Un abogado explica por qué tu empresa ya no podrá despedirte disciplinariamente sin aviso: Un paso muy importante

Un abogado explica por qué tu empresa ya no podrá despedirte disciplinariamente sin aviso: "Un paso muy importante"

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Un abogado explica por qué tu empresa ya no podrá despedirte disciplinariamente sin aviso: "Un paso muy importante"

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Desde el pasado 18 de noviembre podrás defenderte en caso de que tu empresa decida despedirte. Sí, como lo lees. Es lo que dice una de las últimas sentencias del Tribunal Supremo que está dando muchísimo que hablar en las últimas horas.

Toda la información los la trae la cuenta de TikTok 'Un Tío Legal', un abogado laboralista que en su perfil de la red social china comparte todo tipo de información relevante sobre asuntos laborales que conciernen a todos los trabajadores.

Y es que, a partir de ahora, para despedirte tu empresa tendrá que hacer una audiencia previa al trabajador, es decir, darle la posibilidad de defenderse antes de despedirle.

"El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia el 18 de noviembre en la que establece que para despedir al trabajador por cuestiones de su rendimiento, es decir, despidos disciplinarios, se le tiene que dar audiencia previa", nos informa el creador de contenido.

"Esto es una novedad muy grande, porque se basa en una norma internacional, que es el convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo. Concretamente, en su artículo 7", detalla.

Tal artículo establece que no debe darse por terminada la relación laboral de un trabajador por motivos relacionados con su conducta o su rendimiento antes de que se le haya ofrecido la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él, a menos que no pueda pedirse al empleador que conceda esta posibilidad.

"Antes de echar a un trabajador por cuestiones de un despido disciplinario, por ejemplo, por haber hecho algún tipo de conducta improcedente, o porque el trabajador la ha liado, o por un bajo rendimiento, deberán darle audiencia", afirma Un Tío Legal.

@laboral_tips ⚠️Última hora‼️ tienen que permitir defenderte! y por unanimidad, ha resuelto que el empleador debe ofrecer al trabajador la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él, antes de adoptar la extinción del contrato de trabajo por despido disciplinario. Esa decisión se basa en la necesidad de aplicar, de forma directa, el art. 7 del Convenio núm. 158 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) de 1982 (vigente en España desde 1986). ◻️El Convenio de la OIT exige esa audiencia previa al despido “a menos que no pueda pedirse razonablemente al empleador” y la Sala Cuarta entiende que eso es lo que sucede en el caso. La empresa se encontraba amparada por un criterio jurisprudencial que, habiendo permanecido en el tiempo y en relación con esa misma disposición, le liberaba de tal exigencia. Tal cautela es “válida para los despidos acaecidos antes de que se publique la presente sentencia” por las razones que ella misma expone. #despido #abogado #sentencia ♬ sonido original - Un Tío Legal

En cuanto al tiempo, no se especifica de cuánto es el plazo, pero sí reconoce que debe darse un lapso prudencial para presentar las alegaciones correspondientes. El propio tiktoker habla de un mínimo de tres días para ello.

Y es que el Tribunal Supremo considera que esta norma internacional también debe aplicarse con los trabajadores y empresas de nuestro país.