Juzgados de Santiago, en Fontiñas

Juzgados de Santiago, en Fontiñas EUROPA PRESS – Archivo

Santiago

Absuelto un hombre acusado de agresión sexual en Santiago de Compostela

Los implicados ofrecieron versiones contradictorias que el tribunal consideró veraces. Ante la falta de pruebas, se aplica el principio "in dubio pro reo"

24 abril, 2024 17:29

Un hombre ha sido absuelto de dos delitos de agresión sexual con penetración denunciados por una mujer con la que había tenido una relación sentimental al aplicar el tribunal el principio "in dubio pro reo" ante la falta de pruebas físicas para incriminarlo sobre unos hechos ante los que los implicados ofrecían versiones contradictorias que el tribunal considera veraces en ambos casos.

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela, ha acordado la libre absolución de los delitos por los que fue procesado este varón, que había mantenido una relación afectiva con la denunciante a finales del año 2017.

Según los hechos considerados probados tras la celebración del juicio, ambos iniciaron una relación en octubre de 2017 que terminó a los pocos meses. Un año después, la joven, que residía en Santiago por motivos de estudio, denunció haber sufrido dos agresiones sexuales.

El tribunal da veracidad a las versiones de ambos implicados, que chocan en contradicciones que no pueden ser refutadas a través de "corroboraciones objetivas de naturaleza física".

Así, en una sentencia contra la que cabe recurso de apelación, la sala aprecia que las declaraciones de denunciante y acusado son "coincidentes sobre la mayor parte del ocurrido antes y después de los hechos objeto de acusación".

"La confrontación entre dos declaraciones contradictorias cuando ambas son creíbles y fiables no se tiene que resolver en el proceso penitenciario atribuyendo a una u otra mayor credibilidad o poder de convicción", explican los magistrados.

De este modo, concluyen que la sentencia sobre unos hechos no ha de concluir qué declaración es más creíble o fiable, ya que en el proceso penintanciario rige el principio ‘in dubio pro reo’, por lo que decreta la libre absolución del acusado.