La Audiencia Provincial de Almería será sede desde este próximo lunes y hasta el miércoles 18 de septiembre del juicio a la dominicana Ana Julia Quezada, autora confesa de la muerte violenta de un niño de ocho años, Gabriel Cruz. Un jurado popular compuesto por nueve personas anónimas, y no un tribunal profesional, se encargará de dictaminar si es culpable o no de los delitos que se le imputan, uno de asesinato y dos de lesiones psíquicas ocasionadas a los padres del menor. Una vez se conozca el veredicto, la sentencia -y una posible pena- sí será fijada por el magistrado que preside el proceso.
Quezada se enfrenta a la prisión permanente revisable, pena que piden tanto la acusación particular como la Fiscalía. La defensa de la acusada solicita para ella tres años de prisión por un homicidio imprudente, o diez en caso de que se considere homicidio doloso. En el pasado, otros penados como José Bretón, que mató a sus dos hijos en Córdoba, o Raquel Gago, cómplice en el asesinato en León de la política del PP Isabel Carrasco, ya fueron sentenciados por un jurado. Esta figura volverá a aparecer en el juicio a José Enrique Abuín, alias ‘El Chicle’, que arranca el 29 de octubre de este año.
El Estado, en base a la legislación española, abonará a cada uno de los componentes del jurado del ‘caso Gabriel’ una retribución económica por cada una de las ocho sesiones que se prolongará el juicio. Por cada día que dure el proceso recibirán 67 euros. El jurado que acuda en moto a la Audiencia recibirá también 0,078 euros por cada kilómetro recorrido, mientras que al que llegue en coche se le pagará 19 céntimos por kilómetro.
Aquel miembro que por lejanía con su lugar de residencia tenga que hospedarse en Almería capital, dispondrá de un presupuesto de 65, 97 euros por día. También tendrá un máximo de 18,70 euros para dietas (tanto para el almuerzo como para la cena). Desde 2006, el Consejo de Ministro no revisa las cuantías de las retribuciones e indemnizaciones correspondientes al desempeño de la función del jurado.
Para que Ana Julia Quezada sea declarada culpable, al menos siete de sus nueve miembros deberán votar a favor de ello. Para su absolución, al menos cinco tendrán que hacerlo en dicho sentido. Según los últimos datos facilitados por el Consejo General del Poder Judicial, en 2016 se emitieron 209 sentencias con jurado popular. 193 de ellas (un 92,3%) acabaron en condena, mientras que 16 tuvieron un sentido exculpatorio. Cataluña (52) fue la región que más casos sentenció con la participación de la figura del jurado.
Pese a que son mayoría, no todos los casos de asesinatos se juzgan mediante jurado. Eso ha de decidirlo el juez, que podrá rechazarlo cuando el caso englobe varios delitos graves. Por ejemplo, en el juicio por la desaparición y muerte de Marta del Castillo no se recurrió al jurado porque a los acusados se les imputaba asesinato, violación y ocultación del cadáver.
Deborah Páez, abogada penalista, explica que aunque su experiencia en juicios con jurados ha sido beneficiosa para sus clientes, como jurista ve "comprometido el principio de seguridad jurídica cuando interviene un jurado, no sólo porque el ciudadano medio carece de los conocimientos técnicos imprescindibles para la toma de decisiones de semejante calibre, sino por la lógica y evidente contaminación informativa que sufren, desvirtuando la imparcialidad que debe regir en cualquier fallo penal".
Tanto la Asociación Profesional de la Magistratura como Jueces y Juezas para la Democracia se posicionan a favor de la presencia del jurado en determinados procesos. Páez recuerda el caso del juicio por el asesinato de Rocío Wanninkof. Un jurado condenó por error a Dolores Vázquez. En agosto de 2003 murió otra chica, Sonia Carabantes. El ADN del asesino de Sonia Carabantes, Tony Alexander King, coincidía con restos genéticos encontrados en pruebas del caso Wanninkhof, por lo que Vázquez resultó absuelta.
Año y medio después
Los hechos de los que se le acusan a Ana Julia Quezada sucedieron la tarde del 27 de febrero de 2018 en Las Hortichuelas, una pedanía perteneciente a Níjar (Almería), en pleno parque natural del Cabo de Gata. Durante 13 días, un amplio dispositivo, que contó con la participación destacada de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, se afanó en encontrar al menor. Gabriel Cruz fue hallado en el interior del maletero de un coche después de que Quezada desenterrara su cadáver.
La comparecencia de la acusada está prevista para la primera jornada del juicio, que a priori sólo se celebrará en sesiones matutinas. Sin embargo, como paso previo al testimonio de la acusada habrá de conformarse el jurado, una figura recogida por la Constitución española en su artículo 125 como un instrumento de manifestación de la participación de los ciudadanos en la administración de Justicia.
La ley orgánica del Tribunal del Jurado fue aprobada en 1995, 17 años después de la Carta Magna. Recoge que el jurado popular es un mecanismo judicial dentro del ordenamiento penal y puede ser usado por la magistratura en casos relacionados con delitos como el homicidio, amenazas, omisión del deber de socorro, allanamiento de morada, cohecho o malversación de caudales públicos.
Según recoge dicha ley, la participación del jurado popular en este tipo de juicios se permite porque no son necesarios profundos conocimientos jurídicos. Los nueve miembros del jurado y los dos suplentes designados para el juicio a Ana Julia Quezada han sido elegidos por sorteo dentro de un ceso provincial, como marca la norma. Si el día del inicio del juicio se han presentado alegaciones por parte de uno o de varios de ellos, se puede retrasar el momento de que Ana Julia se siente en el banquillo de los acusados.
La ley del Tribunal del Jurado fija que los miembros que lo componen han de ser españoles mayores de edad, deben saber leer y escribir, poder ejercer sus derechos políticos y no tener una discapacidad psíquica o física que impida el desempeño de sus funciones. La lista de candidatos, que se divide por provincias, se actualiza cada dos años mediante el citado sorteo.
Las personas exentas
No podrán formar de un jurado quienes se encuentren procesados, aquellos que cumplan condena por un delito doloso, que estén suspendidos de cargo público o los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado. Tampoco podrán ser seleccionados los diputados y senadores, la familia real o los miembros en activo de la carrera judicial y fiscal, así como las personas que tengan vínculos familiares, amistad o interés directo o indirecto en la causa que se somete a juicio.
Los nueve ciudadanos que integran este órgano judicial estarán bajo la supervisión técnica de un juez profesional. Dicho magistrado será el encargado de fijar el objeto del veredicto del jurado, ofrecerá a sus miembros las oportunas instrucciones sobre el contenido de su función, les transmitirá las reglas que rigen el proceso de deliberación y votación, así como la forma en que deben reflejar el veredicto. De ninguna manera podrá influir en la decisión del jurado, ni tomar parte en la votación final.
La ley orgánica del Tribunal del Jurado también recoge una serie de razones para no formar parte del jurado aun reuniendo los requisitos para ello, como son ser mayor de 65 años, haber sido jurado en los cuatro años anteriores, que suponga un grave trastorno para asumir las cargas familiares, residir en el extranjero, ser militar profesional destinado fuera o cualquier otra causa grave que dificulte el desempeño de las funciones de jurado.
Durante el desarrollo del juicio, el tribunal puede realizar preguntas a los testigos, acusados y peritos. El juez es el encargado de decidir si las cuestiones son procedentes o no, como en cualquier otro proceso. Una vez concluyan las ocho sesiones, el presidente del tribunal entregará a sus miembros una hoja con los hechos concretos para que ellos declaren si han sido probados o no probados, y deben emitir un veredicto de culpabilidad o inocencia. Durante la deliberación, los nueve ciudadanos permanecerán incomunicados con el exterior para evitar que les contaminen las informaciones periodísticas.
Esteban Hernández, abogado de Ana Julia Quezada, cuestionó en septiembre del año pasado que un jurado pudiera juzgar con "imparcialidad" por la enorme repercusión del caso. Hernández pidió que su cliente fuese enjuiciada por magistrados profesionales. No lo consiguió. Desde el próximo lunes intentará convencerlos de que su defendida mató a Gabriel Cruz, como ella misma ha confesado, pero que no es un asesina.