Luis, el maltratador que intentó asesinar a Marta y la dejó sin memoria, podría pisar la calle en unos meses
- En Navidades se cumplirá un cuarto de condena desde que Luis Munera ingresó en prisión. Una vez la sentencia sea firme, podría salir a la calle de permiso.
- La vida borrada de Marta: su exnovio le quitó la memoria con una brutal paliza
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13 años de cárcel. Es lo que cuesta en España pegar una paliza brutal a una mujer, marcharse dejándola agonizar y provocarle daños cerebrales muy graves. Todo ello después de haberla acosado durante meses. A causa de los golpes, a Marta, la víctima, se le borraron todos los recuerdos de su vida. El condenado, no obstante, podría empezar a salir a la calle gracias a los permisos penitenciarios una vez cumpla un cuarto de la pena: cuatro años. Teniendo en cuenta que ingresó en prisión en 2015, ese momento podría llegar este diciembre.
Acaba de salir la sentencia del juicio contra Luis Munera, el valenciano que intentó asesinar a su exnovia, Marta Montero Montolio, en 2015, de entonces 32 años. Como Luis no aceptaba que ella hubiese roto la relación, la acosó y la amenazó durante tres meses. Finalmente, el 1 de septiembre fue a buscarla a su casa de Manises (Valencia). Allí la agarró del cuello, la estampó contra la pared, la golpeó con una silla en la cabeza hasta que pensó que la había matado, la cambió de ropa para eliminar pruebas, la dejó allí a su suerte convulsionando en el suelo y se marchó del lugar. Por ello ha sido condenado a 12 años de cárcel por asesinato en grado de tentativa y 1 más por el acoso al que la sometió hasta entonces. La sentencia está lejos de los 17 años de cárcel que pidió la acusación particular.
Indemnización: un millón de euros… que no pagará
En lo relativo a la indemnización, Luis ha sido condenado a abonarle a Marta un millón de euros. Pero no los pagará porque se ha declarado insolvente. Cobra una pensión del Estado de más de 1.000 euros, pero es inembargable, por lo que él seguirá percibiendo su sueldo cada mes. La familia de Marta tendrá que esperar a que el Estado se haga cargo de dicha indemnización. Es improbable que vaya a cobrar más del 20% de lo estipulado por el juez. Por otra parte, es posible que Luis, que ya fue condenado en anteriores ocasiones por malos tratos, pueda salir a la calle en menos de 4 años a disfrutar de permisos penitenciarios, una vez que la sentencia sea firme.
El fallo considera a Luis culpable de asesinato en grado de tentativa. Para la sala, ha quedado demostrado que intentó matar a Marta, su exnovia. Que para ello fue hasta su domicilio, donde la golpeó hasta que la creyó muerta. Después arrastró el cuerpo hasta el comedor, la cambió de ropa (porque había restos de sangre de Luis) y la abandonó a su suerte pensando que había acabado con su vida. La policía local de Manises encontró a Marta en el suelo.
Ni ensañamiento ni parentesco
Pedía la acusación particular un total de 17 años de prisión, porque además del asesinato en grado de tentativa, contemplaba dos agravantes: el primero, el ensañamiento. El segundo, el parentesco. El primero se pedía a resultas de que en el cuello de Marta apareció enrollado un cable eléctrico. Consideraban la acusación particular y el ministerio fiscal que, una vez golpeó a Marta en la cabeza con una silla, se ensañó estrangulándola con ese cable. Sin embargo, la sala no ha considerado probado que ese cable fuese utilizado para estrangularla después de golpearla, ni que Luis intentase aumentar deliberadamente el daño de la víctima por lo que no se ha aceptado ese agravante.
El segundo, el de parentesco, parecía el más claro: Marta fue la novia de Luis. De hecho, tanto el acoso como la agresión vienen dados porque él no acepta que ella rompa la relación. Por eso, y en un ataque de celos, va a su casa y le pega una paliza de muerte. Pero ese agravante tampoco ha sido aceptado por la sala, al considerar el juez que la relación era “de noviazgo sin convivencia, aunque el uno tuviese las llaves de la casa del otro”, y que no es comparable a una relación conyugal.
Asesinato, no homicidio
Sí que ha sido considerado un asesinato en grado de tentativa, y no un homicidio, como solicitaba la defensa del agresor. Luis declaró que, en mitad de la discusión, lanzó a Marta contra la pared y que ella sola se golpeó la cabeza contra el travesaño de una silla. La pena por homicidio sería notablemente menor que por asesinato. La sentencia, sin embargo, considera que fue un intento de asesinato. Que Luis fue deliberadamente a matar a Marta, aunque no lo consiguió.
También argumentó Luis que padece un trastorno mental que le impide distinguir el bien y el mal. Motivo por el que percibe una pensión. Y que también sufre varias fobias, principalmente agorafobia. El doctor que trató a Luis de su trastorno desde 2011 fue el que desmontó la versión del trastorno, puntualizando que “lo que padece Luis es un trastorno de la personalidad con capacidad de juicio, lo que le permite distinguir perfectamente lo que se puede y no se puede hacer, el bien y el mal”. Respecto a lo de las fobias, el Fiscal desmontó esta versión. En primer lugar, demostró que Luis es aficionado al fútbol y que acude a menudo a estadios repletos de gente para presenciar partidos. “Una persona que tiene agorafobia no podría meterse en esos ambientes”; concluyó el forense.
Tampoco ha sido aceptado el atenuante que pedía la defensa: que Luis confesó y por ello colaboró con la investigación. El juez ha considerado que Luis no confesó. Que después de propinarle una paliza a Marta huyó del lugar.
Salir con un cuarto de la pena cumplida
Si el juez hubiese aceptado los agravantes de ensañamiento y parentesco, Luis podría haber sido condenado a 17 años de prisión. Sin embargo, y habiendo sido descartados ambos, la condena (que será recurrida por la defensa) es de 12 años por asesinato en grado de tentativa y 1 más por acoso. Según la legislación española, un preso con sentencia en firme no podrá disfrutar de permisos penitenciarios hasta que haya cumplido un cuarto de la pena a la que ha sido condenado. De este modo, Luis podría acceder a estas ventajas cuando haya cumplido 3 años y 3 meses de cárcel. Teniendo en cuenta que ingresó en prisión en 2015, Luis podría salir de la cárcel con permisos, una vez que la sentencia sea firme… el año que viene.
Expertos juristas consultados por EL ESPAÑOL creen que “es muy difícil que se le concedan permisos de este tipo tan pronto a personas que han cometido delitos contra la vida, como es este caso, pero al final es una decisión de la cárcel. Si la sentencia es firme, hay un buen comportamiento y la junta evaluadora considera que no hay peligro, podría salir cuando haya cumplido un cuarto de la pena”.
En este caso, la defensa va a recurrir. Todavía creen posible que Luis sea condenado por homicidio en grado de tentativa y no por asesinato. Pero una vez la sentencia sea firme, el preso podrá optar a permisos para salir a la calle cuando cumpla un cuarto de la pena. En este caso, en tres años y tres meses desde que ingresó en prisión. Eso sucedió el 1 de septiembre de 2015, así que el cuarto de condena se cumpliría para navidades de este año.
Marta tendrá secuelas de por vida
Entretanto, Marta sigue en un proceso de recuperación que no tiene visos de concluir. Luis le borró todos los recuerdos de una paliza. Los daños cerebrales fueron tan severos que le provocó a la víctima una amnesia irreversible. No se acuerda de nada de lo que sucedió antes de la agresión.
Marta estuvo en coma dos meses y permaneció más de un año hospitalizada. Ahora es una persona totalmente dependiente. No es capaz de realizar algunas de las tareas más esenciales. Necesita a una persona siempre a su lado. No volverá a trabajar. Ni como enfermera (que era su profesión) ni en ningún otro oficio.
Cada día, una ambulancia la lleva desde su pueblo, Manises, hasta el hospital València al Mar. Allí pasa la mañana en el servicio de rehabilitación neurológica, donde le enseñan a caminar, a leer, a hablar y a realizar las tareas más imprescindibles. Marta no volverá a hacer vida normal, pero su agresor podría empezar a tenerla el año que viene.