Ratificadas las condenas a un santiagués que violó a una conocida y al amigo que lo presenció
El acusado fue condenado a nueve años de cárcel por violación y el otro procesado a seis y medio por su condición de cooperador necesario
21 junio, 2022 17:15SANTIAGO DE COMPOSTELA, 21 Jun. (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo avala la condena dictada por la Audiencia Provincial de A Coruña, y ratificada por el TSXG, contra un hombre que violó a una conocida en Santiago en 2016, así como contra un amigo suyo, que favoreció y presenció los hechos sin hacer nada para evitarlos.
En concreto, el auto del Supremo rechaza la admisión a trámite del recurso de casación presentado por los dos procesados, que fueron condenados a nueve años de cárcel por violación, en uno de los casos, y a seis y medio de prisión por cooperador necesario, en el otro; así como a indemnizar a la víctima con 12.000 euros.
En conjunto, el Tribunal Supremo avala la jurisprudencia empleada por el TSXG a la hora de confirmar la sentencia de la Audiencia Provincial, que también fue recurrida por los condenados, y rechaza la admisión de los recursos de casación de ambos.
Consecuentemente, descarta que se haya producido una vulneración de la presunción de inocencia ni del derecho a defensa, así como que se produjesen en el caso dilaciones indebidas, toda vez que ninguno de los acusados estaba en prisión y entre los hechos y el juicio medió la paralización en la justicia originada a causa de la pandemia de covid-19.
En sus recursos, los condenados trataron de restar credibilidad al testimonio de la víctima, alegando, entre otras cuestiones, contradicciones en su declaración. Sin embargo, el Supremo considera que la declaración de la mujer "fue persistente", así como "coherente y unívoca" y que la condena se basa "en la prueba legalmente obtenida y practicada".
En la misma línea, descarta que puedan amparar los recursos de los condenados cuestiones como que no se hallaron en la víctima restos de AND de los acusados o lesiones. Sobre la primera cuestión, el TS reconoce que, según la pericial forense, eso "ocurre usualmente" y que, de todos modos, tampoco se encontraron restos del segundo condenado, con quien la mujer manifestó que había mantenido previamente a la agresión relaciones consentidas. Del mismo modo, reconoce que la resistencia que podía oponer la víctima era poca, dada la actitud agresiva del condenado.
Hechos
Los hechos probados se remontan al 29 de julio de 2016, cuando, de madrugada, la mujer quedó con el principal acusado y su colaborador, al cual ella conocía de encuentros anteriores. Los tres acudieron de fiesta a un pub de la ciudad y, en algún momento de la noche, la mujer se desplazó hasta el vehículo de los hombres junto con su conocido, con quien mantuvo relaciones sexuales consentidas.
Posteriormente, sigue la sentencia, sabiendo éste hombre que su amigo quería mantener relaciones sexuales con la mujer, "con la excusa de llevarla hasta su domicilio", la montaron el en vehículo, con el que "circularon hasta un lugar situado cerca del Camino de Chan de Curros", en Compostela, y lo detuvieron en una zona oscura.
El principal acusado sacó entonces a la mujer por la fuerza del asiento delantero y la obligó a entrar en el trasero, donde la violó. Mientras tanto, su amigo "permaneció en el asiento del conductor, sabiendo lo que pasaba" y sin ayudar a la mujer "a pesar de sus gritos".
Ambos la dejaron en el camino de tierra sobre las 6.40 horas de la madrugada, cuando ella llamó al 112 para pedir ayuda y fue andando hasta un almacén de vinos que en esos momentos estaba abriendo.