¿Alguna vez ha pensado en recurrir una multa? Quizás, sí. Pero, de primeras, uno piensa: para qué. Lo pago y así me hacen el descuento del 50%. Sin embargo, hay ocasiones en las que la DGT pierde. Lo hizo, por ejemplo, cuando el Juzgado de lo Contencioso número 6 de Madrid dictaminó que Tráfico no podía multar ni quitar puntos en el caso de no saber quién conduce el vehículo.
El caso es el siguiente. Un conductor, dos años atrás, fue sancionado por la DGT por exceso de velocidad. En concreto, circulaba a 160 kilómetros por hora por un tramo de la carretera donde no se podían sobrepasar los 120 km/h. Lo normal, en estos casos, es que el dueño del vehículo decida pagar el importe, modifique su comportamiento al volante –algo que todo el mundo debe hacer para prevenir accidentes– y que se olvide de todo.
Pero no. El titular del vehículo, que insistió en que él no llevaba el coche en el momento de la multa, se negó a reconocer a la persona que llevaba el vehículo. ¿Y qué hizo la DGT? Siguiendo el proceso sancionador, le impuso a él una pena de 300 euros y la correspondiente retirada de dos puntos del carné de conducir. En principio, lo lógico.
Sin embargo, el dueño del vehículo recurrió y la DGT ha salido perdiendo. El Juzgado de lo contencioso número 6 de Madrid, en su sentencia, ha establecido que no se puede ni multar ni quitar puntos a un conductor si no se le ha reconocido. Que eso es “vulnerar la presunción de inocencia”. De esta forma, el dueño del coche no ha tenido que hacer frente al pago de 300 euros y tampoco ha perdido sus dos puntos del carné.
Otro varapalo
Más recientemente, Samuel Morán, también ganó su particular batalla. El ingeniero agrícola ovetense consiguió que Tráfico anulara de oficio casi 16.000 multas (de 100 euros cada una) por exceso de velocidad. Demostró que había un radar mal ubicado en el punto kilómetro 30.253 de la A-66 que une Gijón y Sevilla –en la salida de Oviedo a León conocida como la Bolgachina– y forzó a la DGT a devolverle el dinero a todos los sancionados.
¿Por qué lo multaron? “La situación es la siguiente. Sales del túnel, vas a 90 kilómetros/hora, llegas a la altura del radar y cinco metros más adelante te encuentras una señal de fin de prohibiciones. Es decir, el límite deja de ser aplicable. Ahí es cuando me echan la foto a mí”, cuenta a EL ESPAÑOL. Y eso es, precisamente, en lo que él no estaba de acuerdo.
Él fue sancionado en 2017 por primera vez y decidió recurrir la multa hasta agotar los cauces habituales. Pero no consiguió nada. Y, aunque pagó la multa religiosamente, cumpliendo con su deber, decidió seguir luchando para demostrar que no estaba equivocado. Consiguió un informe de la demarcación de carreteras del Estado, donde se le informaba de dónde estaban situados todos los elementos de la vía (el radar, el túnel y la señal que indicaba que se acababa la prohibición para ir a 90 kilómetros por hora). Con ese documento, presentó un recurso extraordinario y la DGT le devolvió el dinero de la multa.
Pero ese fue el primer capítulo de su batalla. Porque, en el mismo lugar, fue multado otras dos veces. ¿Y qué hizo? Ponerlo en conocimiento de la prensa y de la Unión de Consumidores de Asturias, que llegó a amenazar a la DGT con ir a la Fiscalía si no hacía nada. A partir de ahí, Tráfico reaccionó y procedió a quitar el radar por estar en un lugar incorrecto y lo recolocó.
Multa de 300€
Pero la de Samuel, aunque sea la más llamativa de los últimos tiempos, no es la única. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número cinco de Madrid anuló también una multa de velocidad captada por un helicóptero ‘Pegasus’.
El conductor, en este caso, circulaba a 138 km/h cuando el límite de la carretera, la M-607 (Madrid), está fijado en 100 km/h. Ante su ilegalidad, tuvo que pagar 300 euros, perdiendo dos puntos del carné de conducir.
Pero el conductor encontró una escapatoria. Demostró que la cabina donde se alojaba el radar no había pasado la revisión a la que está obligada –porque tanto los radares como las cajas de los ‘Pegasus’ están obligadas a hacerlo cada seis años–. Ante esta comprobación, la DGT le tuvo que devolver su dinero al conductor sancionado.