El pasado miércoles, el Boletín Oficial del Estado publicó la nueva ley de contratación en los llamados sectores excluidos. Una norma aprobada por Real Decreto Ley con la que el Reino de España logra evitar una multa por haberla aplicado con casi cuatro años de retraso.
Los sectores excluidos son aquellos en los que hay monopolios de facto. Es decir, aquellos donde no existe una competencia perfecta. Así que aunque en ellos actúen empresas privadas, se ven sometidos a una ley pública obligatoria para ciertos contratos que celebren. ¿Qué sectores son esos? El agua, la energía, los transportes y los servicios postales.
En esos sectores se la juegan empresas como Aena, Enagás, Endesa, Iberdrola, Naturgy, Red Eléctrica, Repsol y también parcialmente Acciona y Ferrovial. Todas ellas forman parte del selecto club del Ibex-35.
¿Qué les exige esa nueva ley de contratación? Básicamente van a tener que incluir en sus contratos consideraciones sociales y medioambientales. Una obligación exactamente igual a la que se somete a las Administraciones públicas. Incluso un poco más exigente todavía.
Aún más claro. A partir de ahora tendrán la obligación de contratar incorporando de manera transversal consideraciones de naturaleza social, medioambiental y de apoyo a las pequeñas y medianas empresas.
Las compañías tendrán que reservar un porcentaje de su contratación a favor de los Centros Especiales de Empleo
Por ejemplo, no podrán adjudicar un contrato a una empresa, por buena que sea su oferta, si se detecta que no cumple las obligaciones medioambientales, sociales o laborales.
Tendrán que reservar un porcentaje de su contratación a favor de los Centros Especiales de Empleo. Se trata de entidades que buscan favorecer el trabajo de personas discapacitadas. Así que a partir de ahora las empresas tendrán que tener entre sus empleados un elevado volumen de las mismas. También se les prohíbe que contraten con empresas que teniendo mas de 50 trabajadores no tengan, al menos, el 2% de personas discapacitadas como empleadas.
Pero lo más importante es que van a tener que tomar en consideración otros aspectos más sociales como establecer medidas que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres en el trabajo, favorecer la mayor participación de la mujer en el mercado laboral y la conciliación del trabajo y la vida familiar.
En conclusión, tenemos una nueva norma quetraslada a ciertas empresas privadas y con gran volumen de negocio, la obligación de incidir en el cumplimento directo de políticas sociales y medioambientales. Eso es algo que hasta ahora sólo ocurría para entes del sector público.
La novedad es importante por su impacto material como, seguramente, por el ejemplo que supondrá para las empresas más pequeñas.
*** Antonio Ramón Rodríguez Castaño es abogado.