En el primer Congreso que celebró Unión Progreso y Democracia, en noviembre de 2009, abordamos todos los temas que son propios de un Congreso Constituyente, desde el modelo de partido hasta el modelo de sociedad que pretendíamos defender desde las instituciones. La ponencia política abordó tres puntos definitorios y característicos de la propia razón de ser de UPyD: la reforma de la Constitución de 1978 (ya lo anunciamos en nuestro acto de presentación, en setiembre de 2007); la reforma del sistema electoral y la reforma de algunas de las instituciones del Estado más relevantes (Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Fiscalía General el Estado, etc), enfocado todo ello a mejorar la calidad democrática y la vida de nuestros ciudadanos.
Cito estos antecedentes por respeto a la historia compartida en el seno de UPyD y porque el modelo de Estado que voy a defender en este artículo es justo aquel que propusimos hace ya ocho años y que hoy resulta tan vigente que incluso el Partido Socialista Obrero Español en Andalucía –contradiciendo el modelo definido por el SánchezPSOE, la “España plurinacional”- ha copiado la definición que le dimos en aquel Congreso: Federalismo Cooperativo.
Es verdad que entonces nadie nos hizo caso y quizá ahora tampoco nadie se lo hará a ese PSOE que hace mucho que ha dejado de tener un proyecto para la izquierda y menos aún para España. Quizá nosotros lo planteamos demasiado pronto para que se entendiera y puede que ellos lo estén haciendo demasiado tarde como para que nadie se lo tome en serio. Pero no me resigno a que el modelo que triunfe sea el de exprimir la vaca hasta que esta se muera. Así que insistiré en plantear y defender un modelo de reforma Constitucional que los ciudadanos españoles nos merecemos.
Ya es hora de reformar la Constitución cerrando la distribución de competencias entre CCAA, los Ayuntamientos y el Estado
Vaya por delante que soy una ferviente defensora de la Constitución de 1978 y que me considero desde siempre una constitucionalista vasca, más que nada porque en Euskadi nuestra Constitución aún no ha tenido plenamente una oportunidad. Pero precisamente porque creo que hemos de preservar lo sustancial de nuestro texto constitucional, -esos artículos que son innegociables en cualquier constitución democrática del mundo porque proclaman derechos fundamentales tales como la libertad y la igualdad entre y para todos los ciudadanos-, es por lo que sigo defendiendo la necesidad de reformarla.
Hay artículos de la Constitución Española que deben reformarse a la luz de las consecuencias que ha tenido su desarrollo; otros que deben, precisamente por lo mismo, suprimirse. No puedo entrar en detalles, pero por ir a lo sustancial creo que ya es hora de reformar la Constitución cerrando la distribución de competencias entre CCAA, los Ayuntamientos y el Estado. El modelo abierto e indefinido que se plasmó en el texto del 78 ha favorecido la voracidad de los nacionalistas y la cobardía y/o coyunturalismo de los sucesivos gobiernos de España, lo que ha producido un inaceptable incremento de la desigualdad entre ciudadanos españoles.
En esa concreción de competencias que propongo se lleve al texto constitucional el Estado debe asumir una serie de ellas de manera exclusiva e intransferible, tales como la Educación, la Sanidad, los Servicios Sociales y la Justicia, manteniendo algunas que ya lo son, como la Política Exterior. Todas ellas son materias determinantes a la hora de garantizar la cohesión social, la igualdad y la libertad de los españoles. Se puede y se debe transferir la gestión en una buena parte de esas materias; pero la competencia ha de ser ejercida por quien tiene la obligación de garantizar los derechos fundamentales a todos los españoles al margen de la parte de España en que vivan y el Gobierno de turno que le corresponda.
En el desconcertante discurrir de nuestra forma territorial del Estado conviven el modelo centralista, el federal y el confederal
Para lograr el objetivo de mejorar la calidad de nuestra democracia y la igualdad entre ciudadanos, como ya antes he mencionado, hay otras muchas reformas que resultan necesarias y que afectan a las principales instituciones. Pero la cuestión más relevante entre las que afectan al desarrollo de nuestro Estado constitucional y democrático es su organización territorial. El Título VIII de la Constitución de 1978 ofreció una respuesta que parecía factible entonces al problema endémico del constitucionalismo español: la forma territorial del Estado.
No cabe duda que la España de las Autonomías, una forma original de hacer de la necesidad virtud, ha significado un logro en nuestra España constitucional. Pero hemos de fijarnos en las disfuncionalidades que su desarrollo ha generado, particularmente a partir del Estatuto de Cataluña del año 2006 y el resto de los de tercera generación que vinieron después. Hemos podido constatar la debilidad en el modelo constitucional porque su propia apertura temporal –que dejaba abierta la posibilidad de constantes revisiones profundas al sistema, cambiando la Constitución por vías no previstas en ella- junto a su indefinición técnica, propiciaron el desconcertante discurrir de nuestra forma territorial del Estado, un modelo en el que conviven el centralista, el federal y el confederal.
Cierto es que España lleva más de dos siglos sin lograr solventar el problema de la organización territorial; es más, se podría decir que la Constitución del 78 y la propia Transición tuvieron éxito en la mayor parte de los problemas que abordaron, salvo posiblemente en este, en el que el "hallazgo" de la España de las Autonomías solo nos ha dado unos años de tregua.
El constituyente del 78 adoptó un modelo híbrido e indefinido de descentralización política entre Alemania, Italia y Portugal
A la vista de estos cuarenta años de desarrollo institucional y democrático, pocos pueden dudar de que el desarrollo del Estado de las Autonomías ha carecido de un proyecto reflexionado, planificado y consensuado. El constituyente del 78 adoptó un modelo híbrido e indefinido de descentralización política entre Alemania, Italia y Portugal, con influencias también del regulado en la II República española. La doctrina constitucional no se decantó por un modelo fijo, conocido y cotejado que garantizara algo vital en un Estado de Derecho: saber a qué atenerse. Y así nos ha ido.
Así que hemos llegado a un punto en el que nuestra realidad política como Estado descentralizado no es diferente a la de Alemania o los Estados Unidos de América, pero con una diferencia muy sustancial: soportamos muchos de los inconvenientes que pudieran reprocharse a un Estado federal sin ninguna de las muchas ventajas que conlleva.
La definición del modelo territorial del Estado no es un fin ni un objetivo ideológico. Tiene un claro carácter instrumental, es un cauce, una herramienta para lograr la igualdad y la libertad entre todos los españoles dentro de un estado eficaz y viable, libre de las presiones de los partidos nacionalistas y de las cobardías de los partidos otrora llamados nacionales. Las presiones de los nacionalistas y el oportunismo de los sucesivos gobiernos nacionales nos ha conducido a un modelo confederal de facto, lo que no ha hecho sino profundizar la desigualdad entre ciudadanos españoles y generar y multiplicar los conflictos entre territorios y de estos con el Estado. Aceptando que el modelo subyacente en la Constitución es federalizante (aunque por razones obvias del momento histórico en el que se redactó el término federal no aparezca en ningún momento), necesitamos un diseño duradero del modelo territorial que supere la indefinición y provisionalidad. Y a mi juicio el mejor modelo para España es un Estado federal, claro.
A este modelo que defiende ahora el PSOE andaluz le dimos en UPyD hace ocho años el nombre de federalismo cooperativo
La propuesta que defiendo pasa por que el Título VIII de la Constitución fije mediante una lista las competencias de cada entidad territorial, defina los instrumentos de cooperación, coordinación y solidaridad y la obligatoriedad jurídica de los acuerdos que adopten estos instrumentos para los entes afectados. El nuevo texto del Título VIII deberá fijar las reglas esenciales de relación entre los diversos ordenamientos territoriales, las reglas de financiación y los criterios de intervención estatal de las competencias autonómicas en caso necesario. Se trataría de obtener la garantía constitucional de un modelo territorial que no pueda someterse a revisión de facto por vías alternativas como las reformas estatutarias antes citadas o las negociaciones opacas ente gobiernos y/o partidos para salvar puntualmente unos presupuestos o una legislatura.
A este modelo que defiendo le dimos hace ocho años un nombre: federalismo cooperativo. En el Estado federal cooperativo las comunidades autónomas deben cooperar entre ellas y con el estado central y este último tiene la última palabra en caso de arbitraje o conflicto. Es la mejor manera de parar la actual deriva de este Estado eternamente provisional, inviable e insostenible, que además ha derivado en insolidario. Un Estado que se ha deconstruido a costa de la igualdad de los ciudadanos y en el que algunos han convertido en problemática (o negociable, o alternativa) hasta el lugar de residencia de la soberanía nacional.
Para los que aún reivindicamos las bondades de la Transición este modelo de federalismo cooperativo que defiendo será también un regreso al punto de origen del pacto constitucional, es decir, a los consensos básicos que nos permitirá establecer reglas inviolables iguales para todos los ciudadanos españoles.
Como dije antes, no me resigno a que el único modelo sea exprimir la vaca hasta que muera. Me importa España; y no resignarse a tirar por la borda todo lo construido por nuestros mayores es lo mínimo que les debemos. Y a nuestros hijos también.
*** Rosa Díez es cofundadora de UPyD.