El Tribunal Constitucional ha completado este martes el desmantelamiento de la condena por el caso de los ERE. Desmantelamiento que se inició el pasado 19 de junio con la sentencia favorable a la exconsejera de Hacienda Magdalena Álvarez.
El Pleno ha resuelto amparar, con los mismos y endebles argumentos, a los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán, tumbando la condena por el delito de malversación.
El TC ha dado así carpetazo al mayor caso de corrupción de la historia de la democracia, en el que se produjo un macrofraude en ayudas sociolaborales de 679,4 millones de euros a lo largo de una década. Un monto que la Junta de Andalucía lamenta no poder recuperar tras la exculpación de la cúspide del entramado.
La anulación de la condena de Chaves y Griñán, los dos grandes nombres del caso ERE, tiene además un importante simbolismo. Porque ellos eran los dos presidentes socialistas al frente del Gobierno autonómico cuando se produjo el desvío masivo de fondos. El caso de Griñán, que fue condenado a seis años de prisión y quince de inhabilitación, es aún más sangrante, porque el amparo del TC le ha evitado la cárcel.
Es evidente que, como ya hizo con su campaña de rehabilitación moral de Magdalena Álvarez, el PSOE va a instrumentalizar esta sentencia para sostener que la gigantesca malversación que manchó durante años sus siglas nunca se produjo. El propio Chaves se ha apresurado este martes a recordar al PP que el TC le ha dado la razón al evidenciar el "montaje" de los ERE y demostrar que "no había trama política".
Pero la Audiencia Provincial de Sevilla y el Tribunal Supremo declararon probado que la Consejería de Empleo modificó el procedimiento de tramitación de los presupuestos para ingeniar un sistema que permitiera burlar los controles legales y así poder repartir las ayudas con absoluta discrecionalidad y a su conveniencia.
La ingeniería jurídica a la que ha recurrido la sentencia del TC para justificar la exoneración de los distintos cargos socialistas ha sido la de argumentar que los anteproyectos y proyectos de ley de presupuestos "son infiscalizables" y que "no pueden ser objeto de control por ningún órgano judicial".
Esto es tanto como validar la doctrina según la cual los anteproyectos y proyectos de ley no pueden jamás suponer un delito de prevaricación debido a que no son resoluciones ni han recaído en un asunto administrativo al tratarse de actos dictados por el Poder Ejecutivo en el ejercicio de su función de gobierno.
Es decir, que, en el ejercicio de la labor presupuestaria, los políticos están exentos del control de legalidad, estando sus textos legislativos sometidos únicamente al control de constitucionalidad. Un control que, precisamente, corresponde a un Tribunal Constitucional que ha dado sobradas muestras de politización.
Con la anulación de la condena de los principales responsables del caso ERE, el TC consagra el principio de la irresponsabilidad penal de los gobernantes. Como expusieron los magistrados discrepantes César Tolosa y Concepción Espejel, se "les declara, de facto, irresponsables, y extiende sobre ellos un privilegio de inviolabilidad e inmunidad".
Esta sentencia constituye así una suerte de amnistía para Chaves, Griñán y compañía, cuyo arreglo a la Constitución tendría que determinar hipotéticamente este mismo Tribunal. Sus efectos sobre la igualdad ante la ley son corrosivos.
La consumación del borrado de los delitos objeto de condena en el mayor fraude institucional hasta la fecha provocará también un descrédito irreparable a la arquitectura institucional española. Empezando por el propio TC, que ha sufrido una pérdida definitiva de su credibilidad al exculpar a dirigentes del partido al que alguno de sus miembros ha pertenecido o al que son afines, y al tomar sus decisiones con la misma mayoría habitual de siete votos progresistas frente a cuatro conservadores.
Para revocar las condenas dictadas por la Audiencia de Sevilla y el Tribunal Supremo en 2022, el TC ha argumentado que el Alto Tribunal se ha "extralimitado" al juzgar unos anteproyectos y proyectos de ley "que no pueden ser objeto de control jurídico", infringiendo así "la separación de poderes".
Pero ha sido en realidad la Corte de Garantías la que ha excedido su marco competencial al invadir el ámbito reservado a la jurisdicción ordinaria. Es lo que hizo cuando, de forma inaudita, entró a revisar las sentencias de la Audiencia Provincial y el Supremo, y suplantó así la función de este último como máximo intérprete de la ley.
Tras este obsceno espectáculo de un tribunal nombrado por políticos borrando los delitos de otros políticos, ¿con qué cuajo comparecerá hoy Pedro Sánchez ante el Congreso para asumir un compromiso de "regeneración democrática"?