Imagen de archivo de un adelantamiento.

Imagen de archivo de un adelantamiento. iStock.

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Adiós a los adelantamientos en carretera: la DGT da un giro de 180 grados con esta práctica tan común

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La Dirección General de Tráfico (DGT) es una entidad cuyo objetivo es implementar acciones que mejoren la conducta y formación de los usuarios de las vías. Su principal misión es asegurar la seguridad vial, disminuir los accidentes y promover una movilidad más sostenible.

Asimismo, se mantiene a la vanguardia en la implementación de cambios importantes en las normas de tráfico para optimizar la gestión del tránsito. Uno de estos cambios, previsto para 2025, está relacionado con una de las maniobras más habituales en carreteras y autopistas: los adelantamientos.

El nuevo reglamento de la DGT introduce condiciones específicas para realizar esta maniobra en situaciones de mal tiempo, como la presencia de hielo o nieve en la calzada. En tales circunstancias, se prohibirá adelantar por el carril izquierdo cuando las condiciones climáticas dificulten la circulación, con el fin de facilitar el paso a los servicios de emergencia y vehículos de limpieza.

Adelantamiento con mal tiempo.

Adelantamiento con mal tiempo.

Como explicó Ana Blanco, subdirectora adjunta de Circulación de la DGT, la decisión se fundamenta en la necesidad de disminuir los accidentes de tráfico provocados por adelantamientos arriesgados en condiciones meteorológicas adversas.

Mantener despejado el carril izquierdo también facilita el tránsito de vehículos especiales, como quitanieves y ambulancias, lo que acelera la respuesta en situaciones de emergencia.

Además de las condiciones climáticas, hay otras situaciones en las que está prohibido adelantar, como en curvas, túneles, intersecciones, cerca de pasos de peatones o cuando la visibilidad está obstruida por otros vehículos.

Asimismo, es importante recordar que no se permite superar en 20 km/h el límite de velocidad al adelantar. Esto significa que, si circulamos detrás de un vehículo que va a 90 km/h en una carretera convencional con ese mismo límite de velocidad, no podemos acelerar hasta los 110 km/h para rebasarlo.

Nuevos cambios

El nuevo reglamento, que entrará en vigor en 2025, también introduce modificaciones sobre cómo facilitar el paso a los servicios de emergencia en caso de retenciones.

La nueva norma establece que todos los vehículos deberán "desplazarse hacia los lados -los del carril derecho hacia la derecha y los del carril izquierdo hacia la izquierda-, creando un corredor central entre ambos carriles que permita el acceso de vehículos de policía y emergencias".

Así, se forma un espacio justo sobre la línea que divide los carriles. Esta práctica ya es común en varios países europeos y en España ha sido promovida por la DGT a través de campañas educativas, aunque aún no es obligatoria. Una vez en vigor, no cumplir con esta norma será considerado una infracción grave, sancionable con multas de hasta 200 euros.

Otra novedad es que se permitirá a las motocicletas circular por el arcén en situaciones de congestión, siempre que no superen los 30 kilómetros por hora y cedan el paso a otros vehículos autorizados, como las bicicletas. Esta medida busca mejorar la fluidez del tráfico para los motociclistas, garantizando condiciones seguras.

Asimismo, en casos de emergencia, grúas y ambulancias también podrán utilizar el arcén, siempre que activen las señales luminosas y respeten el límite de velocidad establecido.