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Omicrono

David Bravo explica la sentencia que quitó Internet a un usuario de P2P

21 enero, 2014 10:25

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La noticia mas importante del día de ayer sin duda alguna fue la condena por la cual un usuario veía cortada su conexión a Internet por compartir archivos de música por P2P. Desde entonces se ha hablado mucho, y como pronosticábamos los abogados expertos en propiedad intelectual están estudiando a conciencia la sentencia para ver cómo afecta a su trabajo. Tal vez el mas famoso de ellos, David Bravo, ha explicado los detalles mas importantes.

Una prueba piloto para futuras demandas

Y es que todo parece indicar que esta demanda por parte de la industria discográfica no era mas que una “prueba piloto”, como la califica Bravo, para encontrar una manera de sortear las decisiones que habían tomado los jueces. Hasta ahora este tipo de demandas no acababa en nada, pero ahora los abogados de la industria han decidido atacar por otro lado: si no pueden con el usuario, tendrán que atacar a quienes le ofrecen acceso a Internet.

p2p_redes_emule_ares

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Así, usando la Ley de Propiedad Intelectual, han conseguido convencer al juez de que la operadora del usuario, R, era intermediario para que un tercero (el usuario) infringiese la propiedad intelectual de sus obras. Es decir, que la demanda siempre fue contra la operadora, y no contra el usuario, del cual no se conoce nada excepto su dirección IP y su nick.

Si no puedes contra los usuarios, ve a por los suministradores

Puede que estemos ante una nueva manera de obrar por parte de la industria discográfica, y que en vez de ir a por páginas o usuarios a partir de ahora demande a las compañías de ADSL para cortar accesos a Internet. Puede que no sea factible desde el punto de vista económico ir a por todos los usuarios que descargan por P2P, pero una campaña de miedo y de correr la voz de que “están quitando Internet a los que descargan” puede tener bastante éxito.

No todo está dicho

Por el momento, Bravo asegura que el procedimiento tiene fallos graves, que podrían causar su nulidad. Por ejemplo, el usuario, que es persona interesada en el proceso, no ha sido informado ni ha podido dar su versión. Además, la medida puede considerarse desproporcionada, por no mencionar que vulnera una sentencia europea que garantiza el acceso a Internet a todos los ciudadanos.

Lo que está claro es que este nuevo frente abierto por la industria no se va a cerrar rápidamente, y que a partir de ahora veremos nuevos procedimientos, reclamaciones y sentencias que volverán a cambiar el panorama de las descargas en España.

Fuente | eldiario.es