Una mujer condenada por la Justicia francesa en 2019 por no acostarse con su marido ha demandado al Estado francés ante la Corte Europea de los Derechos del Hombre (CEDH) para pedir un cambio en la interpretación de los jueces, explicó a Efe su abogada.
Barbara, de 66 años y con cuatro hijos, fue considerada culpable en un tribunal civil del divorcio con su marido, según decidieron tres juezas de una Corte de Apelación de Versalles.
Ese tribunal consideró que hubo "una violación grave y continuada de los deberes y obligaciones del matrimonio, haciendo intolerable el mantenimiento de la vida en común". La mujer, no obstante, no fue condenada a pagar ninguna indemnización.
La letrada, Lilian Mhissen, explicó que luchan por eliminar ese "principio" de culpabilidad extraído de una lectura "arcaica" que han hecho los magistrados de las diferentes instancias.
"En la ley francesa no existe la obligación de mantener relaciones sexuales. Es una interpretación que hacen los jueces que data del derecho canónico de la época de Napoleón (siglo XIX) y que perdura en Francia", lamentó Mhissen.
Para la abogada, es además "sorprendente" que la condena haya sido emitida por un tribunal formado por tres mujeres. El proceso puede llevar años hasta que haya una decisión de la CEDH, añadió.
"En los artículos del código civil que lee un alcalde cuando dos personas se casan se menciona que el matrimonio se debe respeto, ayuda y fidelidad (...) Pedimos que termine la interpretación de fidelidad y la de vivir juntos como una obligación a tener relaciones", refirió.
Mhissen adelantó que los propios jueces pueden "dejar de aplicar esa interpretación" antes de que se emita la decisión de la Corte Europea de los Derechos del Hombre.
La abogada recordó que el Reino Unido ya fue condenado por esa Corte en 1995 "en el aspecto penal" al permitir que un hombre que violase a su esposa pudiese ser procesado.
"En Francia, ya hay una decisión en el mismo sentido. La violación conyugal está prevista, pero ante un juez civil si la mujer no quiere relaciones, está cometiendo una falta", lamentó.
Un hombre condenado
Mhissen recordó que ya ha habido otras condenas en Francia por faltar a la obligación del débito conyugal en el matrimonio: "En 2011 fue un hombre el que fue condenado por no acostarse con su mujer" a una multa de 10.000 euros.
Según dictaba la sentencia del Tribunal de Apelación de Aix-en-Provence, "las relaciones sexuales entre los cónyuges son, en particular, la expresión del afecto que se tienen el uno al otro mientras forman parte de la continuidad de los deberes derivados del matrimonio". En este sentido, el tribunal consideró que el hombre había incumplido sus "deberes" maritales durante varios años, provocando así la reparación de los "daños".
En consecuencia, el incumplimiento de este deber conyugal puede considerarse una conducta ilícita durante el divorcio si esta negativa a tener relaciones sexuales se repite y es duradera. Por ejemplo, el diario Le Parisien apunta que en una sentencia del Tribunal de Casación de 28 de enero de 2015, los jueces reconocieron que negarse a tener relaciones sexuales por más de ocho años constituye una falta.
Sin embargo, para que se considere una falta, la negativa no se tiene que deber a un problema médico. Si el esposo o la esposa no pueden tener relaciones sexuales físicamente, no se les puede culpar por su comportamiento. Así, cabe apuntar que Barbara arrastra graves problemas de salud desde 1992 que la llevaron a la incapacidad.
Alienta la violación conyugal
La condenada ha contado con el apoyo y la asistencia de las asociaciones feministas Fundación de las Mujeres y el Colectivo Feminista Contra la Violación (CFCV).
"Existe de hecho porque los jueces han optado por interpretarlo a su manera. Sigue siendo la justicia patriarcal y arcaica la que dice a las mujeres: si estás casada, ¡abre los muslos!", declaró la doctora Emmanuelle Piet, presidenta del CFCV a Le Parisien.
"Esto equivale a obligar a las personas casadas a tener relaciones sexuales y, por tanto, contradice los textos sobre la violación conyugal. Negarse a tener relaciones sexuales dentro de la pareja es una falta civil, pero obligar al cónyuge es un delito de violación".
Piet explicó a Efe que la demandante "no ganará ninguna indemnización" si vence el proceso, aunque sí se podrá hacer presión para un cambio legislativo.
Piet asumió que el de Barbara es un combate largo, como el llevado a cabo contra la violación dentro del matrimonio. "Nos llevó doce años de recursos. Desde 2006, la violación conyugal es una circunstancia agravante en Francia", recordó.