El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de La Línea de la Concepción (Cádiz) dejó en libertad este pasado martes a Adrián C. C. después de que el 31 de octubre fuese detenido y, dos días después, mandado a prisión sin fianza bajo la acusación de haber violado a su hijo de 19 meses. En ese momento, la investigación de la Policía Nacional también señalaba que el presunto agresor sexual habría contagiado al bebé del virus del papiloma humano (VPH) durante la penetración.

La decisión del juez, que contradice la tomada hace dos semanas por el magistrado del juzgado de Instrucción número 4 de La Línea, vino dada tras escuchar la petición de la Fiscalía, única parte acusadora. Se da la circunstancia de que el encarcelado era tío materno de los hermanos Antonio e Isco Tejón, 'Los Castañas', considerados los dos mayores traficantes de hachís de Europa.

El Ministerio Fiscal solicitó la libertad provisional del investigado “ante la inexistencia de indicios sólidos de criminalidad” a la vista de las declaraciones prestadas por la médico forense, la madre del bebé y la prueba médica aportada por la defensa. Sólo mantiene las medidas cautelares de prohibición de salida del territorio nacional, retirada del pasaporte y comparecencia semanal en el juzgado.

Dudosa investigación judicial

A finales del pasado mes de agosto, los médicos del área de Pediatría del Hospital de La Línea detectaron que podrían estar ante un caso de violación cometida sobre un bebé de poco más de año y medio. El menor presentaba, según informó Europa Sur, un desgarro en el ano y pequeñas verrugas en el contorno que podrían ser compatibles con una enfermedad de transmisión sexual.

Los médicos denunciaron los hechos ante la Policía Nacional. Se hizo cargo la Unidad de Atención a la Familia y la Mujer (UFAM), que centró sus sospechas en el entorno familiar y más cercano del bebé.

Los análisis de sangre realizados al bebé determinaron que el niño había sido contagiado del virus del papiloma humano (VPH). La siguiente tarea pasaba por determinar quién era el portador. Fue entonces cuando los investigadores policiales solicitaron a la Fiscalía y al juzgado que instruía el caso una autorización para realizar estudios médicos a los varones de la familia del menor. Se centraron en el padre del niño y dos tíos carnales de él -hermanos del progenitor-.

Tras los resultados, la Policía señaló al padre como presunto agresor sexual y descartó la participación de terceras personas en la posible penetración del menor. La detención de Adrián C. C. se produjo el miércoles 31 de octubre.

Las autoridades policiales encontraron en su domicilio alrededor de 5.000 cajetillas de tabaco de contrabando distribuidas en diez cajas. Su valor en el mercado superaría los 15.000 euros, por lo que el juez sumó al delito de agresión sexual otro contra la Hacienda Pública. Ahora, la violación ya ha sido descartada pero se mantiene sobre él la otra acusación.

En su auto, el instructor de la causa pone de manifiesto que la petición efectuada por la Fiscalía “es suficiente per se para reformar la situación personal” del encarcelado.

El juez recuerda en su escrito que en la causa existen dos informes médicos que “coinciden en que es una posibilidad que la enfermedad que portaba el padre hubiera sido contagiada al menor sin necesidad de contacto sexual”.

"Excluye" la posibilidad de violación

El magistrado precisa que el informe aportado por la defensa del investigado “excluye de manera rotunda el posible abuso sexual, al hacerse constar que la vía habitual de contagio, ante la corta edad del menor, sería la indirecta a través de las manos, toallas o ropas”.

Según indica el instructor, la médico forense señaló que la “fisurita” apreciada en la exploración efectuada al menor en el centro hospitalario “no tiene causa directa en el hipotético contagio por el padre” pues "se trata de una lesión que la documental médica refleja que fue detectada al menor desde su nacimiento”. Esta circunstancia, añade el juez, “redunda en la tesis esgrimida” por la Fiscalía.

 La madre del menor declaró que su hijo ha sido tratado por la pediatra del Servicio Andaluz de Salud (SAS) de su ambulatorio “sin que en ningún momento se hubiera dado trascendencia delictiva a cuanto se le diagnosticaba”.
 
Según añade, el contagio de la enfermedad “pudiera obedecer, en un contexto de hipótesis, a un contacto sexual directo que hubiere de ser constitutivo de un delito de abuso sexual o por una vía indirecta por falta de higiene a consecuencia de tocamientos, roces, sin que concurriese un ánimo libidinoso, y por ende, sin connotación sexual”.

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