El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha impuesto 11 años y medio de cárcel a un hombre que atacó con una navaja a su pareja y a su hijo de seis años en el domicilio familiar de Santiago de Compostela.
La Sala de lo Civil y Penal ha rebajado en cuatro meses la pena impuesta por la Audiencia Provincial de A Coruña -cuatro años y cuatro meses de prisión- por el delito de lesiones cometido sobre su hijo, porque en sus conclusiones provisionales tanto el fiscal como la acusación particular reclamaron por ese delito cuatro años de cárcel.
El TSXG ha rechazado la petición de rebaja de penas realizada por el acusado respecto a los otros delitos por los que fue condenado al entender que las penas son "justas y proporcionadas". En concreto, se considera autor de dos delitos de lesiones con medio peligroso -sobre su pareja y sobre su hijo-, con el agravante de parentesco y, en uno de ellos, también de género; así como de un delito de amenazas y de un delito de maltrato de género.
Hechos probados
En el relato de hechos probados de la sentencia de la Audiencia Provincial, ratificado por el TSXG, consta que durante la agresión con la navaja, en mayo de 2022, el menor de seis años "se interpuso tratando de ayudar a su madre e impedir que continuase la agresión, poniéndose en el medio e intentando arrebatar la navaja a su padre, al tiempo que gritaba: 'papá, por favor, no mates a mamá'”, por lo que sufrió varios cortes en la mano derecha.
Los magistrados consideraron acreditado que el condenado "actuó con la finalidad de imponer su voluntad sobre la de su pareja, al no aceptar sus decisiones sobre su propia vida".
En la resolución también indican que tres meses antes, en febrero de 2022, el día antes de irse de viaje, le propinó a la víctima un bofetón que hizo que se cayese al suelo. Además, los jueces afirman que, durante su estancia en el extranjero, "llamaba y enviaba mensajes reiteradamente a su pareja" de carácter amenazante.
El TSXG ha rechazado el recurso presentado por el Ministerio Fiscal, en el que solicitaba que se condenase al acusado por un delito de asesinato intentado, en lugar de por un delito de lesiones con medio peligroso respecto a su pareja. Cabe presentar recurso ante el Tribunal Supremo.