Con motivo de la entrada en vigor de la nueva ley de tráfico desde EL ESPAÑOL reproducimos una charla interactiva que ha mantenido el director de la DGT, Pere Navarro, con los usuarios de la web de la dgt.es que se puede consultar por completo en este enlace y en este extracto de texto que a continuación publicamos

Pregunta: ¿No es un error limitar la velocidad de adelantamiento a 90 km/h en carretera? ¿No se recorren más metros y se tarda más tiempo?

Respuesta: En ningún país de nuestro entorno existe este margen. Disponer de ese margen de 20 km/h incita a realizar adelantamientos, que es una maniobra de mucho riesgo que puede dar lugar a colisiones frontales. En 2019 fallecieron 239 personas en colisiones frontales en carreteras convencionales. Había que tomar medidas.

P. ¿No cree usted que la eliminación de poder superar en 20 km/h la velocidad en carreteras para poder efectuar adelantamientos con más seguridad es un atraso y pondrá en riesgo aún más los adelantamientos en este tipo de vías?

R. Vamos a realizar un seguimiento durante el primer año y tendremos los datos sobre su eficacia. Y estos datos darán respuesta a su pregunta.

P. ¿Qué relación tiene la supresión de los 20 km/h que se dejaba a turismos y motocicletas para realizar adelantamientos en vías convencionales (90 km/h de límite), sobre el límite de la vía, con los radares de tramo?

Puede favorecer la instalación, en un futuro, de más radares de tramo. Y los radares de tramo se consideran más justos que los de puesto.

P. ¿En autopistas y en autovías también existe la prohibición de adelantar a más de 20 km/h del límite de velocidad establecido?

Nunca estuvo permitido. El límite de velocidad genérico es 120 km/h, más los específicos que se señalen en el tramo correspondiente.

Un agente de la Guardia Civil sancionando a una conductora.

Nuevas sanciones por el móvil

P. ¿Qué diferencia hay entre llevar el móvil en la mano, apagado, como un objeto cualquiera, y un cigarro, un pañuelo, etc.? ¿Cree que esa manera de llevarlo debe acarrear la detracción de 6 puntos?

R. No son situaciones equiparables. Además, llevarlo en la mano apagado no tiene ningún sentido, y los agentes de la ATGC no pueden ni deben dedicarse a comprobar si el móvil está apagado o no.

P. Si sujeto un cigarro, ¿no es motivo de denuncia? ¿No estoy poniendo en peligro a los demás y aumentando el riesgo de arrojar la colilla por la ventanilla con un peligro de incendio? ¿Se va a prohibir fumar durante la conducción?

R. Es verdad que es un riesgo fumar mientras se conduce. En la DGT hemos realizado campañas recomendando no fumar. No sé si recuerda aquella: “Fumar mata al volante en 2 segundos”. En otros países está prohibido fumar si en el vehículo hay mujeres embarazadas o niños, pero es por motivos de salud.

P. ¿Cómo afecta la nueva ley a los relojes inteligentes, ya que la ley habla de los móviles y no de los relojes inteligentes, que reciben llamadas?

R. Al no tener que sujetarlos con la mano para utilizarlos no interfieren en la conducción. Tienen el mismo tratamiento que un manos libres.

P. ¿Se puede llevar el móvil en el coche en un soporte homologado?

R. Sí, sin ningún problema. Lo que no puede hacer es manipular el móvil mientras conduce, es un hecho denunciable y conlleva la pérdida de 3 puntos. Si usted necesita utilizar su móvil, pare en un lugar adecuado, realice las operaciones que necesite con su móvil, y luego reanude la conducción. Un saludo.

P. ¿Por qué dentro de un turismo no se puede llevar cascos o auriculares porque distraen al conductor... y en motocicletas sí? Nadie sabrá si están escuchando música o temas de la navegación.

R. Se trata de dispositivos que están homologados por la UE y han pasado todos los controles. Su objetivo es incrementar la seguridad del motorista. Su uso indebido escapa a la norma.

P. Tengo una aplicación en el móvil que me avisa de que hay un posible radar. ¿Son legales este tipo de aplicaciones? Y tengo un soporte para el móvil que se adhiere al parabrisas. ¿Es legal?

R. Las aplicaciones que avisan de la presencia de radares son legales; y si el soporte es homologado, también.

Pere Navarro (DGT) y Fernando Grande-Marlaska (Ministerio del Interior) en la presentación del balance de siniestralidad 2021. E.P.

Carné por puntos

¿Ha conseguido el carné por puntos uno de sus objetivos de reducir el número de muertos en carretera?

Los datos avalan la eficacia del permiso por puntos. El año 2005 (último sin permiso por puntos) se cerró con 4.442 fallecidos en siniestro de tráfico. En 2006 (el Permiso por Puntos entró en vigor el 1 de julio de ese año) el balance de víctimas mortales fue de 4.104 personas, 338 menos. En 2020 murieron 1.370 personas como consecuencia de un siniestro de tráfico.

P. ¿Un conductor de motocicleta podrá usar un dispositivo inalámbrico certificado y homologado? ¿Cómo sabremos cuáles se consideran homologados o certificados y si son aptos para usarlos circulando?

R. Consulte con el vendedor, compruebe las indicaciones del fabricante y si lleva la correspondiente etiqueta de homologación.

Carné de conducir.

Bulo del director de la DGT sin carné

P. ¿Cómo puede ser que el director general de Tráfico no tenga carné de conducir y nos quiera vender esas normas, si no sabe circular, ni el estado de las carreteras, la mala señalización...?

R. Tengo carné de conducir desde los 18 años. Soy de una generación en la que el carné de conducir era un símbolo de ser adulto, de hacernos mayores. Lo que debemos es reflexionar cómo un bulo, una noticia falsa que alguien en algún momento difundió se ha extendido tanto y son tantos los que se la creen.

Imagen de un accidente ocurrido a finales de 2021 en Abanilla (Murcia). E.P.

Carné por puntos

P. ¿Cuánto se tarda en tener los 15 puntos de nuevo si te retiran puntos por una infracción?

R. Si transcurren 2 años sin que se cometa ninguna infracción que conlleve detracción de puntos, se recuperaran automáticamente todos los puntos.

P. Si cometí una infracción muy grave por la que no recuperaba los puntos hasta los 3 años, y ya llevo más de dos sin cometer ninguna infracción, ¿con la nueva Ley de Tráfico que se unifican en dos años, me los devolverán automáticamente?

R. Sí, se ha adaptado el programa informático para que todos aquellos que lleven 2 años o más sin cometer ninguna infracción que quite puntos, a partir de la entrada en vigor de esta Ley (ayer lunes 21 de marzo) recuperen automáticamente sus puntos.

P. Si he cometido una infracción de tráfico a detraer puntos ¿cómo se va a plantear la recuperación de puntos en dos años si no has cometido ninguna infracción?

R. Se va a realizar de forma automática a partir de la entrada en vigor de la Ley (o sea ayer 21 de marzo). Se ha preparado un programa informático.

P. ¿Por qué la reforma no castiga con detracción de puntos o con una sanción más elevada a las personas que conducen sin realizar el curso de sensibilización vial?

R. Tiene razón. Es un tema para la reflexión.

Puesto de control de alcohol y drogas de la Guardia Civil de Burgos

Alcohol al volante

P. ¿Se va a implantar el 0’0 al volante. ¿Es cierto?

R. No, no es cierto. Salvo para los menores de edad, que sí es 0,0.

P. Dado que la tasa para conductores menores de edad es 0 mg/l, ¿cómo se sanciona a los menores que den positivo en alcohol con una tasa inferior a 0,25mg/l en aire espirado?

R. Esta infracción está tipificada muy grave, y por lo tanto conlleva la sanción genérica correspondiente a las infracciones muy graves.

P. Con relación a la alcoholemia máxima permitida para menores de edad será 0,0, conduzca cualquier tipo de vehículo (bicicleta, VMP, motocicleta…etc.). ¿Pero cuál será la tasa para los mayores de edad que conduzcan esos vehículos?

La tasa para los mayores de edad siempre es la misma, excepto profesionales, independientemente del vehículo que conduzca (0,5 gr/l en sangre y 0,25 mg/l en aire espirado).

Monumento en homenaje al ciclista fallecido Jesús Negro

Ciclistas y mayores

P. ¿Me puede usted explicar por qué yo debo dejar 1,5 m. o incluso pasar al carril contrario para adelantar a un ciclista y este mismo cuando me adelanta a mí lo hace pegado al retrovisor y encima por la derecha?

R. Siempre hay comportamientos de riesgo, pero intuyo que si nos adelanta un ciclista es que estamos parados, y el riesgo no es el mismo. Espero que esté de acuerdo conmigo.

P. Para adelantar a un ciclista, y si el vehículo que adelanta es una motocicleta o un ciclomotor, ¿también debe de pasar al otro carril?

R. Las motocicletas y los ciclomotores deben respetar las mismas normas que cualquier otro vehículo.

P. ¿Cuándo se van a aprobar los intercomunicadores en los cascos de los motoristas?

R. Los intercomunicadores en los cascos de los motoristas están aprobados en esta Ley que entró en vigor el 21 de marzo.

P. La protección aplicada para ciclistas en cuanto a adelantamientos, ¿se aplica a los VMP?

R. Los VMP tienen prohibido circular por carretera. En ciudad se les aplica la misma protección que a los ciclistas.

P. ¿Se recoge alguna modificación de los períodos de vigencia de los permisos de conducir, sobre todo para las personas mayores 70 años?

R. Se está trabajando en una actualización del protocolo de las pruebas médicas necesarias para la renovación del permiso de conducir. Igualmente se está estudiando reformar los períodos de renovación del carné de las personas de avanzada edad. Saludos.

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