"Condenamos a José María Martínez Sanz como autor responsable de un delito continuado de abuso sexual, ya definido, a la pena de 11 años de prisión". La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Vizcaya acaba de dictar sentencia sobre el que ya se conoce como caso Gaztelueta, el colegio del Opus Dei de Bilbao en el que un profesor abusó sexualmente de Asier, un escolar a su cargo en los cursos 2008-2009 y 2009-2010, cuando el menor tenía entre 12 y 13 años.
Asier (nombre ficticio) estuvo a punto de suicidarse en diversas ocasiones en los años posteriores a los abusos. José María Martínez Sanz, su profesor, le sacaba de clase más que al resto de sus compañeros. El juez da ahora por probado el relato de la fiscalía y de la acusación particular. Un relato, el de la sentencia, en el que queda todo bien reflejado: "Le acariciaba, le enseñaba fotos de mujeres desnudas en el ordenador de su despacho y le realizaba tocamientos en los muslos, espalda, pecho, trasero y, hasta en cuatro ocasiones, en los genitales por dentro de la ropa".
El auto con la decisión definitiva del tribunal ha sido comunicado esta misma mañana a las partes. En el escrito, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, la Audiencia ha decidido condenarle a once años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales, así como a once años de inhabilitación, y a quince años de alejamiento de la víctima.
La sentencia del tribunal
El Tribunal Supremo marca tres requisitos para dar por buenos los testimonios de las víctimas en este tipo de casos. Es uno de los aspectos fundamentales del caso, aparte de las pruebas pericial, rees de los forenses y de los testimonios de los compañeros de clase. En este juicio, se trataba de la versión del joven contra la versión del profesor. Los dos encerrados en un cuarto. Sin pruebas visuales, sonoras o físicas.
Así que aquí el testimonio se vuelve más trascendental que nunca. La primera de esas condiciones tiene que ver con la ausencia de "incredibilidad subjetiva". Es decir, que no haya ninguna razón para creer que la víctima miente. Y este es el caso. Como apunta la detallada sentencia de 70 páginas de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Vizcaya, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, el profesor no halló ningún motivo por el cual su exalumno le había denunciado. No tenía ninguna razón para hacerlo.
El segundo de los requisitos para dar validez al testimonio de la joven víctima, y que el tribunal da por probado, tiene que ver con que sea verosímil, que lo que cuenta no sea "ilógico ni de imposible realización". En la sentencia los miembros del tribunal detallan cómo siguieron en este punto la versión de los cuatro forenses que analizaron con precisión quirúrgica a la víctima durante la fase de instrucción del caso. Tras escucharles, ahora concluyen que el relato contiene "criterios propios de realidad" y que resulta "consistente, coherente y con ausencia de contradicciones".
El tercer criterio del Tribunal Supremo habla de la persistencia en el tiempo de una denuncia. Los magistrados comprenden que el joven no contase en un primer momento todo lo ocurrido, tal era la "confusión, vergüenza y sentimiento de culpa" que le atenazaba. "¿A quién puede causar extrañeza que tarde un periodo de tiempo considerable en contar estos hechos y que haya imprecisión en el relato de la autointroducción (de objetos)? (...) Por estas razones, apreciamos no sólo persistencia en la incriminación, sino que también le atribuimos verosimilitud objetivo".
Aparte de estas tres condiciones, los tres miembros del tribunal han valorado los análisis realizados por los peritos, tanto de parte como particulares. Todos los psicólogos dan la razón a la acusación y comparten el relato de la víctima. Todos excepto los de la defensa del profesor, cuyo análisis se realizó a partir de la información recogida en la instrucción. Nunca entrevistaron a la víctima en persona.
El caso salta al Vaticano
El caso adquirió enorme relevancia en el año 2015. Los abogados de la familia Cuatrecasas se pusieron manos a la obra y el asunto llegó a oídos del Vaticano. El Papa Francisco exigió ese mismo año que se abriese un juicio canónico por presunto abuso sexual tras analizar la denuncia que el exalumno había hecho en 2013.
La iglesia trasladó la documentación que la familia había enviado a la Congregación para la Doctrina de la Fe, para que instruyesen "el juicio canónico al educador y al colegio pero sin molestar al chico”. Un año después el caso fue archivado por la vía eclesiástica. Juan, el padre de Asier, insistió: ni siquiera se se había abierto el caso.
El cierre de la investigación por la vía eclesiástica no frenó el proceso judicial. El Vaticano comunicó al colegio que cerraba el caso meses después de comenzar a estudiarlo. La principal conclusión que sacaron fue que "los hechos no han sido probados y, en consecuencia, se debe restablecer el buen nombre y la fama del acusado".
Sin embargo, el recorrido del caso en la justicia española siguió hacia delante, ya que el juez instructor consideró que había indicios suficientes como para imputar al profesor por un delito de abusos sexuales. En febrero de 2018 se anunció que el juicio tendría lugar entre el 4 y el 11 de octubre de este mismo año.
El profesor lo negó todo en la sala del juicio. Rechazó tajantemente todos los hechos que se le atribuían. El exalumno, protegido en todo momento por un biombo, ratificó su versión y todos los detalles del relato enhebrado por la fiscalía. La acusación solicitaba diez años de prisión, la fiscalía tres y una multa de 40.000 euros.
Profesor de religión
Chema Martínez Sanz es riojano y licenciado en Historia. Fue preceptor y profesor de religión de Asier. En el mundo de la organización religiosa, Martínez es lo que se conoce como numerario. “Además de los sacerdotes, algunos laicos –hombres y mujeres– viven el celibato, como un don de Dios y por motivos apostólicos: son los Numerarios y Agregados. Esto les permite una mayor dedicación a tareas formativas, sin modificar en nada su condición laical, su situación profesional, su posición en la Iglesia y en la sociedad. Los numerarios ordinariamente viven en centros del Opus Dei, porque las circunstancias les permiten permanecer plenamente disponibles para atender las labores apostólicas y la formación de los demás fieles de la prelatura”, explica la página web de la asociación.
Chema llegó al colegio en el año 2003. Compartió centro con Asier durante siete años. Fue su profesor de religión. Durante aquellos años, Chema fue también el tutor del menor, con lo que le sacaba de cuando en vez de clase, como a resto de sus preceptuados, para las sesiones de tutoría. El problema era que a él le sacaba "tres o cuatro veces más que a los demás", y que esas reuniones duraban mucho más tiempo que las del resto. Eso es lo que relató uno de sus compañeros ante el juez hace más de un mes, cuando se celebró el juicio.
"Nos parecía raro". Asier, dijo su compañero de clase, "bastante reservado" y "no contaba lo que le pasaba". Los padres le sacaron del colegio en 2010, antes de saber lo que ocurría. El curso 2010-2011 fue cuando el joven empezó a contar lo ocurrido. Meses después, ya con más detalles en la mano, Juan llamó directamente al colegio.
Al año siguiente, en el curso 2011-2012, José María Martínez Sanz se marchó a Australia a aprender inglés. Cuando regresó ya había estallado el caso. No volvió nunca a Gaztelueta.