El TSXG elabora un manual de funcionamiento de los juzgados durante el estado de alarma
Este documento elaborado para un correcto funcionamiento de las sedes judiciales gallegas en la crisis sanitaria, establece quien debe acudir presencialmente a trabajar y las limitaciones de acceso a juzgados o tribunales
23 marzo, 2020 17:23El decreto por parte del gobierno de Pedro Sánchez del estado de alarma, ha traído consigo una serie de normas excepcionales que los ciudadanos deben cumplir, como la obligación del confinamiento en los hogares, pero esta suspensión temporal de las rutinas diarias en todos los ámbitos también afecta a la justicia. Por esta razón, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha elaborado un manual de funcionamiento de los juzgados y tribunales para saber cómo funcionar durante las semanas que esta anómala situación se alargue.
Durante este tiempo en materia de justicia en la comunidad se prestan unos servicios mínimos y según la resolución del 14 de marzo de 2020 del Ministerio de Justicia se excluye de realizar esta labor durante el estado de alarma a los funcionarios que padezcan diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedades hepáticas, pulmonares o neurológicas crónicas, inmunodeficiencia o cáncer, además de aquellos casos en que mujeres funcionarias estén embarazadas o en la etapa de posparto o aquellas personas que se encuentren atendiendo a mayores o menores que estén bajo su dependencia.
En cuanto al régimen de apertura de los juzgados y tribunales, la normativa elaborada por el TSXG dicta que "deberán permanecer abiertos y disponer del personal necesario para la atención de los servicios mínimos que les están encomendados y para asegurar la protección de los derechos de la ciudadanía". Además, en el manual también se especifica la necesidad o no de la presencia diaria de los jueces en los tribunales, sobre lo que se ha dictado con fecha de 15 de marzo de 2020 que "se requiere el estricto cumplimiento del régimen de turnos establecidos en el acuerdo del TSXG que impone la presencia física del juez o magistrado a quien le corresponde el cumplimiento del turno".
A su vez, se ha decidido que con el objeto de preservar la salud pública, "los jueces o magistrados a quien no les corresponda el turno presencial no deben encontrarse en las sedes judiciales salvo actuación urgente" a la vez que deberán solicitar la exclusión al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) "quienes puedan padecer patologías de riesgo excluyentes de turno y no tengan baja médica".
Acceso de los ciudadanos a sedes judiciales
Está limitado el acceso de profesionales y ciudadanos a las sedes judiciales "salvo para los trámites imprescindibles e inaplazables así como para la asistencia a las actuaciones judiciales para las que estuviesen citados". Cualquier otra gestión que no esté incluida en estos casos "deberá realizarse vía electrónica o telefónica", según indica el manual de funcionamiento de juzgados y tribunales.
Tribunal Superior y audiencias provinciales
Dentro del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (ubicado en la plaza de Galicia de A Coruña) la nueva normativa establece que durante el estado de alarma en cada una de las salas, en le Secretaría de gobierno, en la Oficina de registro y reparto y en el Gabinete Técnico de la Presidencia debe haber un funcionario del cuerpo de gestión o de tramitación.
Por su parte, en las Audiencias Provinciales de toda la comunidad se ha dictado que en las Secciones Civiles deberá haber un funcionario del cuerpo de gestión o de tramitación por cada una de las respectivas secciones y un funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial por cada dos secciones. En cuanto a las Secciones Penales y Mixta, se ha ordenado que haya un funcionario del cuerpo de gestión, otro del cuerpo de tramitación y otro del Cuerpo de Auxilio Judicial para las respectivas secciones y, finalmente, para las Oficinas de Registro y Reparto, un funcionario del cuerpo de gestión y otro de tramitación realizarán las acciones correspondientes.