Hostelería

Hostelería

Galicia

Vuelve la hostelería: aforos y horarios permitidos en todos los municipios de Galicia

La Xunta establece cuatro niveles de restricciones en función de la situación epidemiológica y detalla qué concellos están en cada uno

2 diciembre, 2020 12:23

El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, habló esta mañana ante los medios para explicar cómo será la desescalada de esta segunda ola del coronavirus en Galicia. Tras las restricciones de movilidad y el cierre de la hostelería en noviembre, el gobierno autonómico ha decidido suavizar paulatinamente estas limitaciones.

Feijóo detalló cómo serán las restricciones en la hostelería. En el nivel máximo, siguiendo el modelo Carballiño, se permitirá utilizar el 50 % de las terrazas hasta las 17.00 horas. Se aplica a concellos de más de 10.000 habitantes con una incidencia acumulada a 14 días igual o mayor a 250. Los grupos serán de máximo cuatro personas, convivientes o no convivientes. Se verán afectados por esta medida los concellos de Pontevedra, Poio, Marín, O Grove, Sanxenxo, Carballo, A Laracha, Tui, Ponteareas, Moaña, Vilalba, Narón, Redondela, O Porriño, Cambados y As Pontes.

El siguiente nivel de restricciones para la hostelería, nivel medio-alto, se aplicará a concellos con más de 10.000 habitantes con incidencia entre 150 y 250 a 14 días. Contempla la apertura de locales con un 30 % de aforo en interior y un 50 % en el exterior hasta las 17.00 horas. De nuevo, el número máximo de personas será de cuatro. Entran dentro de este grupo los concellos de Ferrol y su área, Vigo y su área, Vilagarcía, Vilanova, Lugo, Lalín, Cangas, Coristanco, Cabana, Malpica, Ponteceso, Muxía, Meis, Meaño, Cee, Dumbría, Oroso, Vimianzo, Ribadavia, Xinzo y Vilaboa.

En el nivel medio, que contempla territorios con una incidencia de entre 100 y 150 por 100.000 habitantes, se abrirá la hostelería con un 40 % de aforo en el interior y un 50 % en el exterior y hasta las 23.00 horas. El número máximo de los grupos será de seis personas. Los municipios incluidos son A Coruña, Arteixo, Oleiros, Cambre, Culleredo, Burela, Laxe, Silleda, Soutomaior, Pontecaldelas, Barro y Cerdedo-Cotobade.

Por último, el nivel más bajo, el denominado básico, afecta a ayuntamientos sin limitaciones de movilidad. Permitirá la apertura del 50 % del aforo en el interior de los locales y del 75 % en el exterior hasta las 23.00 horas hasta un máximo de seis personas por grupo. Se aplicará en Santiago, Ames, Teo, Ourense, Barbadás, Pereiro de Aguiar, A Estrada, Ares y los no citados.

Las fases, al detalle

Nivel alto

  • Concellos de más de 10.000 habitantes con una incidencia de 250 o más habitantes por cada 100.000 a 14 días.
  • Terrazas al 50 % y cierre en interior.
  • Horario: hasta las 17.00 horas.
  • Máximo de cuatro personas.
  • Se aplica en Pontevedra, Poio, Marín, O Grove, Sanxenxo, Carballo, A Laracha, Tui, Ponteareas, Moaña, Vilalba, Narón, Redondela, O Porriño, Cambados y As Pontes.

Nivel medio-alto

  • Concellos de mas de 10.000 habitantes con incidencia entre 150 y 250 en los ultimos 14 dias por 100.000 habitantes.
  • Aforo al 30 % en el interior y 50 % en terrazas.
  • Máximo de cuatro personas.
  • Horario: hasta las 17.00 horas.
  • Se aplica en Ferrol, Fene, Neda, Vigo, Mos, Nigrán, Gondomar, Vilagarcía, Vilanova, Lugo, Lalín, Cangas, Coristanco, Cabana, Malpica, Ponteceso, Muxía, Meis, Meaño, Cee, Dumbría, Oroso, Vimianzo, Ribadavia, Xinzo y Vilaboa.

Nivel medio

  • Concellos con una incidencia a 14 días de entre 100 y 150 casos por cada 100.000 habitantes.
  • Hostelería al 40 % de aforo en interior y al 50 en el exterior.
  • Máximo de seis personas.
  • Horario: hasta las 23.00 horas.
  • Se aplica en A Coruña, Arteixo, Oleiros, Cambre, Culleredo, Burela, Laxe, Silleda, Soutomaior, Pontecaldelas, Barro y Cerdedo-Cotobade.

Nivel básico

  • Concellos con incidencia inferior a cien personas por 100.000 habitantes.
  • Hostelería con aforo del 50 % en interior y 75 % en terrazas.
  • Máximo grupos de seis personas.
  • Horario: hasta las 23.00 horas.
  • Se aplica en Santiago, Ames, Teo, Ourense, Barbadás, Pereiro de Aguiar, A Estrada, Ares y los no citados.