En estos días, en el mundo del Derecho se ha asistido con perplejidad al anuncio de que se considerará agresión sexual todo relación sexual con una mujer que no cuente con un sí expreso de ella. Se pretende que no quede al arbitrio de los jueces decidir si hubo o no consentimiento, sustituyéndolo por una fórmula: si la mujer no dijo sí, condena por agresión sexual. Se alega que los jueces “ponen en peligro los tipos penales”. En realidad, se trasluce la desconfianza de los políticos hacia los jueces, al fin y al cabo el único límite y control de su actuación. El legislativo pretende hacer de juez, desempeñando la función del poder judicial.
Ya en la época de Napoleón se pretendió que el juez se limitase a aplicar la ley sin realizar ninguna interpretación. Dicha idea fue desechada porque se comprobó que era imposible. Siempre habrá pruebas que valorar y elementos que sopesar. Es una cuestión clara desde hace más de doscientos años. Evidentemente el juez ha de interpretar la norma antes de aplicarla. Eso sí, interpretarla, no inventársela, aplicando criterios claros fijados por el Tribunal Supremo.
En los últimos años se vienen creando delitos en los que no cabe prácticamente ninguna interpretación: conducir sin carné o superando determinados límites de velocidad o superando una tasa de alcoholemia. Esto se realiza en el ámbito del tráfico que es una actividad peligrosa. Trasladar esto al terreno de las relaciones sexuales significa que las autoridades pretenden controlar cómo han de ser la relaciones para que no se delinca. Exigir el consentimiento expreso transforma toda la sexualidad en una actividad peligrosa, de riesgo, en la que el legislador ordena cómo debe actuarse, imponiendo protocolos y modos de actuación. Pero no hay ámbito más complejo y diverso que el de la sexualidad humana.
Exigir un consentimiento expreso para todos y cada uno de los actos sexuales conduciría al absurdo
En las relaciones sexuales habitualmente se presta un consentimiento explícito. Exigir un consentimiento literal y expreso para todos y cada uno de los actos sexuales conduciría al absurdo. Se podrían hacer bromas jocosas si no estuviéramos ante una cuestión muy seria: la libertad sexual, o la libertad a secas de las personas. Antes no se podían tener relaciones fuera del matrimonio. Ahora no se podrán tener fuera de los protocolos que marque el Gobierno.
Sobre la propuesta llama la atención que se hable en exclusiva del consentimiento de la mujer. ¿Y el hombre? ¿Da igual que el hombre preste el consentimiento? ¿Podrá una mujer ser acusada de haber realizado actos sexuales sin que su pareja haya dado el consentimiento expreso? Parece que no.
Los delitos contra la libertad sexual afectan por igual a la libertad de las personas, hombres y mujeres. Definir estos delitos según el sexo supone otorgar una consideración distinta a las mujeres, como si éstas estuvieran especialmente afectadas por el ejercicio de la sexualidad y se atentase, como se decía antes, contra su "honra". Se pretende defender la libertad sexual de la mujer, pero en el fondo subyace una mentalidad propia del siglo XIX. Se vuelve a considerar que en estos delitos se atenta contra la honra de la mujer; por ello no se contempla que los mismos actos sean delito cuando el afectado sea un hombre.
Con la pretensión de defender a la mujer se considera a la misma como alguien que debe ser protegido y tutelado. Es la clásica postura heteropatriarcal: la mujer tratada como un ser débil que deber ser objeto de protección especial, tutelada, antes por el varón y ahora por el Estado.
Con la pretensión de defender a la mujer, se la considera como alguien que debe ser tutelado por el Estado
Determinadas posturas que pretenden defender de manera agresiva a la mujer completan un giro de 360 grados para regresar al punto de partida. Parece que volvemos a tiempos en los que para tener relaciones sexuales hay que dar el “sí, quiero” -antes matrimonial, ahora consentimiento expreso- y que hay que defender la honra de la mujer.
Lo importante es defender la libertad de las personas, de las mujeres y de los hombres, para que las relaciones sexuales sean siempre consentidas. Si no son consentidas no son relaciones, sino ataques a la persona. Y garantizar que en aquellos casos en que se presente una denuncia, la persona denunciada pueda defenderse con las debidas garantías y la parte denunciante no sufra un calvario procesal.
Debe, más que cambiarse leyes y mentalidades de jueces, dotarse de medios suficientes a la Policía y a la Administración de Justicia para que las declaraciones, reconocimientos médicos, actuaciones procesales y enjuiciamiento puedan realizarse en unas condiciones rápidas y dignas. Todo ello acompañado de medidas de protección social a las víctimas.
*** Luis Cáceres Ruiz es magistrado y miembro de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria.