Vista de la parcela sobre la que se plantea el espacio comercial.

Vista de la parcela sobre la que se plantea el espacio comercial. Google Earth

Málaga ciudad

Frenazo en seco al centro comercial que Málaga dibujaba junto al soterramiento del AVE

El Consejo Consultivo rechaza la propuesta del Ayuntamiento de Málaga de cambiar un planeamiento que preveía construir dos bloques de viviendas y uso terciario.

11 agosto, 2024 07:00

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Frenazo en seco a la apuesta del Ayuntamiento de Málaga de permitir un espacio comercial junto al soterramiento de las vías del tren, sobre el que se extiende parte del bulevar Adolfo Suárez. El paso adelante dado por la Gerencia de Urbanismo hace ahora tres años para revertir el destino final de un sector localizado en la calle Balazón, en el distrito de Carretera de Cádiz, acaba de ser anulado por el Consejo Consultivo de Andalucía, que ha fallado en contra del planteamiento municipal.

Lejos de las tesis defendida por el organismo ahora dirigido por la concejala Carmen Casero, que pretendía destinar a uso comercio un terreno en origen planteado para levantar un gran edificio de trece plantas de uso terciario y otro de siete para residencial, el Consultivo acaba de emitir un dictamen contrario a la pretendida modificación de la ordenación pormenorizada del plan de 2011. Y ello, se remarca en el documento, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL de Málaga, impide la aprobación definitiva del expediente, "al tener el presente dictamen carácter preceptivo y vinculante".

Hay que recordar que este suelo fue incluso objeto de un contencioso judicial entre la propiedad y el Consistorio. La decisión municipal de impulsar de oficio este cambio buscaba evitar un previsible nuevo conflicto con la mercantil. "Con la ordenación planteada ahora también se consigue el objetivo de reestructurar esta zona de la ciudad y eliminar los antiguos usos industriales", destacaban los técnicos municipales.

Y ello por medio del uso comercial, en lugar del residencial y terciario. "El emplazamiento resulta de lo más idóneo en el supuesto de que la propiedad desee desarrollar una actividad comercial minorista (...) pues la vigente normativa comercial aboga por el emplazamiento de las grandes superficies comerciales minoristas en suelo urbano o en suelo urbanizable en continuidad con la malla urbana, para evitar ubicaciones aisladas y desvinculadas de los núcleos de población", añadían en el expediente inicial.

Según indica el Consultivo, la ficha inicial de la parcela, de 15.528 metros cuadrados en la que se "pretende la implantación de usos residenciales y terciarios, priorizando la liberación de suelo para ampliación de viales existentes y para la consecución de espacios libres y esparcimiento de la población". 

En este sentido, se precisa que en la ordenación pormenorizada se prevén espacios libres en una superficie de 6.580 metros cuadrados y en el plano de la parcela se aprecia "un más que notable espacio dentro de la parcela edificable destinado al uso urbanístico propio para la expansión ciudadana (en una zona de la ciudad además, según se constata en los planos, muy poblada y con manifiesto déficit de zonas verdes o espacios libres)".

Además del suelo de espacios libres, en la parcela se ordena una edificación residencial (con carácter indicativo, 7.896,40 metros cuadrados de techo para este uso) y otra para uso terciario/empresarial en altura y edificio exento con 12.290 metros de techo edificable.

Frente al modelo previo, en la ordenación que ha sido sometida a consulta "desaparece el suelo de espacios libres y la integridad de la parcela es ocupada por un uso comercial, ya que el propósito es la implantación de una superficie comercial".

"Sólo se reserva una exigua cuña de espacio libre que, además, funcionalmente, no es tal, ya que se configura en la práctica como una acera que delimita dos viales al servicio del tráfico rodado y cuyas posibilidades de uso como suelo para la expansión de la ciudadanía son ciertamente nulas", remarcan desde el Consultivo.

A ojos de los redactores del dictamen, se incumple “manifiestamente” la antigua Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), "ya que no existe ninguna causa de interés general y público que, como supuesto excepcional, pudiera fundamentar la supresión de las zonas verdes o espacios libres que ya existen en el vigente planeamiento", rechazando las razones planteadas por el Ayuntamiento. 

En este escenario, el Consultivo es claro al dictaminar "desfavorablemente" el expediente tramitado por el Ayuntamiento para la aprobación de la "modificación 30 de las determinaciones de la ordenación pormenorizada del PGOU 2011 Málaga, Antiguo sector SUNC-R-LO.8 "Balazón". Esta negativa impide su aprobación definitiva, "al tener el presente dictamen carácter preceptivo y vinculante".