Las sanciones por incumplir el confinamiento se comienzan a tramitar en Galicia
Las multas oscilan entre los 601 euros y los 10.400 euros en aplicación de la ley de Seguridad Ciudadana, la conocida como ‘ley mordaza’.
6 mayo, 2020 06:00A CORUÑA, 5 May. (EUROPA PRESS) –
La Delegación del Gobierno en Galicia ha iniciado la tramitación de sanciones propuestas en la comunidad autónoma por incumplir las normas establecidas en el marco del estado de alarma, según han confirmado a Europa Press fuentes de este organismo.
Hasta la fecha, según los últimos datos aportados por la Delegación del Gobierno en Galicia, se han propuesto un total de 34.222 sanciones. Mientras, el número de detenidos por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado se ha elevado a un total de 224.
De acuerdo con el balance facilitado por el Ministerio del Interior, hasta el 2 de mayo, en todo el Estado se ha detenido a un total de 7.073 personas por incumplir las medidas contenidas en el decreto del estado de alarma desde que este se declaró, el pasado 14 de marzo. Este balance incluye las propuestas de sanción por incumplimientos, que ascienden a 786.323.
En abril, el Ministerio del Interior dirigió una comunicación a las Delegaciones del Gobierno para orientar y graduar la incoación de sanciones a partir de las actas que se están tramitando por incumplir el confinamiento, con multas que oscilan entre los 601 euros y los 10.400 euros en aplicación de la ley de Seguridad Ciudadana, la conocida como ‘ley mordaza’.
Tipos de sanción
En ella, se establece una primera propuesta de sanción de acuerdo a la ‘ley mordaza’ de 601 euros de multa para el "desplazamiento no autorizado sin circunstancias concurrentes".
El infractor puede enfrentarse a una multa más elevada por su "actitud inapropiada": 2.000 euros si hay "menosprecio" o 3.000 euros si hay "intimidación, cuando no constituya infracción penal", ya que también es posible recurrir al Código Penal, con la posibilidad de penas de cárcel. Este menosprecio se eleva todavía más, hasta 10.400 euros, en el caso de que el infractor muestre "violencia o amenaza".
Incumplir lo dictado por el real decreto del estado de alarma del 14 de marzo también puede conllevar multas de hasta 10.400 euros si hay "organización o participación en actividades en común, festejos o celebraciones", siempre que haya "nivel de riesgo elevado en virtud del número de personas, circunstancias y proximidad".
En los casos de que haya persistencia a las restricciones de libre circulación se contemplan multas de 1.200 euros, pero si es en actividades no permitidas en establecimientos comerciales o industriales el cuadro enviado por Interior a las Delegaciones del Gobierno propone elevar la multa a 2.000 euros.