Un préstamo entre particulares es comúnmente conocido por todos, ya sea para el pago de un bien inmueble, una reforma en tu piso, una deuda pendiente, o incluso para empezar los preparativos de una boda.
Este tipo de préstamo se da entre familiares y amigos, pero se considera entre particulares, esto es, entre personas físicas. Aquí no interviene ninguna entidad financiera, por lo que no hay que confundirlo con lo que podríamos llamar un préstamo personal o hipotecario.
Este préstamo, de hacerse de manera legal y documentada, se debe devolver siempre dentro del período de tiempo acordado y puede o no incluir intereses. No obstante, no siempre documentamos este préstamo y la ley prevé una forma expresa para hacerlo.
¿Cómo se documentan préstamos entre particulares?
En este sentido, es suficiente con redactar un documento privado donde conste la identidad del prestamista y prestatario y las demás condiciones del préstamo. Por temas fiscales, lo ideal es que este documento se eleve a público ante Notario y presentemos el modelo 600.
Para que la Agencia Tributaria lo considere como préstamo, tenemos que formalizarlo y, como decíamos, lo primero que se debe realizar es un contrato. Este contrato debería contener:
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Fecha de la firma del contrato entre particulares
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Datos personales de prestamista (quien da el dinero) y prestatario (quien recibe el dinero)
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Especificar si se establece un interés
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Importe exacto del préstamo y plazos para su devolución
En cuanto a la devolución del dinero, es importante que esta se haga mediante transferencias o movimientos bancarios que dejen constancia del reintegro del dinero prestado.
Además de lo anterior, se puede fijar una cláusula en la que fijemos los pasos a seguir en caso de impago de este, por incumplimiento del prestatario.
El modelo 600 en Hacienda
El siguiente paso será autoliquidar el impuesto de transmisiones y actos jurídicos documentados. Para ello, tenemos que presentar el modelo 600 en Hacienda. Este modelo es una declaración del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD), pero en el caso de los préstamos entre particulares, está exento de tributación. Es decir, legalmente es necesario liquidar el impuesto relacionado con él, aunque no se tiene por qué abonar ninguna cantidad.
Una vez firmado el contrato de préstamo entre particulares, conservaremos una copia por persona y una tercera para presentar en Hacienda. El obligado de la presentación del modelo es el prestatario, es decir, la persona que recibe el dinero. Lo tendrá que presentar en la Delegación de Hacienda de la comunidad autónoma del lugar de residencia del prestatario y habrá un plazo de 30 días desde que la persona recibe el dinero.
Es importante tener en cuenta que tenemos que documentar las formas de pago para demostrar que efectivamente se trata de la entrega de una cantidad de dinero con obligado cumplimiento de devolución por parte de quien lo recibe. Y esto es crucial para distinguir el préstamo de una donación, pues las donaciones sí están sujetas a impuestos y pueden implicar un alto cargo dependiendo de la cantidad y de la comunidad autónoma donde se presente.
Por otro lado, la presentación del modelo 600 ayuda a evitar las posibles sanciones de la Agencia Tributaria, ya que se podría considerar como una transacción encubierta.
Intereses en préstamos entre particulares
No es obligatorio pero tenemos la posibilidad de establecer el pago de intereses en el préstamo, los cuales quedarán fijados en el propio contrato. No obstante, no tendrán nada que ver con los elevados intereses que podemos encontrar en un préstamo a través de una financiera, siendo normalmente tipo simbólico.