de economía procesal, proseguir las actuaciones con el ayuntamiento y dar por finalizadas las mismas con este organismo", reza el documento firmado por Ángel Gabilondo.
Sin embargo, fechada el mismo día, el alcalde de la capital, Francisco de la Torre, recibe la misiva en la que se critica el sistema empleado y se recomienda aplicar un sistema de baremación.
EL COMITÉ FRES
Desde el Consistorio alegan que esta apreciación está fuera de lugar porque "tenemos un método de adjudicación que cumple con estos requisitos desde 2011". Se refieren, en concreto, al comité de Familias en Riesgos de Exclusión Social (FRES).
El Ayuntamiento de Málaga cuenta con dos sistemas diferentes para la adjudicación de las viviendas de sociales y diferencia entre el cupo general, al que concurren "en igualdad de condiciones" todo aquel que esté registrado y cumpla los requisitos y se desarrolla mediante un sorteo, y aquellas que forman parte del comité FRES.
Según la ordenanza municipal, a este otro cupo pueden concurrir solo "las unidades familiares que se hallen en situación o riesgo de exclusión social, y se justifique el carácter de urgencia, y a las unidades familiares que se hallen en situación o riesgo de exclusión social, por avanzada edad, o por discapacidad con movilidad reducida, que habiten en edificios con barreras arquitectónicas, que conlleven una falta de autonomía personal".
Estas, además de a las promociones generales que se celebren, podrán optar a las llamadas viviendas de segunda ocupación, es decir, las que vuelven a propiedad municipal porque una renuncia o el fallecimiento de su adjudicatario, entre otros supuestos recogidos.
"No todo el mundo entra en el PRES, hay requisitos para filtrar los casos de necesidad extrema, para que queden solo las familias que realmente no pueden esperar a que se construya una vivienda", apuntan fuentes municipales.
"No hay que confundir la necesidad de vivienda pública con la necesidad urgente de vivienda pública"
Estas señalan que en el procedimiento participan hasta cuatro áreas del Ayuntamiento (Servicios Sociales, Vivienda, Accesibilidad e Igualdad), que remiten todos los informes pertinentes y seleccionan a las familias dividiéndolas en cupos que responde al número de integrantes, si hay miembros con discapacidad o especial vulnerabilidad de los mayores. "Todo se mide, todo se calcula", insisten.
De hecho, alegan que la familia que emitió su queja al Defensor del Pueblo "no cumple con requisitos" porque, a pesar de que recibe ayudas y está atendida por Servicios Sociales, no está en riesgo de exclusión social de vivienda: "No tiene impagos ni desahucios en marcha y tiene un techo en buenas condiciones". "No hay que confundir la necesidad de vivienda pública con la necesidad urgente de vivienda pública", subrayan.
El Ayuntamiento armará con este argumentario su respuesta al Defensor del Pueblo, únicamente dando por señalado el procedimiento de adjudicación de viviendas protegidas a familias vulnerables y no el sistema en su conjunto, que también engloba el cupo general sobre el que sí se adjudica por sorteo.
"La apreciación es muy pertinente, hay que recordar a las administraciones que hay que tener un sistema específico para familias en riesgo, pero nosotros lo tenemos desde 2011 y es el mejor valorado", aluden, en referencia al reconocimiento que recibieron el pasado mes de abril de la Asociación Española de Gestores Públicos de Vivienda y Suelo (AVS). "Quizá por desconocimiento, no saben que precisamente somos los que mejores procesos tenemos", abundan.