En España hay algo menos de tres millones de amas de casa (y 400.000 amos de casa), según datos de la EPA, muchas de las cuales no saben que tienen derecho a percibir una ayuda económica que se conoce como subsidio para amas de casa.
Impulsada desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social, está previsto que está ayuda suba su cuantía a partir de 2023, según las últimas declaraciones del Gobierno de España durante la presentación de los Presupuestos Generales del Estado.
La Renta de Inserción Activa (RAI), que es el nombre oficial de esta ayuda, está dotada actualmente con 460,21 euros al mes. El dato exacto de la subida prevista para el próximo año se conocerá este martes, 29 de noviembre, con el dato del IPC adelantado correspondiente a este mes.
Desde el Ejecutivo estiman que la subida podría estar en torno al 8,5%, lo que supondría alcanzar casi los 500 euros mensuales. El pago de la RAI se realiza por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes, se concede durante 11 meses como máximo y se cobra con efectos del día siguiente a la solicitud.
Para que esta prestación sea concedida por el SEPE, es decir, para ser perceptora de este subsidio hay que cumplir con una serie de requisitos generales.
Requisitos
- Estar desempleado o desempleada e inscrito o inscrita como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción de la prestación y suscribir el compromiso de actividad.
- Ser menor de 65 años.
- No tener ingresos mensuales propios superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. (Cuantías para este año). Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención. Las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.
- Si tiene cónyuge y/o hijos o hijas menores de 26 años o mayores con discapacidad, o menores en acogida, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de su unidad familiar así constituida, incluyéndole a usted, dividida por el número de miembros que la componen, no supera el 75 % del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- Pueden acceder a la RAI las víctimas de violencia de género, doméstica o sexual quienes tengan acreditada dicha condición ante la Administración competente, siempre que no hayan sido beneficiarias con anterioridad de tres programas, que no convivan con la persona agresora, que figuren inscritas como demandantes de empleo y que cumplan el requisito de carencia de rentas de la unidad familiar.
- No haber sido beneficiario o beneficiaria de tres derechos al programa de renta activa de inserción anteriores.
Otras ayudas compatibles
- Si es víctima de violencia de género, sexual o doméstica y se ha visto obligada a cambiar su residencia en los doce meses anteriores a la solicitud de admisión al programa o durante su permanencia en este, puede solicitar una ayuda suplementaria de tres mensualidades de la RAI, en un pago único sin que ello minore la duración de dicha renta, y la podrá percibir una sola vez por cada derecho de admisión a la RAI.
- Si comienza a trabajar como persona autónoma o se coloca por cuenta ajena a tiempo completo, se suspende el pago de la RAI y tiene derecho a una ayuda equivalente al 25 % de la cuantía de la misma durante un máximo de 180 días, sin que ello reduzca la duración de la RAI pendiente de percibir.
- Si se coloca a tiempo parcial se deducirá del importe de la RAI la parte proporcional al tiempo trabajado y el período pendiente de percibir mientras se mantenga la compatibilidad, se ampliará en la misma proporción.
Cómo solicitar el subsidio para amas de casa
La Renta de Inserción Activa (RAI) puede solicitarse a través de las siguientes vías, una vez que se cumplan los requisitos de acceso, según el colectivo al que se pertenezca:
- En la oficina de prestaciones con de cita previa.
- En la sede electrónica del SEPE.
- En cualquier oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
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