Un mazo empleado en un procedimiento judicial.

Un mazo empleado en un procedimiento judicial. Shutterstock

Santiago

Petición de prisión permanente revisable para el acusado de matar a su sobrino menor en Santiago

Además se solicita la prohibición de acercarse a las dos hermanas del niño de tres años fallecido, "en base al superior interés de protección de éstas"

29 octubre, 2021 16:35

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 29 Oct. (EUROPA PRESS) – 

La Fundación Amigos de Galicia, que ejerce la acusación popular, ha pedido la apertura de juicio oral contra el detenido por matar a su sobrino de tres años en Santiago de Compostela el 21 de septiembre de 2020, hecho por el que demanda la pena de prisión permanente revisable.

Así lo ha anunciado esta entidad este viernes, que ha presentado escrito de acusación a través de las conclusiones provisionales. Además, ha solicitado "la prohibición por parte del acusado de acercarse a las dos hermanas menores del pequeño fallecido, en base al superior interés de protección de éstas".

La entidad, a través del letrado que la representa en esta causa, Francisco José Lago Calvo, ha solicitado al Juzgado de Instrucción Número 1 de Santiago de Compostela la apertura del juicio oral en la causa del menor santiagués de tres años que murió asfixiado supuestamente a manos de su tío, S.C.Q., el pasado 21 de septiembre de 2020.

La entidad formuló para ello un escrito de acusación en el que se concluye que "no consta que el acusado sufriese un brote psicótico o crisis crepusculares o epilépticas que pudiese afectar a sus capacidades cognitivas o volitivas", por lo que la acusación popular considera que los hechos descritos son "constitutivos de un delito de asesinato previsto y penado en el Código Penal".

"Procede, por ello, imponer al acusado la pena de prisión permanente revisable, con la accesoria inhabilitación absoluta por el tiempo de condena", defiende la Fundación Amigos de Galicia en su escrito.

La entidad explica que "ha prestado especial atención a la protección de las hermanas menores" del niño asesinado, por lo que solicita "que se adopte la prohibición de acercarse a las dos hermanas menores del pequeño fallecido, en base al superior interés de protección de éstas, a una distancia inferior a 200 metros, así como la prohibición de comunicación por cualquier medio, en ambos casos, por un período de diez años, una vez cumplida la pena privativa de libertad".

Asimismo, la representación letrada de la acusación popular considera que "se deberá imponer la pena de libertada vigilada por un plazo de diez años, una vez cumplida la pena privativa de libertad".

La entidad ha presentado estas conclusiones "considerando que es un peligro que el acusado pueda contactar con las sobrinas después de los hechos ocurridos" y con "el objetivo de proteger a los menores de que sufran cualquier tipo de violencia", ya que, recuerda, es "éste el motivo que mueve a la entidad a personarse en estas causas".

Defensa de la infancia

La fundación justifica la personación en esta causa al tener en cuenta que se ampara en sus estatutos "en cuanto a la defensa de la infancia". "Y en este caso hay un claro conflicto de intereses en el que acusado es familiar de la víctima y la familia del pequeño ha renunciado a personarse en la causa", ha puntualizado.

De este modo, con el objetivo de defender los derechos de los menores, esta entidad justifica que se persona como acusación popular en el caso de esta niño de tres años para "denunciar y evitar que este tipo de acontecimientos continúen ocurriendo".

Actualmente, la Fundación Amigos de Galicia se encuentra personada como acusación popular también "en un caso similar", en relación a la niña de siete años presuntamente asesinada por su madre el 3 de mayo de 2019 en su casa de Muimenta, en el municipio de Cospeito (Lugo). La investigación apunta a que la menor fue supuestamente asfixiada por su progenitora, que actualmente se encuentra en prisión como sospechosa principal de la muerte de la pequeña. En este caso, matiza la entidad, el proceso judicial "continúa abierto".