La hostelería gallega no pagará canon del agua desde el 5 de noviembre si redujo actividad
La ley de de medidas administrativas y fiscales que acompaña a los presupuestos de Galicia para 2021 también libera de este concepto a las entidades públicas que usen aguas termales para aprovechamiento lúdico
23 noviembre, 2020 19:58SANTIAGO DE COMPOSTELA, 23 Nov. (EUROPA PRESS)
La ley de medidas administrativas y fiscales que acompaña a los presupuestos de Galicia para 2021 incorpora, como medida excepcional para paliar los efectos de la pandemia de la COVID-19, una exención aplicable al canon del agua y al coeficiente de vertido, que afecta a hostelería, hotelería y locales de ocio.
En concreto, la exención es aplicable a la facturación comprendida entre el pasado 5 de noviembre y hasta la fecha en que se levante la declaración de situación de emergencia sanitaria de interés gallego. Y lo es siempre que los establecimientos hayan disminuido "significativamente" su actividad en ese periodo.
La medida se dirige a los consumos de agua de establecimientos de restauración (restaurantes, salones de banquetes, cafeterías y bares), de ocio y entretenimiento (salas de fiestas, discotecas, pubs, cafés espectáculo y furanchos), hoteles y alojamientos turísticos y albergues.
La disminución significativa se entenderá "cuando en el periodo de vigencia de la exención los consumos realizados sean iguales o inferiores al 25% del consumo realizado en el periodo de facturación inmediatamente anterior al 5 de noviembre".
Aguas termales
Además, la ley de acompañamiento incorpora como exentas del pago del canon del agua a determinados usos de las aguas termales para el aprovechamiento lúdico.
En concreto, la exención está prevista para entidades públicas a las que les resulte de aplicación la ley que regula el aprovechamiento lúdico de las aguas termales de Galicia.