Bruselas

El Tribunal de Estrasburgo ha dictaminado este martes a Bélgica a indemnizar a los hijos del teniente coronel Manuel Romeo, asesinado en 1981 por ETA, por no haber examinado en profundidad las órdenes de detención y entrega españolas contra Natividad Jáuregui, alias Peponaacusada de estar implicada en el crimen.

En su sentencia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera que Bélgica no cumplió "con la obligación de cooperar" con España para juzgar la participación de esta presunta miembro del comando Vizcaya porque el examen de las euroórdenes en su contra "no fue lo suficientemente completo".

Bélgica deberá pagar 5.000 euros a cada uno de los cinco hijos del teniente coronel Romeo en concepto de daños morales y otros 7.260 euros conjuntamente por costes y gastos, según ha dictaminado Estrasburgo. La sentencia concluye que las autoridades belgas vulneraron el artículo 2 (derecho a la vida) de la Convención Europea de Derechos Humanos en su aspecto procedimental, que exige una investigación efectiva.

En 2004 y 2005, un juez de la Audiencia Nacional expidió dos euroórdenes contra Jáuregui por su participación en el asesinato del teniente coronel Romeo. En 2013, la presunta etarra, que se encontraba en Bélgica, fue detenida por orden del juez de instrucción de Gante. Días más tarde, el Tribunal de Primera Instancia autorizó la entrega de Jáuregui a España.

No obstante, el Tribunal de Apelación tumbó la euroorden alegando que existían "razones sustanciales" para creer que la extradición vulneraría los derechos fundamentales de la presunta etarra. La fiscalía belga recurrió la decisión, pero el recurso fue desestimado en casación. En 2015, otro juez instructor de la Audiencia Nacional emitió una nueva euroorden contra Jáuregui. Las autoridades belgas rechazaron ejecutarla con los mismos argumentos.

Sin pruebas objetivas de maltrato en España

Los cinco hijos de Romeo llevaron el caso a Estrasburgo alegando que la decisión de las autoridades belgas de no ejecutar la entrega estaba impidiendo a las autoridades españolas procesar a la presunta autora del asesinato de su padre. El fallo ha sido aprobado por una sala de siete jueces.

En su sentencia de este martes, el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo admite que el riesgo de que una persona cuya entrega se pide pueda sufrir un tratamiento inhumano o degradante constituye una base legítima para rechazar la ejecución de la euroorden. No obstante, la constatación de que tal riesgo existe debe tener una base objetiva suficiente.

En el caso de Jáuregui, "el examen llevado a cabo por los tribunales belgas durante los procedimientos de entrega no había sido suficientemente exhaustivo" como para concluir que la presunta etarra iba a sufrir un trato degradante en España.

"En particular, las autoridades belgas no intentaron identificar ningún riesgo real e individual de violación de los derechos (de Natividad Jáuregui) reconocidos por la Convención ni deficiencias estructurales en las condiciones de detención en España", dice la sentencia.

El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo resalta que esta vulneración no significa que las autoridades belgas estaban obligadas a entregar a Jáuregui a España. El problema fue la "falta de suficiente base objetiva" para rechazar la euroorden. Eso no disminuye la obligación de Bélgica de verificar que la supuesta etarra no sufrirá ningún tratamiento inhumano si se le entrega a España, concluye el fallo.

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