La Corte Suprema de Brasil ha decidido este jueves que llevar a prisión a una persona condenada solamente en segunda instancia es inconstitucional, lo que puede llevar a liberar a miles de presos y, entre ellos, el expresidente Luiz Inácio Lula da Silva.
La decisión, adoptada por un ajustado resultado de 6 votos frente a 5, ha sido la conclusión de un complejo juicio en el que el tribunal alteró finalmente una jurisprudencia establecida en 2016, según la cual un condenado en segunda instancia ya podía ingresar a prisión, aún con apelaciones pendientes en otros dos tribunales superiores.
Sin embargo, según se decidió este jueves, una pena de prisión sólo podrá ejecutarse cuando acabe todo el proceso de apelaciones, que en el caso de Lula, en la cárcel desde abril de 2018 y condenado a ocho años, aún contempla un último recurso, ya presentado y aún no juzgado en la propia Corte Suprema.
Por su parte, tras conocer la noticia, la defensa de Lula da Silva ha confirmado que pedirá a la justicia la libertad "inmediata" del expresidente brasileño tras conversar con él en la cárcel donde se encuentra preso desde hace 1 año y 7 meses por corrupción y blanqueo de capitales.
"Después de la conversación con Lula este viernes llevaremos al juicio de la ejecución un pedido para que se lleve a cabo su inmediata libertad en base al resultado del juicio del STF", ha señalado en un comunicado firmado por los abogados Cristiano Zanin Martins y Valeska T. Martins.
Los letrados informaron que reiterarán ante la máxima corte del país el pedido de habeas corpus con el fin de anular el proceso contra Lula, condenado en tercera instancia a 8 años y 10 meses de prisión por corrupción pasiva y lavado de dinero.
En una situación similar, con apelaciones aún a la espera de una resolución, se calcula que están cerca de 5.000 presos por los más diversos delitos, entre los cuales figura una veintena de políticos y empresarios condenados por la operación anticorrupción Lava Jato, que llevó a Lula a la cárcel.
Según la decisión, que no valdrá para delitos violentos juzgados en tribunales populares, cada uno de esos casos deberá ser analizado individualmente y una vez que los abogados de cada recluso pidan una revisión, que en el caso de Lula podría no ser inmediata.
Alegatos contra la anticipación de la pena
El alegato más firme en favor de la decisión que se ha adoptado lo ha formulado el magistrado Gilmar Mendes, quien sostuvo que la decisión de 2016, que permitió la ejecución de la pena después de la segunda instancia, "institucionalizó" lo que calificó de "prisión preventiva de carácter permanente".
Según Mendes, "se consagró como un mantra la ejecución anticipada de la pena, cuando era apenas una posibilidad", y hoy cerca de 5.000 personas están en la cárcel por los delitos más diversos, pese a que aún pueden apelar y ser declarados inocentes.
Mendes afirmó que "el caso de Lula es emblemático" y que, así como "mostró que todo el sistema jurídico funciona mal", también "contaminó el debate" y alentó a mantener la "inconstitucionalidad" que supone llevar a prisión a una persona cuando no se ha cumplido con todo el proceso de apelaciones que la Constitución establece.
El magistrado Celso de Mello, decano del tribunal, ha coincidido con Mendes y subrayó que "el Estado no puede actuar de forma abusiva" y debe restringirse a "los límites que la Constitución impone".
En ese marco, subrayó que el texto constitucional brasileño "es claro" y dice que la pena de prisión sólo se cumplirá una vez que un proceso complete el llamado "tránsito en juzgado", que es cuando ya no hay apelaciones posibles. "De esa manera se garantiza en su totalidad el principio de la prescripción de inocencia", sostuvo Mello.