En defensa de Pablo Llarena, el juez resiliente
El autor denuncia el acoso al que tiene que hacer frente el juez Llarena por parte del entorno separatista catalán.
“La idea de la independencia del juez va indisolublemente unida a la concepción del Estado constitucional” (Dieter Simon)
Como supongo que a más de un lector habrá de extrañarle el adjetivo que empleo en el título de esta tribuna, quizá sea conveniente explicar el significado de la palabra. Lo hago sirviéndome del diccionario de la Real Academia Española. A saber: resiliente. Que tiene resiliencia. Resiliencia. f. 1. Capacidad de adaptación de un ser vivo frente a un agente perturbador o un estado o situación adversos. /2. Capacidad de un material, mecanismo o sistema para recuperar su estado inicial cuando ha cesado la perturbación a la que había estado sometido.
Hecha la aclaración, espero que esos mismos lectores comprendan que utilice la expresión para analizar la situación de acoso que el magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, está soportando en el ejercicio de su tarea jurisdiccional y la reacción del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ante la petición de amparo formulada por aquél. Mas antes de continuar, deseo recordar, a los fines propuestos, que el pasado 23 de abril, en estas mismas páginas y a propósito de la decisión de la Audiencia Territorial de Schleswig-Holstein de cuestionar la solicitud de entrega del expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, interesada por el señor Llarena, y con el rótulo 'Por favor, más respeto al Supremo', planteé una serie de interrogantes, de las cuales una era qué hacer ante los ataques que el magistrado español sufría. La respuesta que entonces ofrecí fue que tal vez se estuviera cumpliendo la profecía de la crisis del Estado de Derecho.
Según los datos a mi alcance, el último y perverso episodio protagonizado por el expresidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont y los cuatro exconsejeros huidos, Antonio Comín, Meritxell Serret, Lluis Puig y Clara Ponsati, comenzó el pasado 5 de junio, cuando el equipo de abogados de los rebeldes –en sentido material y procesal– presentó ante un juzgado de Bruselas una demanda contra el magistrado Pablo Llarena, al considerar que como instructor de la causa seguida contra ellos había vulnerado “su honor, su integridad política y moral” y violentado “el derecho a un juez imparcial e independiente a un proceso judicial equitativo y a la presunción de inocencia”. Los letrados de Puigdemont y del resto acusan al magistrado español de incurrir en responsabilidad extracontractual por el daño causado a sus patrocinados, le reclaman una indemnización simbólica por importe de un euro, al tiempo que anuncian, por boca del abogado llamado Paul Bekaert, la inmediata recusación del señor Llarena porque el 22 de febrero, en Oviedo, había declarado a la prensa que, a su juicio, los investigados que estaban en prisión preventiva no eran presos políticos, sino políticos presos, cosa que, segun los demandantes y recusantes, implicaba un prejuicio o interés manifiesto que inhabilitaba al demandado y recusado para seguir instruyendo la causa por los delitos cometidos durante el procés. La iniciativa procesal fue proveída por el juez belga en el sentido de admitir la demanda y emplazar al magistrado español para que comparezca en el procedimiento.
Los letrados de Puigdemont y del resto acusan al magistrado español de incurrir en responsabilidad extracontractual por el daño causado a sus patrocinados
A ese rayo de reproches y pretensiones, le siguió un diluvio de ultrajes protagonizado por el propio Puigdemont y por sus fieles seguidores, aunque antes, el juez Llarena ya había sido blanco de las iras de sus furibundos enemigos, como, por ejemplo, el escrache que el 28 de julio le montaron a él y a su mujer mientras cenaban con unos amigos en un restaurante de Palafrugell, en Gerona.
La respuesta del señor Llarena al conocer la demanda fue que se trataba de “un ataque planificado a las condiciones de independencia en las que desarrollaba su labor en la medida que se pretende que sea un tribunal belga el que examine la corrección” de la instrucción. De ahí que, con arreglo al artículo 14.1. de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) pusiera los hechos en conocimiento del CGPJ y considerase que había sido “inquietado y perturbado en su independencia”. Antes, concretamente, el 19 de junio, el juez Decano de Madrid, Antonio Viejo –un gran juez, que todo hay que decirlo– rechazó la citación del magistrado señor Llarena cursada por el juez belga a fin de que se personara el próximo 4 de septiembre, al entender que con arreglo al Reglamento del Consejo de la Unión Europea la tramitación de estas solicitudes de asistencia judicial está exceptuada cuando “afectan a la responsabilidad del Estado en el ejercicio de su autoridad”, lo que sucedía en el supuesto del juez español demandado al actuar como “Poder Judicial del Estado”.
O sea, que el señor Decano de los jueces de Madrid, consciente de que el exhorto de su colega belga encerraba una maniobra procesal encaminada a boicotear la instrucción judicial del juez Llarena por el alzamiento secesionista y, de paso, lesionar la reputación del magistrado del Tribunal Supremo español, hizo lo que el artículo 11.2. de la LOPJ recomienda hacer, es decir, rechazar de plano una petición formulada con manifiesto abuso de derecho o, lo que viene a ser igual, que entrañaba fraude ley y que recuerda aquel viejo y singular formulario de práctica procesal, en el que se podía leer la siguiente providencia: “Dada cuenta; por presentado el anterior escrito, envíese, sin más trámites, al cesto de su razón”. Cosa, por cierto, que, aun sin conocer el contenido íntegro de la demanda presentada por Puigdemont y los suyos y a salvo, claro está, de cualquier otra mejor opinión fundada en Derecho, bien podía haber hecho el juez belga al que correspondió conocer de ella y más cuando en el propio texto se anunciaba que de lo que se trataba era de crear artificialmente una causa de recusación contra el magistrado señor Llarena basada en en el artículo 219.8º. LOPJ, por “tener pleito pendiente” con él.
El señor Decano de los jueces de Madrid hizo lo que el artículo 11.2. de la LOPJ recomienda hacer, es decir, rechazar de plano una petición formulada con manifiesto abuso de derecho o, lo que viene a ser igual, que entrañaba fraude ley
Dicho con los debidos respetos, esta actuación emprendida por los colegas belgas me parece propia de leguleyos, especie que, a decir verdad, últimamente pulula alrededor de la Justicia y entre los que, claro es, se incluyen los políticos repartidores de improperios. La explicación quizá esté en ese fenómeno que me atrevo a calificar de suplantación de la Justicia por los fantasmas de la Justicia. La ley, la jurisprudencia, la doctrina científica y la técnica jurídica no interesan y la pólvora se gasta en interpretaciones de sainete y en la proliferación de indoctos. No aludo, naturalmente, a los ignorantes incapaces de distinguir un código de una ley, que también los hay, sino a quienes no entienden lo que es uno u otra porque en la cabeza no les cabe más. Con su espuria acción procesal, lo único que los codemandantes huidos pretenden es poner al señor Llarena, en particular, y al Poder Judicial, en general, ante el patíbulo de su opinión pública vociferante e insensata, a partes iguales. Si el hombre no fuera un animal olvidadizo y, a veces, también ingrato y mezquino, todos los que, de una forma u otra, por acción u omisión, atacan al juez tendrían que sentir vergüenza, si es que la tuviesen.
Esto mismo, pero mejor, es lo que el CGPJ declaró, mediante acuerdo adoptado por su Comisión Permanente, el jueves 16 de los corrientes, en contestación a la petición de amparo del juez Llarena y que me parece una resolución firme y ejemplar. De un lado, por exponer que la demanda de Puigdemont y los otros cuatro exconsejeros constituye “un ataque planificado a las condiciones de independencia en las que el magistrado del Tribunal Supremo desarrolla su función jurisdiccional”. De otro, por denunciar que esa acción civil en Bélgica emprendida por los procesados en situación de busca y captura tiene como “único fin el de condicionar e influir en futuras resoluciones judiciales que pudieran adoptarse en la causa”. Y finalmente, por advertir de que “En este estado de la cuestión, se nos antoja difícil considerar que pueda existir una actuación que vulnere de forma más flagrante y burda la independencia de un magistrado español (…)” y que “cuando se cuestiona de tal modo los actos llevados a cabo por el magistrado, se cuestiona también la esencia misma de nuestro Estado de Derecho, atacándose la independencia judicial como pilar fundamental de un Estado democrático.” Por si fuera poco, el CGPJ concluye su acuerdo instando a los ministerios de Justicia y de Asuntos Exteriores para que adopten las medidas necesarias encaminadas a “asegurar la integridad e inmunidad de la jurisdicción española ante los tribunales del Reino de Bélgica”.
El CGPJ concluye su acuerdo instando a los ministerios de Justicia y de Asuntos Exteriores para que adopten las medidas necesarias
Un pronunciamiento, el del CGPJ, que coincide con lo que en la reunión celebrada en París entre los días 7 y 9 de junio de 2017, los miembros de la Red Europea de Consejos de Justicia, vinieron a declarar cuando, entre otras cosas, preconizaron “(…) el respeto hacia los tribunales justos e imparciales, como elementos clave de un Poder Judicial independiente (…)”, y el “deber de apoyar a cualquier Poder Judicial que esté siendo objeto de ataque y hacer todo lo que sea posible para persuadir a los poderes ejecutivo y legislativo de que apoyen las actuaciones que se estén llevando a efecto a este respecto”.
En fin. Quienes me conocen estarán de acuerdo en que si en algo soy experto es en la lidia de insidiosos y calumniadores, festejo al que hace años asistí no desde el callejón sino en el ruedo; esto es, con el morlaco delante y embistiendo por derecho. No voy a hablar de lo acontecido en aquella feria, pues ni hace al caso ni vale la pena desempolvar viejos pleitos. Tampoco, por respeto a los muertos, he de reseñar el hierro de la ganadería. Pero sí quiero destacar con trazo grueso que una persecución en toda regla como la que soporta el señor Llarena es tan rechazable como indignante. Las insidias contra él constituyen un ataque a la independencia judicial, cuyas heridas si no curan bien y pronto dejaran secuelas irreversibles como las que dejaron en su día las proferidas contra el magistrado Marino Barbero, también del Tribunal Supremo.
Quiero destacar con trazo grueso que una persecución en toda regla como la que soporta el señor Llarena es tan rechazable como indignante
Y como ya es muy poco el espacio que me queda para decir más de lo que pienso sobre esta amarga historia de furtivos cazadores del juez Llarena, deseo terminar con una referencia muy personal al magistrado agraviado, a quien, salvo por los medios de comunicación y, desde luego, por sus ponencias como magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y sus publicaciones jurídicas, no conozco personalmente. Lo mismo me ocurre con su mujer, de quien unicamente sé que es magistrada y directora de la Escuela Judicial. Estoy convencido de que ambos saben que la labor del juez honrado viene marcada por el noble hierro de las dos más claras señas de su profesión: la de la verdad y la de la libertad.
Tengo para mí que el magistrado señor Llarena está dando un gran ejemplo. Por sus muchos trienios en el escalafón, sabe que la función de juzgar es pasto propicio para los desahogos de justicieros de tres al cuarto y que el oficio es una servidumbre que hay que llevar con resignada compostura. El hombre ecuánime y sereno siempre perdona a sus ofensores. Séneca nos enseña que Satius fuit dissimulare quam ulsisci –perdón por el latinajo–, que equivale a que trae más cuenta no darse por aludido, que darse por enterado.
OTROSÍ DIGO. En el momento de concluir estas líneas leo la noticia de que el Ministerio de Justicia español no ha decidido todavía si garantizará la inmunidad del magistrado señor Llarena en Bélgica, ni tiene claro si va a personarse en la causa civil abierta contra él tras la demanda presentada por el expresidente Puigdemont y sus exconsejeros fugados, según la exhortación del CGPJ. “No existe aún ningún acuerdo al respecto, ni se han contratado los servicios de ningún abogado en Bélgica”, advierte el Ministerio de Justicia a través de un comunicado de 15 líneas.
Pues bien, si finalmente así sucediera, quien esto escribe junto a otros cuatro abogados españoles, dos de ellos miembros de la carrera judicial en situación de excedencia voluntaria y recientemente jubilados y dos fiscales, uno en excedencia y el otro también jubilado hace apenas tres meses, se ofrecen gustosamente y, por tanto, de forma desinteresada para, personalmente o mediante compañeros abogados belgas, comparecer ante el tribunal de Bruselas en representación del señor Llarena y, con arreglo a su leal saber y entender, defender los derechos e intereses legítimos del magistrado español y, sobre todo, la independencia del Poder Judicial de España.
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*** Javier Gómez de Liaño es abogado y consejero de EL ESPAÑOL.