La nueva Ley de Propiedad Intelectual suspendida por el Tribunal Supremo
La nueva Ley de Propiedad Intelectual (LPI, conocida como Ley Lasalle como sucesora de la Ley Sinde) nació con mucha polémica detrás, y no por una sola razón. Prácticamente todo el mundo está molesta con ella, y solo un reducido grupo de empresarios se ha atrevido a no criticarla demasiado; desde el llamado canon AEDE hasta la nueva reglamentación sobre páginas web de descargas que criminalizan un acto tan básico en Internet como es enlazar, pasando por la renovación de la compensación por copia privada que recibirán los propietarios de derechos de autor, son todas ellas medidas difíciles de comprender, cuando no directamente contraproducentes para el funcionamiento de la red.
Es este último punto, el de la compensación por copia privada, el que finalmente ha llamado la atención de la justicia; como adelanta El Confidencial, el Tribunal Supremo ha suspendido la LPI mientras que el Tribunal Europeo de Justicia responde sus preguntas. El Tribunal tiene serias dudas de que el texto presentado por el gobierno no contradiga la directiva europea al respecto, así que antes de poner en marcha oficialmente una ley que sería anulada con el tiempo, ha preferido preguntar ya y dejar la ley en remojo.
A vueltas con el canon digital
Este es otro capítulo mas en una penosa historia que empezó hace décadas con la popularización de las cintas de casette, y que se enquistó cuando, primero el gobierno de Aznar, y luego el de Zapatero, no solo no lo frenaron sino que ampliaron el alcance del llamado “canon por copia privada”. La lógica era que, ya que la ley española contemplaba el derecho a la copia privada, los ciudadanos teníamos que compensar de alguna manera a los artistas; desde entonces CDs y DVDs vírgenes, así como grabadoras, discos duros e incluso impresoras han sido tasadas para que la SGAE recaudase millones todos los años (luego resultó que ese dinero ha ido a todo el mundo menos a los artistas, pero eso ya es otro cantar). La justicia europea dio el golpe mortal a este canon, y el gobierno de Rajoy se basó en su sentencia para eliminarlo definitivamente. El problema era que ahora tenía a las asociaciones de autores detrás suya, así que al gobierno no se le ocurrió otra cosa que establecer el canon a nivel de presupuestos del estado; seguiría existiendo compensación, pero en vez de pagarla al comprar un CD lo pagaríamos con los impuestos.
Esa es la conclusión que hay que sacar también de esta suspensión de la LPI. Hay que dejarlo muy claro: el problema para el Tribunal Supremo no es que se pague, sino cómo se hace. Vamos a pagar igualmente porque así lo han decidido los mandamases de este país, y este traspiés solo atrasará su puesta en marcha, no la cancelará. El resto de apartados de la LPI no suponen ningún problema para el Supremo, y por lo tanto en principio sería perfectamente posible una nueva versión que simplemente eliminase las menciones a la compensación. Así que no podemos considerar esta noticia como una victoria, sino mas bien como un alto el fuego temporal.
Fuente | El Confidencial