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Suena arcaico, casi medieval, el concepto de "crímenes de honor", más sabiendo que por honor se mata y se muere casi siempre absurdamente: no obstante, su ejecución sigue vigente en nuestros días, incluso en un mundo que ha alcanzado sus máximas cotas de progresismo y donde la vida de la mujer -desde hace no mucho, pero qué bueno- por fin importa. Esta semana nos golpeaba la noticia del asesinato de Uruj y Anisa, las dos chicas pakistaníes de Tarrasa (Barcelona) que se negaron a facilitarles el visado a sus primos y manifestaron su deseo de divorciarse de ellos porque tenían otros dos novios -estos sí elegidos, estos sí deseados- en su ciudad de residencia.
Las jóvenes fueron engañadas para viajar de Cataluña a Pakistán, donde sus propios parientes las torturaron y mataron. Su madre -que las acompañó al viaje, aunque aún no se ha esclarecido su implicación en el crimen- intentó impedirlo, pero la encerraron en una habitación.
Al consumarse el asesinato, tampoco ella presentó cargos. Eran de su familia, decía. Todo, todo por el clan. Es curioso: al clan no se le deshonra nunca, pero él sí es capaz de deshonrarse a sí mismo. Hasta la degradación. Hasta la depravación. Ahora la madre y un hermano de las asesinadas están volviendo a Barcelona protegidos por la policía.
'Bodas de sangre'
Los crímenes de honor nos laten en el imaginario popular: acuérdense de Bodas de sangre, de Federico García Lorca, donde el eslogan era "la honra se lava aunque sea con cuchillo". Para los olvidadizos: básicamente, la obra trata de una novia que decide escaparse el día de su boda con su verdadero amor, un tipo que está casado con su prima. Digamos que las familias de los cónyuges no se lo tomaron nada bien y se inaugura una terrible persecución, un asfixiante acoso a los amantes por la dignidad quebrada del clan.
"Vamos al rincón oscuro / donde yo siempre te quiera / que no me importe la gente / ni el veneno que nos echa", dicen los novios en un momento. Y en otro, algo hermoso pero turbador: "Vale más ser muerto desangrado que vivo con la sangre podrida". La obra termina con la muerte del novio y de Leonardo, el amante, cada uno a manos del otro. Lo interesante es que para escribir este texto, Lorca se inspiró en un caso real, en el crimen de Níjar (Almería), que aconteció en julio de 1928.
Piensen también en aquel himno de Mecano, Hijo de la Luna, que narra la leyenda de una mujer gitana que queda preñada de la luna -en un pacto con Dios donde ella consigue, a cambio, "desposar un calé", es decir, casarse con un varón gitano-. El problema viene cuando su esposo monta en cólera pensando que el hijo era fruto de una infidelidad.
"Maldita su estampa, este hijo es de un payo / y yo no me lo callo (…) El gitano, al creerse deshonrado / se fue a su mujer, cuchillo en mano, / '¿de quién es el hijo? / me has engañao' fijo' / y de muerte la hirió / luego se hizo al monte con el niño en brazos / y allí le abandonó". Otro trágico final, otro crimen machista por el afán de controlar y cercar la sexualidad de la mujer, por el deseo de reprimirla y adaptarla a su versión más retrógrada y cruenta.
Lo mismo sucede en La novia gitana (Alfaguara), de los guionistas que se hacían llamar Carmen Mola y que triunfaron con el Premio Planeta más polémico de la historia: en ésta, su novela iniciática, la primera de la serie de la inspectora Elena Blanco, cuentan el drama de Susana Macaya, una chica de padre gitano pero educada como paya que desaparece tras su fiesta de despedida de soltera.
El cadáver lo encuentran dos días después en Carabanchel, marcada por un ritual atroz e insólito que, curiosamente, se correspondía con el mismo que había padecido su hermana Lara siete años atrás, también en vísperas de su boda. Aquí paro, porque se trata de un thriller y no quiero estropearles el pastel, pero ya ven por dónde van los tiros.
De la ficción al BOE
Lo que escama es que estos casos no sólo respiran en la literatura, sino que históricamente han llegado a calar en el mismísimo BOE. La misoginia legal se remonta mucho más atrás, al Derecho gentilicio romano, cuando el emperador Augusto promulgó una ley que introducía legalmente la pena por adulterio para la mujer casada; sumado eso a dos textos de Papiano donde destacaba el derecho del paterfamilias de matar a la hija adúltera y al hombre con el que hubiese tenido relaciones sexuales.
La afrenta al honor del varón se siente eterna, como bien recogió en un artículo el notario, alcalde de Madrid y ministro con Suárez y Calvo-Sotelo José Luis Álvarez Álvarez. En el Fuero Juzgo del siglo VII se decía lo siguiente: "Si el adulterio fuere hecho de la voluntad de la mujer, la mujer y el adulterador sean metidos en la mano del marido, é faga de ellos lo que se quisiere". En las Partidas del siglo XIII, era delito el adulterio de la mujer, jamás el del marido, "porque del adulterio que face el varón con otra mujer, non nasce daño ni deshonra a la suya".
"Aún en pleno siglo XX, el Código Penal de 1928 y el de 1944 no sancionaban al marido que, sorprendiendo en adulterio a su mujer, la matase en el acto"
Hay más: en la Novísima Recopilación, ya en el siglo XIX, la pena era "poner a ambos en poder del marido para que hiciere con ellos lo que quisiese, con tal de que no mate a uno y deje vivo al otro". Pero lo más flagrante es que aún en pleno siglo XX, el Código Penal de 1928 y el de 1944 no sancionaban al marido que, "sorprendiendo en adulterio a su mujer, matase en el acto a los adúlteros o a alguno de ellos, sino con la pena de destierro".
La 'venganza de la sangre'
A la norma se la conocía como "el privilegio de la venganza de la sangre", y aunque fue eliminada durante la Segunda República, Franco la reintrodujo al llegar al poder, dando buena cuenta de su dictadura hiperpatriarcal que relegaba a las esposas a ser esclavas del marido, a cuidarle y a agasajarle y a darle hijos sin descanso, perdiendo toda individualidad y autonomía, convirtiéndose, a la postre, en una propiedad más del varón. Sólo en 1963 fue eliminada esta trágica norma, por fin, del Código Penal. Resulta escalofriante que, hace sólo 60 años, en España se le concediese al hombre el "honor" de "restaurar su honor" matando a su esposa, con exiguas consecuencias jurídicas: tan similar al Pakistán de hoy.
La gran reforma vino de la mano del Código del 75, cuando se igualaron los derechos maritales del hombre y de la mujer, volviéndolos mutuos y recíprocos, como establecía el artículo 62 en su entonces. En 1970 se eliminó también la posibilidad de que el padre diese en adopción a los hijos sin consentimiento de la madre, y en 1972 se permitió a las hijas mayores de edad -aunque menores de 25 años- abandonar la casa de los padres sin su consentimiento. Fue, casi literalmente, antes de ayer.
Mil asesinadas al año
La organización Human Rights Watch define los "crímenes de honor" como "los actos de violencia, generalmente asesinatos, cometidos por los varones contra las mujeres de la familia al considerar que han deshonrado al clan", y sostiene que en Pakistán son unas mil mujeres las asesinadas cada año por estas razones.
Las ofensas son variadas: no sólo se centran en que las mujeres tengan sexo con alguien que su familia no aprueba -a menudo, porque tengan distinto origen étnico-, también se vengan si hay adulterio, si piden el divorcio, si se occidentalizan demasiado, si disfrutan de su sexualidad con distintos compañeros íntimos o sencillamente si se visten de "forma inapropiada" a sus ojos. De hecho, las organizaciones de defensa creen que el número de víctimas ha de ser mucho mayor, por la impunidad que se respira en el país con esta cuestiones y porque muchos de esos asesinatos no se denuncian al producirse dentro de la misma familia -como ha sido, efectivamente, el caso de la madre de Uruj y Anisa-.
"Los estudios señalan que cuatro de cada diez pakistaníes aprueban estos crímenes como forma de reparar el "honor perdido" del clan"
Los estudios señalan que cuatro de cada diez pakistaníes aprueban estos crímenes como forma de reparar el "honor perdido" del clan. No obstante, es de celebrar que en 2016 las leyes se endurecieran y se impusiese una pena de 25 años de prisión para quien asesinara a una mujer. También se prohibió que los asesinos pudiesen quedar libres si eran perdonados por los familiares más cercanos de la víctima, algo que era muy habitual.
Alerta: islamofobia
Pero, ¿qué cabida tienen este tipo de crímenes en España? El jurista Carlos Pérez Vaquero explica que en el resto de Europa estos delitos son más frecuentes que aquí -despuntando países como Suecia o Reino Unido-, y que en España el problema, a menudo, es que es difícil identificar estas agresiones en un contexto donde se difuminan con facilidad con otros casos de violencia de género. Es decir: pesa el estigma. No basta con que el agresor y la agredida sean musulmanes para dilucidar que se trata de un "crimen de honor". Cuidado ahí con la islamofobia.
Tanto es el riesgo que la Asamblea parlamentaria del Consejo de Europa aclaró en 2003 que la mayoría de los casos registrados en Europa se han dado entre musulmanes o en las comunidades de inmigrantes musulmanes, sí, pero que los llamados "crímenes de honor" tienen raíces culturales y no religiosas y se cometen en todo el mundo (principalmente en las sociedades o comunidades patriarcales).
Entre esos casos dudosos en estos últimos años, nos encontramos el del padre que asesta 20 cuchilladas a su hija al descubrir que salía con un joven que no era musulmán. Se trataba de un varón de 43 años que, según indicaba El Correo, imponía severas normas religiosas a su familia y que fue detenido estando alcoholizado por su intento de matar a su hija tras descubrirle una foto con un chico que no era musulmán. El País, sin embargo, se refirió a ello desde el enfoque de la violencia doméstica. El Mundo subrayó que, además de los 20 navajazos con inquina a su hija, también hirió a sus otros dos vástagos. Imposible saber exactamente si fue o no un crimen -en tentativa- de honor.
Un poco más claro fue el caso del asesinato de Lupe Jiménez a manos de su pareja, cuando la víctima se encontraba en la quinta semana de gestación: la mató porque creía que el hijo que esperaba no era de él y eso, según sus creencias, le resultaba intolerable. Bien es cierto que José Luis Cortiñas Romero, su asesino, la había maltratado y humillado durante décadas, que siempre había sido un hombre perniciosamente celoso, pero fue la paranoia del hijo ilegítimo -sumada a su abundante consumo de drogas- la que le hizo acabar con su vida.
Delito de matrimonio forzado
¿Qué hay del ámbito legal español? ¿Cómo recoge ahora los crímenes de honor? Nos cuenta la abogada Pino de la Nuez Ruiz, vocal de Themis -la asociación de mujeres juristas especializadas en promover la igualdad de las mujeres- que "en España, los 'crímenes de honor' computan según el delito del matrimonio forzado, que se recoge en 2015 como un tipo penal nuevo". Nos señala el artículo 172 bis del Código Penal, que reproducimos textualmente:
"1. El que con intimidación grave o violencia compeliere a otra persona a contraer matrimonio será castigado con una pena de prisión de seis meses a tres años y seis meses o con multa de doce a veinticuatro meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados.
2. La misma pena se impondrá a quien, con la finalidad de cometer los hechos a que se refiere el apartado anterior, utilice violencia, intimidación grave o engaño para forzar a otro a abandonar el territorio español o a no regresar al mismo.
3. Las penas se impondrán en su mitad superior cuando la víctima fuera menor de edad".
Multiculturalismo e inadaptación
El problema en el caso de las chicas pakistaníes de Tarrasa, alega, es que "el asesinato, al no haberse cometido en España, no puede juzgarse aquí; lo que sí podemos investigar y juzgar es si salieron del territorio español amenazadas o coaccionadas". Explica Pino de la Nuez que este tipo de crímenes "tienen mucho que ver con el multiculturalismo" y que hay que sofisticar el protocolo "de prevención".
"Debemos saber identificar estas prácticas coercitivas y estudiar mejor cómo intervenir y ayudar a las víctimas. Estamos preocupadas porque los matrimonios forzados van en aumento y eso demuestra que estamos teniendo problemas para convivir con otras culturas cuando esas culturas no quieren adecuarse a la normativa de los Estados en los que se encuentran".
"Los matrimonios forzados vienen de Senegal, Nigeria, Marruecos o Pakistán; también de la comunidad gitana que proviene de Rumanía"
Continúa: "Estas personas exportan los hábitos de sus países de origen y no entienden que están en un país diferente con formas de vida distintas. En los casos más habituales, vienen de Senegal, Nigeria, Marruecos o Pakistán. También es reseñable la cantidad de matrimonios forzados dentro de la comunidad gitana que proviene de Rumanía. Todo va unido a estos movimientos migratorios. Lo deseable sería un proceso de integración de estas minorías. La mayoría de mujeres que pueden ser víctimas del 'crimen de honor' son solicitantes de asilo, y el Estado tiene que estar pendiente de ellas, porque se encuentran marginadas y rechazadas por su familia y su comunidad; no pueden asumir también la desprotección del Estado", resopla.
Todo es violencia de género
Subraya la experta que, en cualquier caso, estos son tentáculos perversos de una misma base, la violencia de género. "El Convenio de Estambul lo regula como una forma más de violencia machista. La casuística es pequeña, sí, pero debemos mejorar la coordinación para detectar este tipo de delitos, los servicios sociales y educativas tienen que estar alerta y pendientes de estas comunidades, porque atentan contra los derechos universalmente reconocidos de las mujeres y vulneran nuestra Constitución", expresa, con gravedad.
Sostiene que el concepto "crímenes de honor" no tiene relevancia jurídica, "ni siquiera en el derecho comparado", porque se reúne dentro del "maltrato psicológico y la agresión física". "Lo fundamental es reconocer que esto es patriarcado, que es machismo, que es sentimiento de propiedad de la mujer y cosificación. Es un anacronismo, porque la figura del marido como 'pater familias' o como 'cabeza de familia' desapareció en los setenta, en la reforma penal del 75: ahí desaparece el deber de obediencia de la mujer al hombre, y queda eliminado y sustituido por el deber mutuo de respeto y protección en la pareja".