José Luis Baltar Pumar, expresidente de la Diputación de Ourense.

José Luis Baltar Pumar, expresidente de la Diputación de Ourense. EUROPA PRESS – Archivo

Galicia

Archivada la pieza de la Pokémon que investigaba a Baltar padre por financiación ilegal

La pieza hace referencia a la supuesta financiación irregular de PP, PSOE, BNG y Terra Galega en la campaña de las elecciones municipales de 2011

12 mayo, 2022 17:47

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 12 May. (EUROPA PRESS) –

El juzgado de Instrucción número 2 de Lugo ha ordenado el archivo de la pieza derivada de la Operación Pokémon que investigaba la supuesta financiación ilegal de varios partidos en las elecciones municipales de 2011 y que afectaba a una docena de políticos en activo por aquel entonces, entre ellos el expresidente de la Diputación de Ourense José Luis Baltar.

En un auto firmado el pasado 9 de mayo y contra el que cabe recurso de reforma ante el propio juzgado de instrucción y de apelación a presentar en la Audiencia Provincial luguesa, la jueza Sandra Piñeiro dicta el sobreseimiento provisional de las diligencias, derivadas de la macrocausa iniciada hace más de una década por el juzgado de instrucción número 1 de Lugo dirigido por Pilar de Lara, sancionada posteriormente por dilaciones indebidas en el proceso.

La pieza hace referencia a la supuesta financiación irregular de PP, PSOE, BNG y Terra Galega en la campaña de las elecciones municipales de 2011 cuando, según los investigadores, recibieron distintas cuantías económicas de manos de la empresa Vendex a cambio de adjudicaciones e información privilegiada. Sin embargo, la titular del juzgado de instrucción considera que "no cabe reputar mínimamente justificada la perpetración de delito en relación con las supuestas donaciones efectuadas en el año 2011″.

En la pieza figuraban como investigados una docena de políticos, entre ellos, el expresidente de la Diputación ourensana José Luis Baltar y varios ediles de las distintas formaciones supuestamente implicadas, como el coruñés Julio Flores (PP), el ourensano Fernando Varela (BNG) o la ferrolana Mercedes Carbajales (PSOE).

"Ningún indicio racional"

En el fallo, la magistrada recuerda que los hechos investigados tuvieron lugar cuatro años de la entrada en vigor en 2015 de la ley sobre la financiación de organizaciones políticas, una normativa que, según subraya la jueza, "supuso la elevación a conductas criminales de lo que, con anterioridad, no podía superar la equívoca consideración de conducta sancionable desde el exclusivo plano administrativo".

En todo caso, subraya que "se desconoce qué elementos condujeron" a aseverar que las documentación recabada en los registros efectuados en la sede del grupo Vendex correspondía a una serie de ingresos realizados en cuentas bancarias vinculadas a las organizaciones políticas investigadas para obtener de ellas adjudicaciones "ilícitas" e "información privilegiada" para los concursos de servicios a los que se presentaba.

En concreto, las pesquisas apuntaban a una serie de operaciones bancarias sospechosas, como los 17 ingresos efectuados entre mayo y junio de 2011 en cuentas que el PP tenía en una oficina del casco histórico de Santiago. "Más allá de la hipótesis investigativa policial, no cabe formular un juicio indiciario de responsabilidad criminal que permita encajar tales hechos en una conducta prevista y penada en el Código Penal, en la redacción vigente a la fecha de los hechos", señala la jueza sobre estos ingresos.

La magistrada se expresa en la misma línea sobre otros ingresos en cuentas a nombre del PSOE, BNG y Terra Galega que los investigadores ligaban a Vendex, conexiones surgidas del registro de las oficinas de la empresa y que la jueza considera "simples hipótesis" que no están "corroboradas por el resultado de las diligencias practicadas".

Por tanto, determina que "no es posible encajar penalmente las conductas analizadas de supuesta ‘financiación ilegal’ en ninguna de las figuras delictivas previstas y penadas", por lo que dicta el sobreseimiento provisional de las actuaciones "al no resultar justificada la perpetración de delito alguno".