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Absuelven a dos acusados de obligar a ejercer la prostitución a tres mujeres en un piso de A Coruña

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La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha absuelto a dos presuntos acusados de trata de seres humanos, debido a falta de pruebas. Con ello, queda en entredicho la palabra de un grupo de mujeres que denunciaron haber sido obligadas por estos ciudadanos brasileños a ejercer la prostitución. Un sueldo mensual, traslado y alojamiento dijeron que era lo que les ofrecían los imputados a mujeres en situación de precariedad en países de sudamérica, que terminaron ejerciendo la prostitución en un piso de la ciudad herculina.

A ambos se les acusaba de pertenecer a una red que reclutaba a mujeres en situación de vulnerabilidad económica para explotarlas sexualmente en España. Entre los años 2021 y 2022, los acusados habían convencido supuestamente a varias mujeres para que viajara a España bajo la promesa de un trabajo como limpiadora. Sin embargo, según dicta la sentencia, una vez llegaron a A Coruña, las mujeres descubrieron que sus "empleos" consistían en "ejercer la prostitución" para saldar una deuda impuesta por los acusados de 10.000, además de cobrarles 180 euros por la habitación.

Las víctimas eran obligadas a trabajar sin descanso, "prestando servicios sexuales las 24 horas del día, 7 días  a la semana", mientras se les imponía un pago semanal por el alojamiento y otros gastos relacionados con la prostitución. Además, las mujeres denunciaron que eran intimidadas con amenazas contra sus familias en Brasil.

La detención y el juicio

Los acusados fueron detenidos el 15 de noviembre de 2023 en Asturias y permanecen en prisión provisional desde el 17 de noviembre de 2023. A pesar de que el tribunal ha absuelto a los acusados, quienes mantienen una relación de pareja, de los cargos más graves relacionados con la trata de seres humanos. Sin embargo, la condena por falsedad documental sigue siendo una sanción para uno de los acusados.

Así, la Sala ha condenado a uno de los sospechosos a seis meses de cárcel, como autor de un delito de falsedad en documento oficial, concurriendo la atenuante de dilaciones indebidas. "No se considera que conste prueba suficiente para desvirtuar el derecho de presunción de inocencia que ampara a los acusados respecto de los delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, trata de seres humanos, prostitución y explotación sexual, integración de grupo criminal, estafa y falsedad de documento oficial por destino cometido por particular, por lo que procede su absolución de estos delitos por los que se sostiene la acusación", indica la Sala en la resolución, contra la que cabe presentar recurso ante el TSXG.